ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 5595/2024
RESOG-2024-5595-E-AFIP-AFIP -
Procedimiento. Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) con
domicilio legal en la Provincia de Buenos Aires. Obtención de la Clave
Única de Identificación Tributaria. Resolución General N° 4.173. Su
abrogación.
Ciudad de Buenos Aires, 24/10/2024
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2024-02581182-
-AFIP-DVNRIS#SDGREC del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE
INGRESOS PÚBLICOS y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución General N° 4.173 se establecieron las
disposiciones que deben observar las Sociedades por Acciones
Simplificadas (SAS) con domicilio legal en la Provincia de Buenos
Aires, a fin de obtener la Clave Única de Identificación Tributaria
(CUIT) en el marco de su inscripción registral ante la Dirección
Provincial de Personas Jurídicas del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos de dicha jurisdicción.
Que la citada norma se dictó en consonancia con lo previsto en la
Disposición N° 131 (DPPJ) del 21 de diciembre de 2017 y a fin de
promover la celeridad de los trámites relacionados con la registración
e inscripción de las sociedades en trato, conforme a lo establecido por
la Ley N° 27.349 y su modificación.
Que a través de la Disposición N° 49 (DPPJ) del 3 de junio de 2024, la
citada Dirección Provincial aprobó una nueva reglamentación relativa a
los procedimientos, requisitos, títulos y documentos que deben ser
acompañados en los trámites de las Sociedades por Acciones
Simplificadas (SAS), previendo, entre otros aspectos, la utilización
del “Sistema de Formularios Digitales” como canal para el ingreso de la
documentación digital y su registración en el sistema informático
“TRAMIX”, sustituyendo así el procedimiento de inscripción previsto en
la disposición mencionada en el párrafo anterior.
Que, por consiguiente, han cesado las razones operativas para mantener
el procedimiento especial de obtención de la Clave Única de
Identificación Tributaria (CUIT) aludido en el primer párrafo del
presente Considerando, en cuyo mérito corresponde a este Organismo
abrogar la Resolución General N° 4.173, resultando de aplicación, en lo
sucesivo, las disposiciones de la Resolución General N° 5.238.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos,
Recaudación, Servicios al Contribuyente y Sistemas y Telecomunicaciones.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Abrogar la Resolución General N° 4.173.
ARTÍCULO 2°.- Las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) con
domicilio legal en la Provincia de Buenos Aires, a fin de obtener la
Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) deberán, en oportunidad
de realizar la solicitud de registración ante la Dirección Provincial
de Personas Jurídicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de
dicha jurisdicción, observar las disposiciones de la Resolución General
N° 5.238.
ARTÍCULO 3°.- La presente norma entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
Florencia Lucila Misrahi
e. 28/10/2024 N° 76144/24 v. 28/10/2024