ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 701/2024
Resolución RESOL-2024-701-APN-ENRE#MEC
ACTA N° 1959
Expediente EX-2024-52747443-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 1 de OCTUBRE de 2024
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad la Solicitud de Ampliación del Sistema de
Transporte Existente presentada por la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y
COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) para el
otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública de la
obra consistente en la construcción de UN (1) electroducto constituido
por DOS (2) simples ternas de cable subterráneo de XLPE de 800 mm de
aluminio simple terna de 132 kV en reemplazo de los cables subterráneos
OIL FILLED (OF) N° 114 y 418 existentes que vincularán la Subestación
Güemes ubicada en la calle Güemes N° 4433 con los empalmes ubicados uno
en la intersección de las Avenida Sarmiento y Avenida Casares, y el
otro en la intersección de Charcas y Uriarte de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires (CABA).
2.- Publicar la solicitud referida en el artículo 1 mediante un AVISO
en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE)
y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA
ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya,
ambas publicaciones por el plazo de CINCO (5) días hábiles
administrativos, y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia
difusión del lugar en donde se construirá la obra proyectada o en donde
pueda afectar eléctricamente, otorgando un plazo de DIEZ (10) días
hábiles administrativos, a ser computados a partir del día siguiente al
de la última publicación efectuada, para que, quien considere que la
solicitud en cuestión pudiera afectarlo en cuanto a las prestaciones
eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición
fundada por escrito ante el ENRE.
3.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas
comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para
recibir las oposiciones y permitir al solicitante contestar las mismas
y exponer sus argumentos.
4.- Disponer que, en caso de que no hubiera ninguna presentación
fundada al vencimiento de los plazos señalados, se considerará emitido
el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública, y el ENRE procederá
a indicar esta condición en el Registro Informativo de Ampliaciones del
Sistema de Transporte y Distribución en su página web e informar a las
partes.
5.- Hacer saber a EDENOR S.A. que deberá cumplir con los requerimientos
establecidos por el Departamento Ambiental y el Departamento de
Seguridad Pública de este organismo, detallados en los considerandos de
la presente.
6.- Notifíquese a EDENOR S.A. y a CAMMESA.
7.- Regístrese, comuníquese, publique en extracto, dese a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y Archívese. Firmado: Interventor del
ENRE, Lic. Darío O. Arrué.-.
Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.
e. 03/10/2024 N° 69347/24 v. 03/10/2024