COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
Disposición 1/2024
DISFC-2024-1-APN-CNRT#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 30/10/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-104777183- -APN-MESYA#CNRT, lo dispuesto
por la Ley N° 27.275 del 14 de septiembre de 2016, el Decreto N° 1388
del 29 de noviembre de 1996, y sus modificatorios; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N°1388/1996 y sus modificatorios, se aprueba el
Estatuto de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE,
estableciéndose entre sus objetivos el de instrumentar los mecanismos
necesarios para garantizar la fiscalización y el control de la
operación del sistema de transporte automotor y ferroviario, de
pasajeros y carga de Jurisdicción Nacional, con el objetivo de
garantizar la adecuada protección de los derechos de los usuarios y
promover la competitividad de los mercados; ejercer el poder de policía
en materia de transporte de su competencia, controlando el cumplimiento
efectivo de las leyes, decretos y reglamentaciones vigentes, así como
la ejecución de los contratos de concesión y acuerdos de operación; y
fiscalizar la actividad realizada por los operadores y concesionarios
de transporte, como así también asistir a la SECRETARIA DE TRANSPORTE
del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE en todos aquellos
aspectos relativos a su competencia.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 832 del 7 de octubre de
2019, se aprobó la nueva estructura organizativa de esta COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, de conformidad con el
Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que como
ANEXOS I (IF-2019-64825508- APNDNDO#JGM), II
(IF-2019-90104236-APN-DNDO#JGM), III (IF-2019-90105870-APN-DNDO#JGM) y
IV (IF2019-90106719-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la citada
Decisión Administrativa.
Que, con la visión de continuar vigorizando y garantizando la
transparencia de su accionar, considerada pilar esencial para
fortalecer a la institución, surge la necesidad de contar con una
herramienta que permita exponer lo actuado por el Organismo durante el
año calendario, en cumplimiento de sus misiones y funciones.
Que, en virtud del dinamismo inherente al sector, los avances
tecnológicos y la promulgación de nuevas normativas, deviene necesaria
la elaboración de un Informe Anual de Gestión, con el objeto de
comunicar de manera efectiva y detallada los principales avances en la
ejecución de las tareas específicas de cada Gerencia, proporcionando
una herramienta de trazabilidad valiosa para la evaluación y
transparencia de las acciones realizadas.
Que dicho informe debe ser elaborado bajo una metodología que asegure
la consolidación y unificación de la información, con el fin de
optimizar la eficacia y eficiencia operativa del Organismo.
Que, a efectos de la implementación del Informe Anual de Gestión del
Organismo, se torna necesario establecer contenidos mínimos
específicos, claros y predefinidos que posibiliten la evaluación
adecuada del desempeño de las distintas áreas y de las actividades
realizadas por las mismas.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, en su misión de
garantizar la correcta ejecución de las funciones asignadas a las
distintas Gerencias, considera fundamental contar con procedimientos
claros y eficientes para la rendición de cuentas y el seguimiento de
las actividades realizadas durante el año calendario.
Que, en ese sentido, resulta conveniente aprobar un instructivo que
sirva como guía para la elaboración de los Informes de Gestión de las
distintas Gerencias que integran el Organismo.
Que los contenidos en el Informe Anual de Gestión permitirán
monitorear, evaluar y emitir recomendaciones específicas, posibilitando
a la Autoridad de Aplicación trazar los objetivos de sus políticas
públicas y determinar los estándares mínimos deseables de eficiencia y
rendimiento del Organismo.
Que estos contenidos deben servir como fuente de información que
permita a la Autoridad de Aplicación orientar la toma de decisiones,
facilitando así la mejora continua.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS ha tomado la
intervención de su competencia, señalando que no existen reparos de
índole legal que oponer a la suscripción del presente Acto
Administrativo.
Que la presente se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el
Decreto N° 1388/1996 y sus modificatorios, en los términos del Decreto
N° 183/2024 (B.O. 23/2/24) y el Decreto N° 823/2024 (B.O. 13/9/24).
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO y EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
DISPONEN:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese el “INSTRUCTIVO PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME
ANUAL DE GESTIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE”,
que como Anexo N° IF-2024-113706576-APN-DARRHH#CNRT, forma parte
integrante de la presente Disposición.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyase a todas las Áreas y Gerencias de la COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE a establecer un procedimiento
interno para la elaboración de un Informe Anual de Gestión, siguiendo
las pautas y criterios establecidos en el “INSTRUCTIVO PARA LA
ELABORACIÓN DEL INFORME ANUAL DE GESTIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL DE
REGULACIÓN DEL TRANSPORTE”, procedimiento que deberá ser incorporado al
Manual de Procedimiento de cada una de ellas, conforme al Apartado VIII
del Anexo N° IF-2024-113706576-APN-DARRHH#CNRT.
ARTÍCULO 3°.- Instrúyase al Área de Comunicación y Prensa a recibir,
recopilar y revisar los Informes Anuales de Gestión realizados por las
Áreas y Gerencias de esta Comisión Nacional, y elaborar el “INFORME
ANUAL DE GESTIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE”,
asegurando su coherencia, precisión y homogeneidad, promoviendo,
además, la coordinación de las actualizaciones y modificaciones
necesarias, en función de los avances en la implementación de
herramientas informáticas que faciliten la consolidación y presentación
del mismo.
ARTÍCULO 4°.- Instrúyase a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS
HUMANOS y a la GERENCIA DE SERVICIOS DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN a
brindar la colaboración y los recursos que resultaran necesarios para
lograr la implementación plena del “INFORME ANUAL DE GESTION DE LA
COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE”.
ARTÍCULO 5°.- Establézcase que la presente Disposición entrará en vigencia a partir de su dictado.
ARTÍCULO 6°.- Notifíquese a la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA y a todas
las Áreas y Gerencias de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL
TRANSPORTE.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Edgar Rene Perez - Fernando Cortes
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en el sitio web de la CNRT.
e. 01/11/2024 N° 77684/24 v. 01/11/2024