MINISTERIO DE SALUD
Resolución 4844/2024
RESOL-2024-4844-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 15/10/2024
VISTO el Expediente Nº EX-2024-81294646-APN-DD#MS del registro de este
Ministerio, la Ley 22.520 (T.O. Decreto N° 38/92), los Decretos N° 1023
del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, la
Disposición N° 62 del 27 de septiembre de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el mencionado Expediente tramita una propuesta de iniciativa
privada presentada por el PECC Consorcio Cooperativo de Pfizer S.R.L. y
Sinergium Biotech S.A., para poner en consideración de este Ministerio
un proyecto de transferencia de tecnología para la manufactura local de
la vacuna Antineumoccócica Conjugada 20 Valente (VCN 20).
Que el Streptococcus pneumoniae es un diplococo gram positivo capsulado
que puede causar enfermedades localizadas, así como formas invasivas
caracterizadas por el aislamiento de la bacteria en materiales
estériles.
Que estas enfermedades tienen una alta mortalidad y aunque existen
tratamientos antibióticos disponibles, la mortalidad asociada a la
neumonía y a las enfermedades invasivas neumocócicas (ENI) se ha
mantenido estable a lo largo de los años, lo que justifica la adopción
de estrategias de prevención, siendo la vacunación la más importante.
Que en el año 2011 se incluyó en el Calendario Nacional de Vacunación
(CNV) la vacuna neumocócica conjugada de 13 serotipos (VCN13) para la
población infantil, con un esquema de 2+1 (2, 4 y 12 meses), lo que
resultó en una disminución de la mortalidad por enfermedades
neumocócicas en esta población.
Que en 2017 se inició la vacunación de adultos y personas mayores de 5
años con factores de riesgo utilizando un esquema secuencial que
incluía la VCN13 y la vacuna polisacárida de 23 serotipos (VPN23).
Que el esquema secuencial (VCN13-VPN23), aunque ha demostrado ser
efectivo para la prevención de la enfermedad neumocócica, presenta
limitaciones en su implementación debido a la dificultad de administrar
dos vacunas diferentes con intervalos variables según la edad y las
comorbilidades.
Que el desarrollo y la disponibilidad actual de la vacuna conjugada de
20 serotipos (VCN20) brinda la oportunidad de optimizar la vacunación,
buscando no solo mejorar la cobertura de los serotipos circulantes,
sino también facilitar el cumplimiento de los esquemas correspondientes.
Que la Comisión Nacional de Inmunización (CoNaIn) recomendó a este
Ministerio la vacunación con la vacuna VNC20 en reemplazo del esquema
secuencial.
Que dicha recomendación se basa en que la mencionada vacuna brinda
mayor cobertura de serotipos, aportando un beneficio adicional a la
estrategia actual de vacunación al ampliar la cobertura de serotipos
identificados en ENI en la República Argentina.
Que la fabricación a nivel local de la vacuna permitiría desarrollar
campañas más amplias y mejorar gradualmente la cobertura de la
población en riesgo.
Que la transferencia de tecnología de alta complejidad implica una innovación no disponible actualmente en el ámbito nacional.
Que el desarrollo de proveedores locales constituye un objetivo primordial destinado a proteger la salud de la población.
Que, en atención a dichos fundamentos, se advierte necesario calificar
a la iniciativa privada presentada como de interés público, en los
términos del artículo 103 de la Disposición Nº 62-E/16, sus normas
modificatorias y complementarias.
Que, en virtud de ello, corresponde a este Ministerio efectuar el
llamado a licitación pública en los términos del Decreto Nº 1023/01,
sus normas modificatorias y complementarias.
Que han prestado su conformidad a la presente medida la SUBSECRETARÍA
DE PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN SANITARIA y la SECRETARÍA DE ACCESO Y
EQUIDAD EN SALUD.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones que emanan
del artículo 23 de la Ley 22.520, sus modificaciones y normas
complementarias.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1º — Declárase de interés público el proyecto de iniciativa
privada presentada por el PECC Consorcio Cooperativo de Pfizer SRL y
Sinergium Biotech SA, para la manufactura local de la vacuna
Antineumoccócica Conjugada 20 Valente (VCN 20).
Artículo 2º — Instrúyase a efectuar el llamado a licitación pública a
los fines de concretar el proyecto declarado de interés público por el
artículo precedente, con las mejores alternativas tecnológicas
disponibles.
Artículo 3º — Reconócese al PECC Consorcio Cooperativo de Pfizer SRL y
Sinergium Biotech SA el derecho previsto en el artículo 105 de la
Disposición Nº 62-E/16, sus modificaciones y normas complementarias,
como autora de la iniciativa, a los fines de su presentación como
oferente en la respectiva licitación pública.
Artículo 4º — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mario Iván Lugones
e. 17/10/2024 N° 73268/24 v. 17/10/2024