JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución 38/2024
RESOL-2024-38-APN-SICYT#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 28/10/2024
VISTO el Expediente Nº EX-2017-33614738- -APN-DNGIYS#MM, la Ley N°
25.506 y su modificatoria, los Decretos N° 892 de fecha 1° de noviembre
de 2017, N° 182 de fecha 11 de marzo de 2019 y sus modificatorios, N°
50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorias, la Decisión
Administrativa N° 1865 de fecha 14 de octubre de 2020 y sus
modificatorios, las Resoluciones N° 121 de fecha 22 de febrero de 2018
del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, N° 87 de fecha 30 de agosto de 2018
de la entonces SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA, N° 946 de
fecha 22 de septiembre de 2021, N° 14 de fecha 5 de abril de 2023, N°
53 de fecha 10 de noviembre de 2023, ambas de la ex SECRETARÍA DE
INNOVACIÓN PÚBLICA, N° 8 de fecha 30 de abril de 2024 de la SECRETARÍA
DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, todas de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 25.506 y su modificatoria legisló sobre la firma
electrónica, la firma digital, el documento digital y su eficacia
jurídica, estableciendo disposiciones relativas a los componentes de la
Infraestructura de Firma Digital de la República Argentina.
Que el Decreto N° 182 de fecha 11 de marzo de 2019 reglamentó la Ley N°
25.506, asignando competencias a la Autoridad de Aplicación para
establecer las condiciones y procedimientos para el otorgamiento y
revocación de las licencias.
Que, por su parte, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y
sus modificatorios creó, entre otros, a la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, estableciendo entre sus objetivos actuar como Autoridad de
Aplicación del régimen normativo que establece la Infraestructura de
Firma Digital dispuesta por la Ley N° 25.506 y su modificatoria.
Que, asimismo, el citado decreto estableció los objetivos de la
SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN dependiente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, entre los
cuales se encuentra el de intervenir en el marco regulatorio del
régimen relativo a la validez legal del documento y firma digital, así
como también, en los aspectos vinculados con la incorporación del
documento y firma digital a los circuitos de información del Sector
Público Nacional y con su archivo en medios alternativos al papel.
Que, por otro lado, la Decisión Administrativa N° 1865 de fecha 14 de
octubre de 2020 y sus modificatorias, aprobó la estructura organizativa
de primer y segundo nivel operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, y estableció, entre las acciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
FIRMA DIGITAL E INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA dependiente de la actual
SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la de gestionar la
Autoridad Certificante de Firma Digital para el Sector Público Nacional
y la Autoridad Certificante de la Plataforma de Firma Digital Remota y
asistir a la mencionada Subsecretaría en su administración.
Que, en idéntico sentido, la Resolución N° 946 de fecha 22 de
septiembre de 2021 de la entonces SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableció los procedimientos y
pautas técnicas complementarias del marco normativo de la Firma
Digital, aplicables al otorgamiento y revocación de licencias a los
certificadores que así lo soliciten, todo ello en el ámbito de la
Infraestructura de Firma Digital de la República Argentina.
Que el Decreto Nº 892 de fecha 1° de noviembre de 2017 creó la
Plataforma de Firma Digital Remota administrada exclusivamente por el
ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a través de la entonces DIRECCIÓN
NACIONAL DE SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN Y FIRMA DIGITAL dependiente de
la ex SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA (actual SUBSECRETARÍA
DE INNOVACIÓN dependiente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS), en la que se
centraliza el uso de firma digital, en el marco de la normativa vigente
sobre Infraestructura de dicha firma.
Que la Resolución Nº 121 de fecha 22 de febrero de 2018 del ex
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, otorgó la Licencia para operar como
Certificador Licenciado al ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para la
Autoridad Certificante del citado organismo que utiliza la Plataforma
de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR), en el marco de la
Infraestructura de Firma Digital establecida en la Ley N° 25.506 y su
modificatoria.
