ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 686/2024
Resolución RESOL-2024-686-APN-ENRE#MEC
ACTA N° 1958
Expediente EX-2023-70781478-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 25 de SEPTIEMBRE de 2024
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad la solicitud de otorgamiento del Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública para la Ampliación del Sistema de
Transporte de Energía Eléctrica, presentada por la COMPAÑÍA DE
TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD
ANÓNIMA (TRANSENER S.A.), a requerimiento del ENTE PROVINCIAL REGULADOR
DE LA ELECTRICIDAD DE SAN JUAN (EPRE SAN JUAN), consistente en la
provisión y puesta en servicio de un segundo banco de transformación
500/132 kV, 450 MVA en la Estación Transformadora (ET) Nueva San Juan,
y las obras comprendidas en playa de 500 kV (campo N° 6) y en 132 kV
(campo N° 5), construcción del kiosco 0506 de playa de 500 kV, donde se
alojarán todos los tableros de control de ambas playas y construcción
de un nuevo edificio para las celdas de 33 kV, requeridas para poder
concretar la conexión de los arrollamientos terciarios de los
transformadores del segundo banco de transformación con el
transformador de servicios auxiliares existentes y obras
complementarias, ubicadas en la Provincia de SAN JUAN, jurisdicción de
TRANSENER S.A.
2.- Publicar la solicitud mediante un AVISO en la en la página web del
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), requiriendo a la
COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD
ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya, ambas publicaciones
por un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, y por DOS (2)
días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en que la
obra vaya a realizarse o pueda afectar eléctricamente; otorgando un
plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos, a ser computados a
partir del día siguiente al de la última publicación efectuada, para
que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las
prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee
su oposición fundada por escrito ante el ENRE.
3.- Establecer que, en caso de registrarse oposición común a varios
usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibir las mismas y
permitir a las partes contestarlas y exponer sus argumentos.
4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el
artículo 2 del presente acto sin que se registren presentaciones de
oposición fundadas en los términos descriptos, se considerará otorgado
el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública referido en el
artículo 1, y el ENRE procederá a indicar esta condición en el Registro
Informativo de Ampliaciones del Sistema de Transporte y Distribución en
la página de Internet del ENRE e informar a las partes.
5.- El solicitante deberá dar cumplimiento a los requerimientos
técnicos efectuados por CAMMESA, DISTROCUYO S.A., TRANSENER S.A., el
D.Amb y el DSP del ENRE, a efectos de garantizar el correcto
funcionamiento del Sistema Argentino de Interconexión (SADI).
6.- Notifíquese a EPRE SAN JUAN, a TRANSENER S.A., a la EMPRESA DE
TRANSPORTE POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANÓNIMA
(DISTROCUYO S.A.), a CAMMESA y a la SECRETARÍA DE ENERGÍA DE LA NACIÓN.
7.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Firmado: Interventor del ENRE, Lic. Darío O. Arrué.-.
Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.
e. 27/09/2024 N° 67342/24 v. 27/09/2024