ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 686/2024

Resolución RESOL-2024-686-APN-ENRE#MEC

ACTA N° 1958

Expediente EX-2023-70781478-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 25 de SEPTIEMBRE de 2024

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:

1.- Dar a publicidad la solicitud de otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la Ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica, presentada por la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.), a requerimiento del ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD DE SAN JUAN (EPRE SAN JUAN), consistente en la provisión y puesta en servicio de un segundo banco de transformación 500/132 kV, 450 MVA en la Estación Transformadora (ET) Nueva San Juan, y las obras comprendidas en playa de 500 kV (campo N° 6) y en 132 kV (campo N° 5), construcción del kiosco 0506 de playa de 500 kV, donde se alojarán todos los tableros de control de ambas playas y construcción de un nuevo edificio para las celdas de 33 kV, requeridas para poder concretar la conexión de los arrollamientos terciarios de los transformadores del segundo banco de transformación con el transformador de servicios auxiliares existentes y obras complementarias, ubicadas en la Provincia de SAN JUAN, jurisdicción de TRANSENER S.A.

2.- Publicar la solicitud mediante un AVISO en la en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), requiriendo a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya, ambas publicaciones por un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en que la obra vaya a realizarse o pueda afectar eléctricamente; otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos, a ser computados a partir del día siguiente al de la última publicación efectuada, para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE.

3.- Establecer que, en caso de registrarse oposición común a varios usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibir las mismas y permitir a las partes contestarlas y exponer sus argumentos.

4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el artículo 2 del presente acto sin que se registren presentaciones de oposición fundadas en los términos descriptos, se considerará otorgado el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública referido en el artículo 1, y el ENRE procederá a indicar esta condición en el Registro Informativo de Ampliaciones del Sistema de Transporte y Distribución en la página de Internet del ENRE e informar a las partes.

5.- El solicitante deberá dar cumplimiento a los requerimientos técnicos efectuados por CAMMESA, DISTROCUYO S.A., TRANSENER S.A., el D.Amb y el DSP del ENRE, a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Argentino de Interconexión (SADI).

6.- Notifíquese a EPRE SAN JUAN, a TRANSENER S.A., a la EMPRESA DE TRANSPORTE POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANÓNIMA (DISTROCUYO S.A.), a CAMMESA y a la SECRETARÍA DE ENERGÍA DE LA NACIÓN.

7.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Firmado: Interventor del ENRE, Lic. Darío O. Arrué.-.

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.

e. 27/09/2024 N° 67342/24 v. 27/09/2024