AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 57/2024
RESOL-2024-57-APN-AABE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 25/10/2024
VISTO el Expediente EX-2024-58351908- -APN-DCCYS#AABE y su asociado
EX-2020-51338157- -APN-DACYGD#AABE, la Ley Nº 25.246, los Decretos
Nros.1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, 1.382 de fecha 9 de agosto de
2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1º de
diciembre de 2015 (texto conf. Decreto Nº 636 de fecha 18 de julio de
2024, con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 769 del 29
de agosto de 2024), 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016, todos
ellos con sus modificatorios y/o complementarios, 29 de fecha 10 de
enero de 2018, 598 de fecha 29 de agosto de 2019, el Reglamento de
Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por la
Resolución N° 177 (Texto Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de
fecha 16 de julio de 2022 y la Resolución Nº 45 de fecha 26 de julio de
2024 (RESFC-2024-45-APN-AABE#JGM), y
CONSIDERANDO:
Que por el primer Expediente citado en el Visto tramita el
procedimiento de Subasta Pública Nº 392-0080- SPU24, que tiene por
objeto la venta del inmueble sito en la calle Dr. Pedro Ignacio Rivera
Nº 5761/63/65/67/69, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES;
identificado catastralmente como Circunscripción 16 – Sección 63 –
Manzana 32 – Parcela 20C con una superficie de terreno según mensura de
SEISCIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS CON TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA
DECÍMETROS CUADRADOS (690,3360 m2) de acuerdo con el Informe Técnico
Catastral, Dominial y de Afectaciones identificado como
IF-2024-67922674-APN-DSCYD#AABE, superficie cubierta total de MIL
DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SEIS
DECÍMETROS CUADRADOS (1.245,56 m2) y descubierta total de CIENTO
SETENTA Y UN METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS
(171,89 m2) de acuerdo con la Ficha de Relevamiento identificada como
IF-2024-68983880-APN-DDYPA#AABE y una superficie existente registrada
de SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y UN
DECÍMETROS CUADRADOS (652,51 m2), existente sin permiso reglamentaria
de QUINIENTOS NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y TRES
DECÍMETROS CUADRADOS (591,83 m2), existente sin permiso
antirreglamentaria de CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y
OCHO DECÍMETROS CUADRADOS (58,38 m2), según Plano de Obras identificado
como PLANO-2022-45049055-GCABA-DGROC, vinculado al RENABE bajo el CIE
Nº 0200069811/1, según requerimiento formulado por la DIRECCIÓN
NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS de esta
Agencia.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL, mediante el Decreto Nº 598 de fecha 29
de agosto de 2019, instruyó a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES
DEL ESTADO a proceder a la inmediata enajenación de los bienes que
ingresen al patrimonio de los organismos del SECTOR PÚBLICO NACIONAL
comprendidos en el inciso a) del Artículo 8º de la Ley Nº 24.156 y sus
modificatorias, provenientes de decomisos ordenados por Resoluciones
judiciales.
Que como se desprende de los considerandos del decreto antes referido,
los bienes decomisados por su naturaleza, no ingresan al patrimonio
estatal con un propósito específico, ni están afectados a la
satisfacción de ningún uso público -salvo que así se disponga
expresamente-, no resultando indispensables para cubrir necesidad
alguna de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, correspondiendo en
consecuencia su enajenación en forma inmediata.
Que mediante Resolución Nº 45 de fecha 26 de julio de 2024
(RESFC-2024-45-APN-AABE#JGM) se autorizó la convocatoria a través del
procedimiento de Subasta Pública Nº 392-0080-SPU24 y se aprobó el
Pliego de Bases y Condiciones Particulares correspondiente.
Que en virtud de lo establecido en el artículo 85 del Reglamento de
Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por la
Resolución N° 177 (Texto Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de
fecha 16 de julio de 2022 y en el Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023 de fecha 13 de
agosto de 2001 y su reglamentación, se cumplió con el requisito de
publicidad de la convocatoria y difusión de la presente Subasta Pública.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS de esta Agencia
efectuó la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA con fechas 29 y 30 de julio de 2024, así como en el
Sistema de Gestión Electrónico COMPR.AR y en el sitio web de la AGENCIA
DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS emitió la
Circular N° 1 Modificatoria, por la cual se prorrogó la fecha de
Subasta, la que fue difundida y publicada de conformidad con la
normativa vigente.
