ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 699/2024
Resolución RESOL-2024-699-APN-ENRE#MEC
ACTA N° 1959
Expediente EX-2022-65009248-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 1 de OCTUBRE de 2024
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad la solicitud de otorgamiento del Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) para las obras que fueran
aprobadas por la Ex Secretaría de Energía (Ex SE) mediante el marco de
lo establecido en la Resolución Ex SE N° 1 de fecha 2 de enero de 2003
y que no fueran alcanzadas por la Resolución del ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 356 de fecha 26 de octubre de
2011 para la construcción de la Estación Transformadora (ET) Neuquén
Norte, consistentes en DOS (2) Transformadores 132/33/13,2 kV 45/45/30
MVA, DOS (2) semibarras de acople longitudinal en 13,2 y 33 kV, CUATRO
(4) campos de salida en 33 kV y CUATRO (4) campos de salida en 13,2 kV.
2.- Establecer que el límite jurisdiccional entre el ENTE PROVINCIAL DE
ENERGÍA DEL NEUQUÉN (EPEN) Transportista y el distribuidor COOPERATIVA
PROVINCIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS Y COMUNITARIOS DE NEUQUÉN LIMITADA
(CALF) deberá fijarse en los interruptores de los campos de salida de
13,2 y 33 kV de la ET Neuquén Norte y que los transformadores
132/33/13,2 kV 45/45/30 MVA como las barras en 132, 33, 13,2 KV y los
campos en 132, 33, 13,2 KV son jurisdicción de EPEN Transportista y
conforman el Sistema Argentino de Interconexión (SADI).
3.- Publicar la solicitud mediante un AVISO en la en la página web del
ENRE, requiriendo a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA
ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya,
ambas publicaciones por un plazo de CINCO (5) días hábiles
administrativos, y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia
difusión del lugar en que la obra vaya a realizarse o pueda afectar
eléctricamente; otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles
administrativos, a ser computados a partir del día siguiente al de la
última publicación efectuada, para que, quien considere que la obra
pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus
intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el
ENRE.
4.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas
comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para
recibir dichas oposiciones y permitir a EPEN Transportista contestar
las mismas y exponer sus argumentos.
5.- Disponer que, vencido el plazo señalado en el artículo 5, se
considerará otorgado el correspondiente CCyNP para la obra referida en
el artículo 1, y el ENRE procederá a publicar dicho otorgamiento en el
Registro Informativo de Ampliaciones del Sistema de Transporte y
Distribución de la página web del ENRE e informar a las partes.
6.- EPEN Transportista y CALF deberán dar cumplimiento a las indicaciones y requerimientos técnicos efectuados por CAMMESA.
7.- Autorizar la Ampliación Menor consistente en el intercambio de UNO
(1) de los transformadores 132/33/13,2 kV - 45/45/30 MVA de la ET
Neuquén Norte por UN (1) transformador 132/33/13,2 kV - 15/15/10 MVA de
la ET Colonia Valentina.
8.- Publicar la condición mencionada en el artículo precedente en el
Registro Informativo de Ampliaciones del Sistema de Transporte y
Distribución disponibles en la web del ENRE.
9.- Notifíquese a EPEN Transportista, CALF y CAMMESA. 10.- Regístrese,
comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
Firmado: Interventor del ENRE, Lic. Darío O. Arrué.-.
Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.
e. 03/10/2024 N° 69341/24 v. 03/10/2024