MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 1027/2024
RESOL-2024-1027-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 02/10/2024
VISTO el Expediente Nro. EX-2024-93844274- -APN-SSIF#MSG del Registro
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley Nro. 24.059 de Seguridad Interior,
la Ley de Ministerios Nro. 22.520 (t.o. 1992) y sus modificatorias y,
CONSIDERANDO:
Que las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales realizan en la
actualidad múltiples operativos y actuaciones en varias localidades del
territorio nacional, en cumplimiento de los requerimientos
jurisdiccionales que ordenan su labor como auxiliares del servicio de
Administración de Justicia.
Que la formación de unidades de mando unificado para coordinar
estratégicamente los medios existentes en el marco de planes de
seguridad interinstitucionales ha posibilitado optimizar y potenciar el
aprovechamiento de los efectivos y capacidades con las que cuenta cada
Fuerza Federal de Seguridad para llevar a cabo sus funciones.
Que los resultados favorables obtenidos a partir de las labores
realizadas por los distintos comandos previamente establecidos y la
experiencia operativa acumulada hacen propicio y adecuado conformar un
nuevo Comando que, sin duplicar las funciones ya existentes en las
unidades activas, se aboque con especificidad al despliegue territorial
de tareas destinadas a la prevención y control del orden público para
el ejido del Departamento ROSARIO, Provincia de SANTA FÉ.
Que conforme lo establecido en el artículo 8 de la Ley Nro. 24.059, el
MINISTERIO DE SEGURIDAD tiene a su cargo la dirección superior de los
cuerpos policiales y de las fuerzas Federales de Seguridad del Estado
Nacional.
Que en tal sentido y atento las competencias asignadas al MINISTERIO DE
SEGURIDAD, resulta oportuno y conveniente crear un “COMANDO UNIFICADO
DE FUERZAS FEDERALES -PLAN BANDERA-” en jurisdicción del Departamento
ROSARIO, Provincia de SANTA FE, a fin de contribuir con una mejor y más
eficiente organización sobre el despliegue territorial de tareas
destinadas a la prevención y control del orden público en su territorio.
Que para optimizar la eficiencia y agilizar la toma de decisiones del
COMANDO UNIFICADO DE LAS FUERZAS FEDERALES -PLAN BANDERA-, se entiende
necesario delegar en el titular de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD o la
estructura organizativa que en el futuro la reemplace, la designación
de un Oficial Superior de la GENDARMERÍA NACIONAL, POLICÍA FEDERAL
ARGENTINA, PREFECTURA NAVAL ARGENTINA o POLICÍA DE SEGURIDAD
AEROPORTUARIA en calidad de Coordinador General, estableciendo la
supervisión directa del mismo de la SUBSECRETARÍA DE INTERVENCIÓN
FEDERAL perteneciente a esta Cartera de Estado.
Que el servicio jurídico permanente de este Ministerio ha tomado la intervención que le corresponde.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
norma que comunica el art. 22 bis de la Ley de Ministerios (t.o. 1992)
y sus modificatorias.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° - Créase el COMANDO UNIFICADO DE LAS FUERZAS FEDERALES DE
SEGURIDAD - PLAN BANDERA-, con el objetivo específico de ejecutar
tareas destinadas a la prevención y conjuración de los delitos tanto
del fuero federal como del fuero ordinario, y toda actividad delictiva
que amenace los derechos y garantías constitucionales en el
Departamento ROSARIO, Provincia de SANTA FE.
ARTÍCULO 2° - El COMANDO UNIFICADO DE LAS FUERZAS FEDERALES DE
SEGURIDAD -PLAN BANDERA- estará integrado por la GENDARMERÍA NACIONAL,
la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y la
POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, quienes se encuentran constituidas
en el mencionado ejido jurisdiccional.
ARTÍCULO 3° - Deléguese en el titular de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD o
la estructura organizativa que en un futuro la reemplace, la
competencia orgánico funcional de designar mediante acto administrativo
al Coordinador General del COMANDO UNIFICADO DE LAS FUERZAS FEDERALES
DE SEGURIDAD -PLAN BANDERA-. El funcionario designado deberá ser un
Oficial Superior de la GENDARMERÍA NACIONAL, POLICÍA FEDERAL ARGENTINA,
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA o POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA y
tendrá supervisión directa de la SUBSECRETARÍA DE INTERVENCIÓN FEDERAL
o la estructura organizativa que en el futuro la reemplace, poseyendo
en el marco de sus funciones, autonomía y capacidad decisoria sobre el
personal y los medios afectados a los operativos de seguridad en el
Departamento ROSARIO, Provincia de SANTA FE.
ARTÍCULO 4° - El COMANDO UNIFICADO DE LAS FUERZAS FEDERALES DE
SEGURIDAD -PLAN BANDERA-, podrá ser disuelto por la Ministra de
Seguridad de la Nación a propuesta de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD.
ARTÍCULO 5º.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 6º - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
e. 07/10/2024 N° 70199/24 v. 07/10/2024