Que con fecha 9 de septiembre se realizó el Acto de Cierre de
Inscripción a la Subasta en COMPR.AR, de cuya acta surge que no hubo
interesados inscriptos para participar del presente proceso.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS mediante Nota
NO-2024-97521559-APN-DCCYS#AABE de fecha 9 de septiembre de 2024,
comunicó a la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS
COMUNITARIOS y a la DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN DE OPERACIONES que no se
registraron interesados inscriptos para participar del Acto de Subasta
y solicitó indicar si sólo procedía declarar el mismo desierto o
también proceder a realizar un nuevo llamado.
Que la DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN DE OPERACIONES, mediante el Informe
IF-2024-103661463-APN-DEO#AABE de fecha 23 de septiembre de 2024,
consideró pertinente declarar desierta la Subasta Pública Nº
392-0080-SPU24 y a través del Informe IF-2024-103553320-APN-DEO#AABE,
de la misma fecha, efectuó el nuevo requerimiento para proceder a un
nuevo llamado de subasta pública. Ambos Informes fueron emitidos por la
DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN DE OPERACIONES dependiente de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS en razón de
la delegación de firma dispuesta mediante la Disposición Nº 1
(DI-2024-1-APN-DNSIYAC#AABE) de fecha 10 de septiembre de 2024.
Que oportunamente, el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN indicó
mediante Dictamen de Valor IF-2024-70846375-APN-TTN#MEC, de fecha 5 de
julio de 2024, que su Sala A había resuelto, respecto del inmueble
identificado mediante el CIE Nº 0200069811/1, ubicado en la calle Dr.
Pedro Ignacio Rivera Nº 5761/63/65/67/69 entre Ceretti y Aizpurúa, de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con nomenclatura catastral:
Circunscripción 16, Sección 63, Manzana 32, Parcela 20c, con superficie
informada en IF2024-68983880-APN DDYPA#AABE, ratificar su valor venal,
al contado, desocupado, en la suma de PESOS SETECIENTOS TREINTA Y TRES
MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 733.400.000.-) o su equivalente en
DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHOCIENTOS QUINCE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y
CINCO (USD 815.795,-) a un tipo de cambio $ 899,00/USD, todos los
valores a fecha 7 de mayo de 2024.
Que el artículo 50 de la Reglamentación del Decreto Nº 1.382/12 y sus
modificatorias, aprobada por el Decreto Nº 2.670/15 (texto conf.
Decreto Nº 636 de fecha 18 de julio de 2024, con las modificaciones
introducidas por el Decreto N° 769 del 29 de agosto de 2024) establece
que, “cuando el procedimiento de venta resultase desierto por falta de
postores u oferentes, en el acto que así lo declare se podrá convocar a
un nuevo procedimiento similar al anterior, reduciendo el precio venal
en hasta un DIEZ POR CIENTO (10%) por única vez...”.
Que en virtud de ello se establece como valor base de subasta,
considerando la reducción del DIEZ POR CIENTO (10%) del valor venal
establecido por el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN mediante
Dictamen de valor identificado como IF-2024-70846375-APN-TTN#MEC de
fecha 5 de julio de 2024, la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES
SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS QUINCE CON CINCUENTA
CENTAVOS (U$S 734.215,50) a un tipo de cambio $ 899,00/USD, todos los
valores a fecha 7 de mayo de 2024.
Que en tal sentido, la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS
inició un nuevo procedimiento de Subasta identificado como Subasta
Pública Nº 392-0115-SPU24, elaborando el correspondiente Pliego de
Bases y Condiciones.
Que atento lo expuesto, resulta procedente declarar desierta la Subasta
Pública Nº 392-0080-SPU24 y autorizar una nueva convocatoria para la
venta del inmueble antes referenciado, en virtud de lo dispuesto por el
artículo 11, incisos a), b c) y f) del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional, aprobado el Decreto Nro. 1.023/01, artículo
9º, incisos a), b), d) y f) del Reglamento del Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto
Nº 1.030/16, ambos con sus respectivas normas modificatorias y
complementarias.
