ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución 899/2024
RESOL-2024-899-APN-ENRE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-15788738-APN-SD#ENRE, la Resolución del
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 690 de fecha 30 de
septiembre de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la emergencia del Sector Energético Nacional
declarada hasta el 31 de diciembre de 2024 por el Decreto N° 55 de
fecha 16 de diciembre de 2023 y la emergencia pública declarada por el
Decreto N° 70 de fecha 20 de diciembre de 2023, mediante la Resolución
del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 690 de fecha
30 de septiembre de 2024 se dispuso, entre otras cosas, la aprobación
de los valores horarios a aplicar al equipamiento regulado de la
EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL
NORESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNEA S.A.), con vigencia a
partir del 1 de octubre de 2024 y del Promedio de las Sanciones
Mensuales Históricas (SP) aplicados a la transportista.
Que, mediante la Nota N° NO-2024-119421202-APN-MEC de fecha 31 de
octubre de 2024, el MINISTERIO DE ECONOMÍA manifestó que resulta
razonable y prudente continuar para el mes de noviembre con el sendero
de actualización de precios y tarifas del sector energético,
instruyendo, en relación a la tarifa de transporte de energía
eléctrica, que se incremente un SEIS POR CIENTO (6%) y que se comunique
al ENRE para que proceda a la actualización de las mismas para los
consumos del mes de noviembre de 2024, a fin de mantener los precios y
tarifas del sector energético en valores reales lo más constantes
posibles, y así evitar un proceso de deterioro de los mismos que no
permitan el sustento del sector y hasta amenacen su continuidad.
Que, mediante la Nota N° NO-2024-119572978-APN-SSEE#MEC de fecha 31 de
octubre de 2024, la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA indicó al ENRE
que tome la intervención de su competencia en relación a lo instruido
en la nota del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que, asimismo, mediante la Nota N° NO-2024-119607866-APN-SCEYM#MEC de
fecha 31 de octubre de 2024, la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE ENERGÍA Y
MINERÍA solicitó al ENRE que dé efectivo cumplimiento a lo dispuesto en
la nota del MINISTERIO DE ECONOMÍA mencionada anteriormente.
Que, conforme lo indicado en las notas mencionadas en los considerandos
precedentes, se determinaron los cargos de transporte establecidos en
el Contrato de Concesión para cada tipo de equipamiento y tensiones que
regirán a partir de la entrada en vigencia de esta resolución y el
Promedio de las Sanciones Mensuales Históricas aplicado a la
transportista.
Que se ha emitido el dictamen jurídico exigido por el artículo 7 inciso
d) punto (ii) de la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo N°
19.549.
Que el ENRE es competente y el Interventor se encuentra facultado para
el dictado de este acto, en virtud de lo dispuesto en los artículos 2,
40 a 49, 54, 56 incisos a), d) y s) y 63 incisos a) y g) de la Ley N°
24.065, artículos 4 y 6 del Decreto N° 55 de fecha 16 de diciembre de
2023 y artículos 1 y 3 de la Resolución de la SECRETARÍA DE ENERGÍA
(SE) N° 1 de fecha 20 de diciembre de 2023.
Por ello,
EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Aprobar los valores horarios a aplicar al equipamiento
regulado de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR
DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NORESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNEA
S.A.) y el valor Promedio de las Sanciones Mensuales Históricas (SP)
aplicados a la transportista, contenidos en el Anexo
(IF-2024-119448677-APN-ARYEE#ENRE) que forma parte integrante de la
presente resolución, a partir del 1 de noviembre de 2024.
ARTÍCULO 2.- Notifíquese a TRANSNEA S.A., a la ASOCIACIÓN DE
GENERADORES DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (AGEERA), a
la ASOCIACIÓN DE TRANSPORTISTAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA (ATEERA), a la ASOCIACIÓN DE DISTRIBUIDORES DE ENERGÍA
ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ADEERA), a la ASOCIACIÓN DE
GRANDES USUARIOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
(AGUEERA) y a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA
ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) junto con el Anexo
(IF-2024-119448677-APN-ARYEE#ENRE).
ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Dario Oscar Arrué
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/11/2024 N° 78517/24 v. 04/11/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)