JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución 44/2024
RESOL-2024-44-APN-SICYT#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 06/11/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-53810187- -APN-DNFDEIT#JGM, la Ley de
Firma Digital N° 25.506 y sus modificatorios, los Decretos N° 892 de
fecha 1° de noviembre de 2017, N° 182 de fecha 11 de marzo de 2019 y su
modificatorio, N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, la Decisión Administrativa N° 1865 de fecha 14 de
octubre del 2020 y sus modificatorias, la Resoluciones N° 121 de fecha
22 de febrero de 2018 del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, N° 946 de
fecha 22 de septiembre de 2021 de la ex SECRETARÍA DE INNOVACIÓN
PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Disposición Nº 3 de
fecha 11 de febrero de 2021 de la entonces SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN
ADMINISTRATIVA dependiente de la ex SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Firma Digital N° 25.506 legisló sobre la firma
electrónica, la firma digital, el documento digital y su eficacia
jurídica, estableciendo disposiciones relativas a los componentes de la
infraestructura de firma digital de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que el Decreto N° 182 de fecha 11 de marzo de 2019 aprobó la
reglamentación de la Ley de Firma Digital N° 25.506 regulando el empleo
del documento electrónico, de la firma electrónica y de la firma
digital y su eficacia jurídica en el marco de la infraestructura de
firma digital.
Que por su parte el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y
sus modificatorios, creó, entre otras, a la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
estableciendo entre sus objetivos actuar como Autoridad de Aplicación
del régimen normativo que establece la infraestructura de firma digital
dispuesta por la Ley N° 25.506.
Que asimismo el citado decreto estableció los objetivos de la
SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN dependiente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, entre los
cuales se encuentra el de intervenir en el marco regulatorio del
régimen relativo a la validez legal del documento y firma digital, así
como también, en los aspectos vinculados con la incorporación del
documento y firma digital a los circuitos de información del Sector
Público Nacional y con su archivo en medios alternativos al papel.
Que por otro lado la Decisión Administrativa N° 1865 de fecha 14 de
octubre de 2020 y sus modificatorias, aprobó la estructura organizativa
de primer y segundo nivel operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y estableció, entre las acciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
FIRMA DIGITAL E INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA dependiente de la actual
SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la de gestionar la
Autoridad Certificante de Firma Digital para el Sector Público Nacional
y la Autoridad Certificante de la Plataforma de Firma Digital Remota y
asistir a la mencionada Subsecretaría en su administración.
Que en idéntico sentido la Resolución N° 946 de fecha 22 de septiembre
de 2021 de la entonces SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, estableció los procedimientos y pautas
técnicas complementarias del marco normativo de la Firma Digital,
aplicables al otorgamiento y revocación de licencias a los
certificadores que así lo soliciten, todo ello en el ámbito de la
Infraestructura de Firma Digital de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que el Decreto Nº 892 de fecha 1° de noviembre de 2017 creó la
Plataforma de Firma Digital Remota administrada exclusivamente por el
ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a través de la entonces DIRECCIÓN
NACIONAL DE SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN Y FIRMA DIGITAL dependiente de
la ex SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA, actual SUBSECRETARÍA
DE INNOVACIÓN dependiente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en la que se
centralizó el uso de firma digital, en el marco de la normativa vigente
sobre Infraestructura de Firma Digital.
Que la Resolución Nº 121 de fecha 22 de febrero de 2018 del ex
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, otorgó la licencia para operar como
Certificador Licenciado al ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para la
Autoridad Certificante del citado organismo que utiliza la Plataforma
de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR), en el marco de la
Infraestructura de Firma Digital establecida en la Ley N° 25.506.
Que por medio de la Disposición Nº 3 de fecha 11 de febrero de 2021 de
la entonces SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA dependiente de
la ex SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS se autorizó a la SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA Y
MODERNIZACIÓN DEL ESTADO de la PROVINCIA DEL CHUBUT, a cumplir las
funciones de Autoridad de Registro de la Autoridad Certificante de la
Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR).
Que la Ley I N° 764, define las estructuras de las áreas Ministeriales
y Secretarías que componen la Administración Central de la PROVINCIA
DEL CHUBUT, creando y readecuando las competencias asignadas a cada
área.
Que asimismo el Artículo 30 de la citada ley, faculta al Poder
Ejecutivo a adoptar las medidas necesarias y conducentes para adecuar
la estructura orgánica, funcional y presupuestaria de las dependencias
que integran los distintos Ministerios y Secretarías de Estado,
pudiendo transferir dependencias, bienes patrimoniales y distribuir el
personal necesario.
Que por la citada ley se creó y se definieron las competencias de la
Secretaría General de Gobierno, entre ellas se transfirieron las
misiones y funciones relativas a lo que fuera la SUBSECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN DEL ESTADO de la entonces SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA Y
MODERNIZACIÓN DEL ESTADO.
Que a través del Decreto N° 1656 de fecha 26 de diciembre de 2023 del
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, se creó la SUBSECRETARÍA DE
INNOVACIÓN Y MEJORAS DE PROCESOS en el ámbito de la SECRETARÍA GENERAL
DE GOBIERNO.
Que en virtud de lo expuesto y considerando los antecedentes obrantes
en el expediente citado en el Visto corresponde sustituir el nombre de
la autoridad de registro SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA Y MODERNIZACIÓN
DEL ESTADO de la PROVINCIA DEL CHUBUT, autorizada a cumplir las
funciones de Autoridad de Registro de la Autoridad Certificante de la
Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR) por el de
SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y MEJORAS DE PROCESOS dependiente de la
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO de la PROVINCIA DEL CHUBUT.
Que la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES DE ASUNTOS NORMATIVOS Y EMPLEO PÚBLICO
dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la
SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y
ADMINISTRATIVA de la VICEJEFATURA DE GABINENTE EJECUTIVA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA JEFATURA DE GABINETE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustituyese el nombre de la Autoridad de Registro de la
Autoridad Certificante de la Plataforma de Firma Digital Remota (AC
MODERNIZACIÓN-PFDR) SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA Y MODERNIZACIÓN DEL
ESTADO de la PROVINCIA DEL CHUBUT por el de SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN
Y MEJORAS DE PROCESOS dependiente de la SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
de la PROVINCIA DEL CHUBUT.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Darío Leandro Genua
e. 08/11/2024 N° 80044/24 v. 08/11/2024