AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
Resolución 154/2024
RESOL-2024-154-APN-ANMAC#MSG
Ciudad de Buenos Aires, 18/10/2024
VISTA la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, la Ley N° 27.192
que crea la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC), el
Decreto N° 395/75 y sus modificatorios, y la Resolución N°
RESOL-2024-149-APN-ANMAC#MSG, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429 establece el marco
regulatorio para la tenencia, almacenamiento, comercialización y uso de
materiales controlados, otorgando a los legítimos usuarios los derechos
y obligaciones necesarios para su utilización responsable, a efectos de
resguardar la seguridad pública.
Que la Ley N° 27.192 otorga a la ANMaC la facultad de dictar las
normativas necesarias para garantizar un sistema de control,
fiscalización y destrucción de materiales controlados, con miras a
preservar tanto la seguridad pública como los derechos de los legítimos
usuarios.
Que el Decreto N° 395/75 determina en su Capítulo IV Sección IV
determina la necesidad de adopción de medidas de respecto de todo
legítimo usuario de armas de fuego y municione.
Que en dicho marco se dictó la Resolución N°
RESOL-2024-149-APN-ANMAC#MSG, la cual introdujo modificaciones a las
condiciones de seguridad aplicables a los sectores de guarda y
almacenamiento de materiales controlados incorporando nuevas
obligaciones adicionales.
Que, si bien las medidas de seguridad establecidas por la mencionada
Resolución incrementan la prevención de delitos y mejoran la seguridad
en el caso de los usuarios colectivos y comerciales, se hace necesaria
una evaluación exhaustiva de las exigencias impuestas debido al impacto
considerable que generan especialmente para los legítimos usuarios
individuales.
Que la reglamentación en tratas debe ponderar debidamente la seguridad
pública sin restringir las libertades individuales, en respeto a los
principios de razonabilidad y proporcionalidad.
Que, en virtud de lo anterior, se considera adecuado restablecer el
régimen de seguridad anterior, establecido en la Resolución N°
RESOL-2018-119-APN-ANMAC#MJ, asegurando la continuidad de un sistema
normativo que sopesa razonablemente los estándares de seguridad de
viable cumplimiento con la libertad y los derechos de los usuarios
legítimos.
Que, no obstante, resulta pertinente instar a una revisión específica
sobre las condiciones de seguridad aplicables a los usuarios
comerciales y colectivos, a efectos de actualizar sus paramentos.
Que la Dirección Nacional de Fiscalización, Resguardo y Destrucción de
Materiales Controlados resulta el área competente para llevar a cabo
las evaluaciones técnicas que motivan la presente medida.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para adoptar la presente medida en
virtud de lo dispuesto en por las Leyes N° 20.429 y N° 27.192 y los
Decretos N° 395/75 y N° 80/24.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Derogase la Resolución N° RESOL-2024-149-APN-ANMAC#MSG,
restableciendo la vigencia de la Resolución N°
RESOL-2018-119-APN-ANMAC#MJ, con todos sus efectos legales y
reglamentarios.
ARTÍCULO 2°.- Instruyese a la Dirección Nacional de Fiscalización,
Resguardo y Destrucción de Materiales Controlados a que, en un plazo de
treinta (30) días, eleve para consideración nuevas condiciones de
seguridad aplicables a los usuarios comerciales y colectivos,
garantizando la protección efectiva de los materiales controlados.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que la presente resolución entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín
Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Pablo Allan
e. 21/10/2024 N° 74358/24 v. 21/10/2024