Que el artículo 14 del Anexo al Decreto N° 182/19 estableció que las
licencias tendrán un plazo de duración de CINCO (5) años y que podrán
ser renovadas previa auditoría que acredite el cumplimiento de la
normativa vigente y de las condiciones técnicas y de procedimientos
comprometidas al momento del licenciamiento.
Que, por su parte, la Resolución N° 87 de fecha 30 de agosto de 2018 de
la entonces SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA aprobó la
“Política Única de Certificación v2.0”, el “Manual de Procedimientos
v2.0”, el “Acuerdo con Suscriptores v2.0”, el “Acuerdo Utilización de
la Plataforma de Firma Digital Remota v2.0”, la “Política de Privacidad
v2.0”, y los “Términos y Condiciones con Terceros Usuarios v2.0”, del
ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para la Autoridad Certificante del
citado organismo que utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC
MODERNIZACIÓN-PFDR).
Que, corresponde destacar que en virtud de la renovación de la Licencia
de la AC MODERNIZACIÓN -PFDR-, conforme lo prescripto por el Decreto N°
182/19, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN se encuentra cursando el
correspondiente proceso de auditoría al Certificador Licenciado citado.
Que, a través de la Resolución N° 14 de fecha 5 de abril de 2023 de la
ex SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA se prorrogó el término de la
Licencia para operar como Certificadores Licenciados de Firma Digital a
ese organismo por medio de su Autoridad Certificante del ex MINISTERIO
DE MODERNIZACIÓN que utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC
MODERNIZACIÓN -PFDR-), hasta el 31 de octubre de 2023.
Que, a través de la Resolución N° 53 de fecha 10 de noviembre de 2023
de la ex SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA se prorrogó el término de la
Licencia para operar como Certificadores Licenciados de Firma Digital a
ese organismo por medio de su Autoridad Certificante del ex MINISTERIO
DE MODERNIZACIÓN que utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC
MODERNIZACIÓN -PFDR-), hasta el 30 de abril de 2024.
Que, a través de la Resolución N° 8 de fecha 30 de abril de 2024 de la
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, se prorrogó el término
de la Licencia para operar como Certificadores Licenciados de Firma
Digital a la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA por medio
de su Autoridad Certificante del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN que
utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN
-PFDR-), en el marco de la Infraestructura de Firma Digital establecida
en la Ley N° 25.506 y su modificatoria, hasta el día 31 de octubre de
2024.
Que, debido al contexto mencionado, y con el fin de evitar cualquier
perjuicio que pudiera ocasionarse a los suscriptores u otros usuarios
de los certificados de firma digital remota, deviene necesario tramitar
una prórroga de la licencia del certificador licenciado SECRETARÍA DE
INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, la cual tendrá como fecha de
finalización el día 30 de abril de 2025.
Que la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES DE ASUNTOS NORMATIVOS Y EMPLEO PÚBLICO
dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la
SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y
ADMINISTRATIVA de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las competencias
conferidas por los Decretos N° 182/19 y sus modificatorios y N° 50/19 y
sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Prorrógase, a partir del 1º de noviembre de 2024, el
término de la Licencia para operar como Certificador Licenciado a la
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA por medio de su
Autoridad Certificante del citado organismo que utiliza la Plataforma
de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN -PFDR-), en el marco de la
Infraestructura de Firma Digital establecida en la Ley N° 25.506 y su
modificatoria, hasta el día 30 de abril de 2025.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 62/2025
de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología B.O. 14/04/2025 se
prorroga, a partir del 1° de mayo de 2025, el término de la Licencia
para operar como Certificador Licenciado a la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN,
CIENCIA Y TECNOLOLGÍA por medio de su Autoridad Certificante del citado
organismo que utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC
MODERNIZACIÓN -PFDR-), en el marco de la
Infraestructura de Firma Digital, establecida en la Ley N° 25.506 y su
modificatoria, hasta el día 31 de octubre de 2025)
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Darío Leandro Genua
e. 30/10/2024 N° 76899/24 v. 30/10/2024