MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO
Resolución 470/2024
RESOL-2024-470-APN-SPYMEEYEC#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 28/10/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-112545177-APN-DGDMDP#MEC, el Decreto N°
50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las
Resoluciones Nros. 709 de fecha 18 de noviembre de 2016 ex MINISTERIO
DE PRODUCCIÓN, 409 de fecha de 30 de mayo de 2017 de la ex SECRETARÍA
DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 483 de fecha
10 de septiembre de 2020 del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 709 de fecha 18 de noviembre de 2016 del
ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN se creó el Programa “Plan de Diseño” con el
objetivo de fortalecer la competitividad industrial y mejorar las
posibilidades de colocación de productos en el mercado nacional e
internacional mediante la incorporación de diseño como herramienta.
Que el mencionado Programa contempla DOS (2) modalidades y herramientas
de implementación llamadas “PYMES D” y “Sello del Buen Diseño
Argentino”, asignando diferentes instrumentos para cada una de ellas.
Que la herramienta “Sello del Buen Diseño Argentino” consiste en una
distinción a la incorporación de la gestión de diseño, siempre que se
demuestre una mejora en los procesos industriales y productos,
aumentando la competitividad, tanto en el mercado interno como en el
externo, y constituyendo una oferta nacional de productos destacados
por su diseño.
Que entre los beneficios que contempla la distinción se encuentran: la
inclusión de los productos distinguidos en el Catálogo Anual del “Sello
de Buen Diseño Argentino”; publicaciones de promoción en notas de
prensa, revistas de publicación masiva y especializadas de diseño;
participación en eventos y/o exposiciones y generación de nuevas
oportunidades comerciales a partir de reuniones y rondas de negocios
con compradores nacionales e internacionales. El beneficio no contempla
ningún tipo de retribución económica para quienes resulten distinguidos.
Que a través de la Resolución N° 409 de fecha de 30 de mayo de 2017 de
la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN se aprobó el Reglamento Operativo y Bases y Condiciones
Generales del Programa “Plan de Diseño”.
Que la mencionada resolución establece que la elaboración de las Bases
y Condiciones Particulares, así como el llamado a convocatoria, es
facultad de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PRODUCTIVA entonces dependiente
de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN.
Que la Resolución N° 483 de fecha 10 de septiembre de 2020 del ex
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO transfirió el Programa “Plan de
Diseño”, creado por la Resolución N° 709/16 del ex MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN, de la órbita de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y
SERVICIOS a la órbita de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO,
designándose a esta última como Autoridad de Aplicación de dicho
Programa, quedando facultada a dictar las normas complementarias y
aclaratorias que resulten necesarias para su ejecución.
Que mediante el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
estableciendo entre los objetivos de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del
MINISTERIO DE ECONOMÍA entender en la elaboración, propuesta y
definición de políticas públicas y estudios dirigidos a las Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) y los Emprendedores y promover
el desarrollo de la competitividad de los sectores productivos en el
ámbito de su competencia mediante la incorporación de diseño e
innovación a los productos y procesos.
Que, asimismo, corresponde a la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES
Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO en lo que a su competencia se refiere,
intervenir, en la ejecución de los distintos instrumentos, programas y
líneas de financiamiento a cargo de la Secretaría, asistir a la
Secretaría en el diseño, ejecución y evaluación de programas y acciones
de fomento, asistencia y promoción que atiendan a la problemática de
las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) en todas sus ramas,
en el ámbito de su competencia y colaborar en el desarrollo de la
competitividad de los sectores productivos mediante la incorporación de
diseño e innovación a los productos y procesos para las Micro, Pequeñas
y Medianas Empresas que realizan actividades en el campo de la
innovación y el diseño.
Que es dable destacar que los objetivos de la mencionada Secretaría
comprenden las facultades asignadas a la entonces SECRETARÍA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES en su carácter de
Autoridad de Aplicación del Programa “Plan de Diseño”.
Que, en tal sentido, a fin de optimizar los procedimientos que deriven
de la presente convocatoria del Programa “Plan de Diseño”, y atento las
modificaciones introducidas al Decreto N° 50/19 y sus modificatorios, y
en virtud de los objetivos asignados a la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA, corresponde facultar a dicha Subsecretaría al
ejercicio de las funciones de Autoridad de Aplicación del Programa
“Plan de Diseño” contempladas en el Artículo 2° de la Resolución N°
483/20 del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que en este orden de ideas y en pos de lograr una integración
estratégica del diseño en la producción local para mejorar su
competitividad, su productividad y aumentar las posibilidades de
insertar sus productos en el mercado nacional e internacional resulta
necesario convocar a los interesados en acceder a la herramienta “Sello
de Buen Diseño Argentino”.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros.
709/16 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 483/20 del ex MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO.
