ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 866/2024
DECTO-2024-866-APN-PTE - Contrataciones de personal.
Ciudad de Buenos Aires, 27/09/2024
VISTO el Expediente Nº EX-2024-97518103-APN-STEYFP#MDYTE, las Leyes
Nros. 11.672 (T.O. 2014), 24.156 y 25.164 y los Decretos Nros. 1109 del
28 de diciembre de 2017, 70 del 20 de diciembre de 2023, 84 del 23 de
diciembre de 2023 y 556 del 28 de junio de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 25.164 se aprobó la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional.
Que la citada ley dispone que el personal podrá revistar en el régimen
de estabilidad, contratación, como personal de gabinete y designado con
carácter “ad honorem”.
Que conforme el artículo 9° del Anexo de la referida Ley Marco, el
régimen de contrataciones de personal por tiempo determinado comprende
exclusivamente la prestación de servicios transitorio o estacional no
incluido en las funciones propias del régimen de carrera que no puedan
ser cubiertos por personal de planta permanente.
Que por la Ley Nº 11.672 (T.O. 2014) se facultó al Jefe de Gabinete de
Ministros a disponer un régimen de contrataciones de servicios
personales destinados a desarrollar estudios, proyectos y/o programas
especiales en los términos que determine la reglamentación, régimen
aplicable al Sector Público Nacional, quedando excluido de la Ley de
Contrato de Trabajo.
Que de acuerdo a lo dispuesto por la ley citada en el considerando
precedente se dictó el Decreto Nº 1109/17 que regula el régimen de
contrataciones de servicios personales.
Que a través del Decreto Nº 70/23 se declaró la emergencia pública en
materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional,
tarifaria, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2025.
Que por el Decreto Nº 84/23 se limitó la posibilidad de contratar
personal para la prestación de servicios efectuada en el marco del
artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164, del Decreto N° 1109/17 y de
toda otra modalidad de contratación que concluya el 31 de diciembre de
2023, e iniciadas a partir del 1° de enero de 2023, en los organismos
comprendidos en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley Nº 24.156.
Que, a su vez, por el Decreto Nº 556/24 se prorrogó en último término
el plazo para efectuar dichas contrataciones de personal que hayan sido
debidamente renovadas de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 2°,
3° y 4° del Decreto Nº 84/23, hasta el 30 de septiembre de 2024.
Que la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO
de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del
MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO se ha expedido
en el ámbito de su competencia.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Establécese que las contrataciones de personal destinado
a la prestación de servicios efectuadas en el marco del artículo 9° del
Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N°
25.164, del Decreto Nº 1109 del 28 de diciembre de 2017 y de otras
formas de contratación que concluyan el 30 de septiembre de 2024, en
los organismos comprendidos en los incisos a) y c) del artículo 8° de
la Ley Nº 24.156, podrán ser renovadas hasta el 31 de diciembre de 2024.
ARTÍCULO 2°.- El Ministro de Desregulación y Transformación del Estado
o la autoridad que este disponga podrá dictar las normas
complementarias y aclaratorias que fueren necesarias para la aplicación
de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Guillermo Francos - Federico Adolfo Sturzenegger
e. 30/09/2024 N° 68254/24 v. 30/09/2024