AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 550/2024
RESOL-2024-550-APN-D#ARN
Ciudad de Buenos Aires, 12/11/2024
VISTO el Expediente Electrónico N° 33462633/24 de la GERENCIA SEGURIDAD
RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, la Ley Nacional de la Actividad
Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Norma AR
8.2.4. “Uso de fuentes radiactivas no selladas en instalaciones de
medicina nuclear”, Revisión 1, las Resoluciones del Directorio de la
ARN N° 386/18 y N° 432/18, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley citada en el VISTO dispone en su Artículo 9°, Inciso a) que
toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear
en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que
imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su
competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o
Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.
Que la Norma AR 8.2.4, Revisión 1, en el Criterio 27, Inciso b)
establece el requisito de contar con personal profesional o técnico con
permiso individual y preparación adecuada para la manipulación de
material radiactivo, en número adecuado a la carga de trabajo de la
instalación de medicina nuclear.
Que a través de la Resolución del Directorio de la ARN N° 386/18, se
reconoció el temario de contenidos mínimos correspondientes a los
cursos de actualización para Técnicos en Medicina Nuclear y se
estableció que este temario constituye la formación teórica suficiente
en protección radiológica para tramitar la renovación de los permisos
individuales para el propósito: Técnicos en Medicina Nuclear.
Que, a su vez, la Resolución del Directorio de la ARN N° 432/18, de
fecha 24 de octubre de 2018, estableció en su ARTÍCULO 1°, que “las
personas que cumplan con las condiciones para ser consideradas
‘Técnicos Idóneos’ en Medicina Nuclear, deberán aprobar un curso que
contenga el temario de contenidos aprobados a través de la Resolución
del Directorio de la ARN N° 386/18, a fin de obtener o renovar el
Permiso Individual para el propósito ‘Técnico Idóneo en Medicina
Nuclear’ para el tipo de práctica de medicina nuclear en el que
acredite su experiencia”.
Que la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA
PLATA inició ante la ARN el trámite de reconocimiento del “Curso de
Actualización en Protección Radiológica para Técnicos en Medicina
Nuclear”, para la renovación de los Permisos Individuales para los
propósitos Técnico en Medicina Nuclear y Técnico Idóneo en Medicina
Nuclear.
Que la SUBGERENCIA CONTROL DE INSTALACIONES MÉDICAS considera que el
programa del curso se ajusta a lo establecido en la Resolución N°
386/18 tanto en contenido como en carga horaria y considera que la
formación profesional de los docentes es adecuada para su dictado.
Que el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISOTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR) tomó la intervención que le compete.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA y SALVAGUARDIAS
recomienda la prosecución favorable del trámite de reconocimiento, dado
que el “Curso de Actualización en Protección Radiológica para Técnicos
en Medicina Nuclear” de la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS de la
UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA (UNLP), cumple con los requerimientos
solicitados por esta ARN y permitirá acreditar la formación teórica
suficiente demandada para la renovación de los Permisos Individuales
para los propósitos “Técnico en Medicina Nuclear” y “Técnico Idóneo en
Medicina Nuclear”.
Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS tomó en el trámite la intervención correspondiente.
Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente
para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el
Artículo 22, Inciso a), de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 16 de octubre de 2024 (Acta N° 37),
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1°. - Reconocer el “Curso de Actualización en Protección
Radiológica para Técnicos en Medicina Nuclear” de la FACULTAD DE
CIENCIAS EXACTAS de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA como formación
teórica suficiente para la renovación de Permisos Individuales para
Técnicos en Medicina Nuclear y Técnicos Idóneos en Medicina Nuclear,
cuyo programa con los contenidos de protección radiológica, carga
horaria y modalidad de cursada, se incluyen en el Anexo I de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 2°. - Establecer que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA
Y SALVAGUARDIAS evaluará regularmente el cumplimiento del programa del
Curso, la carga horaria, el plantel docente y la modalidad de cursada.
ARTÍCULO 3°. - Establecer que la vigencia del reconocimiento del “Curso
de Actualización en Protección Radiológica para Técnicos en Medicina
Nuclear” estará supeditada al cumplimiento por parte de la FACULTAD DE
CIENCIAS EXACTAS de la UNLP de los requisitos que se detallan en el
Anexo II del presente Acto.
ARTÍCULO 4°. - Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la FACULTAD DE
CIENCIAS EXACTAS de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA a través de la
GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y al CONSEJO
ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES. Dese
a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.
Leonardo Juan Sobehart
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 19/11/2024 N° 82134/24 v. 19/11/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)