Por ello,
EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convócase a los interesados en acceder a la herramienta
“Sello de Buen Diseño argentino”, en el marco del Programa “Plan de
Diseño” creado por la Resolución N° 709 de fecha 18 de noviembre de
2016 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, a presentar el correspondiente
formulario de inscripción y la documentación pertinente, conforme las
previsiones dispuestas en el Reglamento Operativo y Bases y Condiciones
Generales del citado Programa, aprobado por la Resolución N° 409 de
fecha 30 de mayo de 2017 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS
del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
ARTÍCULO 2°.- Apruébanse las Bases y Condiciones Particulares que
regirán la presente convocatoria en forma complementaria al Reglamento
Operativo y Bases y Condiciones Generales aprobadas por la Resolución
N° 409/17 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, que como Anexo
I (IF-2024-114132139-APN-SSPYME#MEC) forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que la vigencia de la convocatoria dispuesta
en el Artículo 1° de la presente medida, se extiende desde su
publicación en el Boletín Oficial hasta el 10 de diciembre de 2024
inclusive.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 523/2024
de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y
Economía del Conocimiento B.O. 12/12/2024 se prorroga hasta el 31 de
marzo de 2025 inclusive, el
plazo de la convocatoria establecido en la presente Resolución,
para que los interesados en acceder a la herramienta “Sello de Buen
Diseño Argentino”, prevista en el marco del Programa “Plan de Diseño”
creado por la Resolución N° 709 de fecha 18 de noviembre de 2016 del ex
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, puedan presentar el formulario de inscripción
y la documentación pertinente, conforme las previsiones dispuestas en
el Reglamento Operativo del citado Programa, aprobado por la Resolución
N° 409 de fecha 30 de mayo de 2017 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y
SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y en las Bases y Condiciones
Particulares de la presente convocatoria. Vigencia: vigencia a partir
del día de su dictado.)
ARTÍCULO 4°.- Apruébase la “DECLARACIÓN JURADA - SBD” que como Anexo II
(IF-2024-114131819-APN-SSPYME#MEC), forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Apruébase la “GRILLA DE EVALUACIÓN” que como Anexo III
(IF-2024-114131507-APN-SSPYME#MEC), forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 6°.- Apruébase el Manual de Marca del SBD que como Anexo IV
(IF-2024-114131234-APN-SSPYME#MEC), forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 7°.- Sustitúyase el Artículo 6° de la Resolución N° 409/17 de
la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS por el siguiente:
“ARTÍCULO 6°.- Apruébase el “FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN - SBD” que como
Anexo V (IF-2024-114130911-APN-SSPYME#MEC), forma parte integrante de
la presente resolución.”
ARTÍCULO 8°.- Sustitúyase el punto 3.3.1, del Anexo I “Reglamento
Operativo y Bases y Condiciones Generales del Programa Plan de Diseño”,
aprobado mediante el Artículo 1° de la Resolución N° 409/17 de la ex
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, por el siguiente:
“3.3.1 Distinción – Otorgamiento y Uso.
La SECRETARÍA otorgará una distinción a todas las empresas que mediante
la incorporación de la gestión de diseño han demostrado una mejora en
sus procesos industriales y productos, lo que conlleva a aumentar su
competitividad, tanto en el mercado interno como externo.
En caso de acceder a la distinción, las empresas beneficiarias
recibirán un certificado y deberán utilizar la marca Sello de Buen
Diseño argentino en los embalajes y material promocional del producto
distinguido. Adicionalmente dicho producto será incluido por la
SECRETARÍA en el catálogo y en la exposición de la edición
correspondiente.”
ARTÍCULO 9°.- Sustitúyase el punto 3.4, del “Reglamento Operativo y
Bases y Condiciones Generales del Programa Plan de Diseño”, aprobado
mediante el Anexo I de la Resolución N° 409/17 de la ex SECRETARÍA DE
INDUSTRIA Y SERVICIOS por el siguiente:
“3.4 Solicitante.
Podrán presentar “productos” a fin de ser seleccionadas para el
otorgamiento de la distinción SBD todas aquellas empresas que cumplan
con los siguientes requisitos básicos:
1 Ser Empresa Local de Capital Nacional en los términos de la Ley N° 21.382.
2 Producir y diseñar la totalidad de los productos presentados en el Territorio Nacional.
3 Tener un mínimo de SEIS (6) meses de facturación consecutiva en la
actividad declarada dentro de los DOS (2) últimos años previos a la
presentación al Programa.
4 Estar inscripta en la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS,
entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y
encontrarse en curso normal de cumplimiento de sus obligaciones
fiscales y previsionales.
5 Completar y presentar ante la DIRECCIÓN, el formulario de Inscripción
conforme el modelo obrante en el Anexo III que forma parte integrante
del presente Reglamento Operativo, junto a la documentación
respaldatoria que al efecto se establecen en las bases y condiciones
correspondientes.”
ARTÍCULO 10.- Encomiéndase a la SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES
Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, el ejercicio de
las funciones de Autoridad de Aplicación del Programa “Plan de Diseño”
contempladas en el Artículo 2° de la Resolución N° 483/20 del ex
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
ARTÍCULO 11.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Marcos Martin Ayerra
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/10/2024 N° 76931/24 v. 30/10/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV)