PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 910/2024
DA-2024-910-APN-JGM - Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 27/09/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-101282905-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.701
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2023, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°
24.156 y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 88 del 26
de diciembre de 2023, el Decreto Nº 280 del 26 de marzo de 2024 y la
Decisión Administrativa N° 5 del 11 de enero de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que corresponde adecuar el presupuesto vigente de diversas
Jurisdicciones y Entidades del SECTOR PÚBLICO NACIONAL, con el objeto
de afrontar gastos impostergables para su normal funcionamiento.
Que resulta necesario adecuar los créditos correspondientes a la “Marca
País Argentina” y a la Dirección Nacional de Estudios de la Gestión
Gubernamental de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,
de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto N° 644 del 18 de julio de 2024,
incrementando el presupuesto de la citada Secretaría, disminuyendo el
presupuesto de la SUBSECRETARÍA DE TURISMO de la SECRETARÍA DE TURISMO,
AMBIENTE Y DEPORTES de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que es menester reforzar el presupuesto vigente correspondiente a la
VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS con el objeto de afrontar obras de los Centros de Frontera.
Que resulta oportuno reforzar el presupuesto vigente de la
SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE de la SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y
DEPORTES de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, incorporando mayores recursos, con el fin de
atender erogaciones relacionadas a las actividades del Servicio
Nacional de Manejo del Fuego.
Que con la finalidad de atender la adquisición de insumos críticos para
la producción de DNI y Pasaportes y su distribución, resulta necesario
incrementar el presupuesto vigente del REGISTRO NACIONAL DE LAS
PERSONAS (RENAPER), organismo descentralizado actuante en el ámbito de
la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que el incremento citado en el considerando precedente se financia con la incorporación de recursos propios.
Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del CONSEJO
NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET), organismo
descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, destinado
a transferencias corrientes y de capital, que se financia con la
incorporación de recursos propios.
Que se modifica por compensación el presupuesto vigente de la
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE
POLÍTICAS SOCIALES, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, para atender erogaciones correspondientes
al Sistema de Información Nacional Tributario y Social.
Que con la finalidad de afrontar gastos de funcionamiento y de capital,
es menester incrementar el presupuesto vigente correspondiente a la
AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS (ANMAC), organismo
descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que el incremento citado en el considerando anterior se financia con la incorporación de recursos propios.
Que resulta necesario ampliar el presupuesto del ESTADO MAYOR CONJUNTO
DE LAS FUERZAS ARMADAS, organismo desconcentrado actuante en el ámbito
del MINISTERIO DE DEFENSA, a efectos de incorporar los reembolsos que
realiza la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU) por la
participación de la REPÚBLICA ARGENTINA en las Operaciones de
Mantenimiento de Paz, los que se destinarán a recuperar, modernizar y/o
reemplazar el equipamiento militar en las mencionadas operaciones de
paz.
Que resulta necesario ampliar el presupuesto del ESTADO MAYOR GENERAL
DEL EJÉRCITO, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE DEFENSA, compensado con una devolución de los créditos de
la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA, organismo desconcentrado actuante en
el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, por el uso de instalaciones
compartidas en Campo de Mayo, Provincia de BUENOS AIRES.
Que es necesario ampliar el presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE
TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA), organismo descentralizado actuante en
el ámbito de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, para atender erogaciones relacionadas con los
gastos en personal.
Que es menester incrementar el presupuesto del ENTE NACIONAL DE OBRAS
HÍDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA), organismo descentralizado actuante en
el ámbito de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del MININSTERIO DE
ECONOMÍA, con la finalidad de afrontar diversas obras de saneamiento.
Que el incremento citado en el considerando precedente se financia con la incorporación de crédito externo.
Que, asimismo, resulta menester ampliar el presupuesto vigente del
HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”, organismo
descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS
Y FISCALIZACIÓN de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE
SALUD, para atender diversas erogaciones que hacen a su funcionamiento.
Que el aumento mencionado en el considerando anterior se financia con la mayor estimación de sus recursos propios.
Que, por otra parte, se refuerza el presupuesto de la SUPERINTENDENCIA
DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en el ámbito
del MINISTERIO DE SALUD, con el fin de atender la compra del Factor de
Coagulación VIII a través del mecanismo de compras consolidadas,
transferencias para la Asistencia Financiera a los Agentes del Seguro
de Salud y otras asignaciones corrientes y de capital.
Que el incremento mencionado se financia con la incorporación de recursos propios remanentes de ejercicios anteriores.
Que resulta oportuno incrementar el presupuesto vigente del INSTITUTO
NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES), organismo
descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO,
en detrimento de las Aplicaciones Financieras, con el objeto de
afrontar gastos de funcionamiento.
Que, asimismo, se aumenta el presupuesto vigente de la FUNDACIÓN MIGUEL
LILLO, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA
DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, para atender erogaciones
relacionadas con su funcionamiento.
Que el citado aumento se financia con un incremento en la estimación de recursos propios del organismo.
Que resulta necesario incrementar el presupuesto vigente de la
BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO, organismo descentralizado
actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, destinado a
gastos de funcionamiento.
Que dicho aumento se financia con la incorporación de mayores recursos propios.
Que resulta oportuno incrementar el presupuesto vigente del INSTITUTO
NACIONAL DEL TEATRO, organismo descentralizado actuante en el ámbito de
la SECRETARÍA DE CULTURA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, en
detrimento de las Aplicaciones Financieras, con el objeto de afrontar
gastos de funcionamiento y otros relacionados con el cumplimiento de
las políticas institucionales.
Que resulta necesario adecuar el presupuesto vigente de la SECRETARÍA
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
con relación a los créditos destinados al “Programa Volver al Trabajo
(VAT)”.
Que resulta oportuno adecuar los créditos presupuestarios incluidos en
la órbita de la Jurisdicción 91 – OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO-
destinados a atender las necesidades del financiamiento del INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJP),
ente del SECTOR PÚBLICO NACIONAL actuante en el ámbito del MINISTERIO
DE SALUD.
Que, asimismo, resulta necesario adecuar los créditos destinados a las
Empresas CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA,
empresa del SECTOR PÚBLICO NACIONAL actuante en el ámbito de la
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS; FABRICACIONES MILITARES SOCIEDAD DEL ESTADO y
FÁBRICA ARGENTINA DE AVIONES BRIGADIER SAN MARTÍN SOCIEDAD ANÓNIMA,
empresas del SECTOR PÚBLICO NACIONAL actuantes en el ámbito del
MINISTERIO DE DEFENSA.
Que por el artículo 2° del Decreto Nº 280/24 se sustituyó el artículo
6º de la Ley N° 27.701, determinando el total de cargos y horas cátedra
para cada Jurisdicción y Entidad de la Administración Nacional.
Que resulta necesario modificar los cargos en el marco del artículo 6° citado en el considerando precedente.
Que a los fines estrictamente presupuestarios, las modificaciones de
los créditos presupuestarios de las áreas involucradas en la
reorganización ministerial del PODER EJECUTIVO NACIONAL se realizan con
cargo a las denominaciones presupuestarias de origen.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus
modificatorias y por los artículos 6°, 8° y 9° de la Ley N° 27.701 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2023, vigente en los términos del Decreto Nº 88/23, y 24 de la Ley N°
11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o.2014).
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2024, de acuerdo con el detalle obrante en
las PLANILLAS ANEXAS (IF-2024-101895185-APN-SSP#MEC) al presente
artículo, que forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2024 en lo que corresponde a los cargos, de
acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS
(IF-2024-101894948-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que forman parte
integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Guillermo Francos - Luis Andres Caputo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/09/2024 N° 68241/24 v. 30/09/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)