AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
DIRECCIÓN REGIONAL OESTE
Disposición 90/2024
DI-2024-90-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM
Caseros, Buenos Aires, 08/11/2024
VISTO el IF-2024-03563295-AFIP-DVOGDE#SDGOPIM del 17 de octubre de
2024, remitida por la jefatura de la División Gestiones y Devoluciones
de la Dirección Regional Oeste, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Informe citado en el Visto, la Jefatura de la División
Gestiones y Devoluciones de la Dirección Regional Oeste, propone
modificar el Régimen de Reemplazos para los casos de ausencia o
impedimento, por razones funcionales y operativas dentro de su nivel de
estructura.
Que por las razones invocadas, resulta necesario modificar el régimen
de reemplazos establecido mediante la Disposición
DI-2022-12-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM del 07 de febrero 2022.
Que de acuerdo con las facultades delegadas por la Disposición
DI-2018-7-E-AFIP-AFIP del 5 de enero de 2018 y a las atribuciones
asignadas mediante la Disposición DI-2024-112-E-AFIP-AFIP del 12 de
agosto de 2024, procede a disponer en consecuencia.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN REGIONAL OESTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar el régimen de reemplazos para los casos de
ausencia o impedimento de la División Gestiones y Devoluciones,
dependiente de ésta Dirección Regional Oeste - AFIP - DGI, el que
quedará establecido de la siguiente forma:
ARTÍCULO 2º.- Déjase sin efecto la Disposición
DI-2022-12-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM del 07 de febrero 2022 y toda aquella
Disposición anterior, que nombrara niveles de reemplazo en la
estructura aludida en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación, notifíquese y registrese. Cumplido
archívese.
Ricardo Salomon Satalovsky
e. 13/11/2024 N° 81170/24 v. 13/11/2024