Que siguiendo lo dispuesto por el artículo 50 del Decreto N° 1.030/16,
resulta oportuno delegar en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la emisión de circulares modificatorias
para este procedimiento de contratación, con los alcances y excepciones
allí previstas.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta Agencia ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 11 incisos a), b), c) y f) del Decreto
Delegado Nº 1.023/01 y el artículo 9º incisos a), b), d) y f) del
Reglamento Anexo al Régimen de Contrataciones de la Administración
Nacional aprobado mediante el Decreto Nº 1.030/16 con sus respectivas
normas modificatorias y/o complementarias y por los Decretos
Nros.1.382/12, 1.416/13, el Reglamento Anexo al Decreto Nº 2.670 de
fecha 1º de diciembre de 2015 (texto conf. Decreto Nº 636/24 con las
modificaciones introducidas por el Decreto Nº 769/24), 29/18, 598/19 y
sus respectivas normas modificatorias y/ o complementarias.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase lo actuado mediante el procedimiento de Subasta
Pública Nº 392-0080-SPU24, que tiene por objeto la venta del inmueble
sito en Dr. Pedro Ignacio Rivera Nº 5761/63/65/67/69, de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, identificado catastralmente como
Circunscripción 16 – Sección 63 – Manzana 32 – Parcela 20C con una
superficie de terreno según mensura de SEISCIENTOS NOVENTA METROS
CUADRADOS CON TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA DECÍMETROS CUADRADOS
(690,3360 m2) de acuerdo con el Informe Técnico Catastral, Dominial y
de Afectaciones identificado como IF-2024-67922674-APN-DSCYD#AABE,
superficie cubierta total de MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS
CUADRADOS CON CINCUENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS (1.245,56 m2) y
descubierta total de CIENTO SETENTA Y UN METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y
NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS (171,89 m2) de acuerdo con la Ficha de
Relevamiento identificada como IF-2024-68983880-APN-DDYPA#AABE y una
superficie existente registrada de SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS METROS
CUADRADOS CON CINCUENTA Y UN DECÍMETROS CUADRADOS (652,51 m2),
existente sin permiso reglamentaria de QUINIENTOS NOVENTA Y UN METROS
CUADRADOS CON OCHENTA Y TRES DECÍMETROS CUADRADOS (591,83 m2),
existente sin permiso antirreglamentaria de CINCUENTA Y OCHO METROS
CUADRADOS CON TREINTA Y OCHO DECÍMETROS CUADRADOS (58,38 m2), según
Plano de Obras identificado como PLANO-2022-45049055-GCABA-DGROC,
vinculado al RENABE bajo el CIE Nº 0200069811/1, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 25, inciso b) del Régimen de Contrataciones de
la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023/01, sus
modificatorios y complementarios y los artículos 78, 91 y subsiguientes
del Capítulo VI, Título II de la Parte Especial del Reglamento de
Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, aprobado por la
Resolución Nº 177 (texto ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM de
fecha 16 de julio de 2022, según requerimiento formulado por la
DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS de
esta Agencia.
ARTÍCULO 2º.- Declárase desierto el llamado a Subasta Pública Nº
392-0080-SPU24 por no haberse registrado interesados inscriptos en el
proceso, conforme lo previsto en el artículo 11, Inciso c) del Régimen
de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto
N° 1.023/01, sus modificatorios y complementarios, y en el artículo 9º,
Inciso f) del Anexo al Reglamento del Régimen antes mencionado,
aprobado por el Decreto N° 1.030/16.
ARTÍCULO 3º.- Autorízase el llamado a una nueva convocatoria, mediante
el procedimiento de Subasta Pública Nº 392-0115-SPU24, para la venta
del inmueble citado en el Artículo 1° de la presente medida, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 25, inciso b) apartado 2)
del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado
por el Decreto Nº 1.023/01, sus modificatorios y complementarios y los
artículos 78, 91 y subsiguientes del Capítulo VI del Reglamento de
Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por la
Resolución AABE Nº 177 (texto ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM,
según requerimiento formulado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS
INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS.
ARTÍCULO 4º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
(PLIEG-2024-115852765-APN-DCCYS#AABE) que como Anexo forma parte
integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 5º.- Los recursos que ingresen con motivo de la presente
subasta, deducidos los gastos en los que hubiera incurrido esta Agencia
relacionados con la administración y enajenación del inmueble, se
afectarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 inciso d),
apartados 2 y 3 de la Ley Nº 25.246.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 7º.- Notifíquese al JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y
CORRECCIONAL FEDERAL Nº 11, junto con el respectivo Pliego de Bases y
Condiciones Particulares identificado como
PLIEG-2024-115852765-APN-DCCYS#AABE y a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO NACIONAL DE BIENES SECUESTRADOS Y DECOMISADOS DURANTE EL
PROCESO PENAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA.
ARTÍCULO 8º.- Delégase en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la facultad para emitir circulares
modificatorias en el marco del presente procedimiento de contratación,
de conformidad con lo establecido por el artículo 50 del Decreto N°
1.030/16.
ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Nicolás Alberto Pakgojz
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/10/2024 N° 76274/24 v. 28/10/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)