DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES
Disposición 617/2024
DI-2024-617-APN-DNM#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 02/10/2024
VISTO el Expediente EX-2024-106680920- -APN-DGI#DNM del registro de la
Dirección Nacional de Migraciones, organismo descentralizado actuante
en la órbita de la Vicejefatura de Gabinete del Interior, la Ley de
Migraciones N° 25.871 y su reglamentación aprobada por Decreto N° 616
del 3 de mayo de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que la admisión, el ingreso, la permanencia y el egreso de personas a
la República Argentina se rigen por las disposiciones de la Ley N°
25.871 y el Decreto Nº 616/10.
Que el artículo 107 de la Ley precedentemente indicada establece que la
Dirección Nacional de Migraciones, organismo descentralizado actuante
en la órbita de la Vicejefatura de Gabinete del Interior, será el
órgano de aplicación con competencia para entender en la admisión,
otorgamiento de residencias y su extensión, en el Territorio Nacional y
en el exterior.
Que entre los días 22 y 23 de octubre de 2024 se llevará a cabo en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires la “Conferencia del Foro Económico
Mundial (WEF FORUM)”.
Que del mismo participarán directores y gerentes de empresas
internacionales de primer nivel, así como empresarios y miembros del
Comité Organizador del WEF, procedentes de Estados Unidos de América,
Canadá y países de Europa y de América Latina.
Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y
Culto ha solicitado a la Dirección Nacional de Migraciones su
colaboración a fin de llevar adelante en forma exitosa el evento.
Que el artículo 24 inciso h) de la Ley N° 25.871 prevé la situación de
extranjeros que invoquen razones que justifiquen a juicio de la
Dirección Nacional de Migraciones un tratamiento especial.
Que el Decreto N° 616/10 establece que para los casos en que se
justifique un tratamiento especial, la Dirección Nacional de
Migraciones podrá dictar disposiciones de carácter general que prevean
los recaudos a cumplimentar para ser admitidos como residentes
transitorios especiales.
Que el artículo 3, inciso i) de la Ley N° 25.871 establece como uno de
los objetivos de la misma “facilitar la entrada de visitantes a la
República Argentina para los propósitos de impulsar el comercio, el
turismo, las actividades culturales, científicas, tecnológicas y las
relaciones internacionales”.
Que consecuentemente corresponderá disponer un procedimiento a los
efectos de garantizar el ingreso y la permanencia de las personas
extranjeras participantes.
Que la Dirección General de Inmigración, la Dirección General de
Movimiento Migratorio y la Dirección de Asuntos Legales de la Dirección
General Técnica - Jurídica de la Dirección Nacional de Migraciones han
tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta de acuerdo a lo establecido por la Ley
Nº 25.871 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 616 del 3 de mayo
de 2010, y en virtud de lo estatuido en el Decreto N° 654 del 19 de
julio de 2024 y a tenor de las facultades previstas en los Decretos N°
1410 del 3 de diciembre de 1996 y N° 37 del 8 de enero de 2024.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Concédase residencia transitoria especial a tenor de lo
normado por el artículo 24 inciso h) de la Ley Nº 25.871 y del Anexo I
del Decreto Nº 616 del 3 de mayo de 2010, por el término de treinta
(30) días, a los ciudadanos extranjeros que ingresen con pasaporte
ordinario, hábil y vigente, con el objeto de participar de la
“Conferencia del Foro Económico Mundial (WEF FORUM)”.
ARTÍCULO 2°.- Exímase del visado consular en la categoría prevista a
aquellas personas alcanzadas por lo dispuesto en el artículo 1° de la
presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Instrúyase a la Dirección General de Inmigración y a la
Dirección General de Movimiento Migratorio de esta Dirección Nacional a
fin de arbitrar los medios necesarios a los efectos de garantizar el
ingreso y la permanencia de las personas extranjeras detalladas en el
artículo 1° de la presente Disposición.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Sebastian Pablo Seoane
e. 04/10/2024 N° 69544/24 v. 04/10/2024