AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 70/2024
RESOL-2024-70-APN-AABE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 20/11/2024
VISTO el Expediente EX-2024-123835686-APN-DCCYS#AABE y su asociado
EX-2024-119903196-APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nros. 1.023 de fecha 13
de agosto de 2001, 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha
18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015 (texto
conf. Decreto Nº 636 de fecha 18 de julio de 2024 con las
modificaciones introducidas por el Decreto Nº 769 de fecha 29 de agosto
de 2024), 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016, todos ellos con sus
modificatorios y/o complementarios, 29 de fecha 10 de enero de 2018,
950 de fecha 24 de octubre 2024, y el Reglamento de Gestión de Bienes
Inmuebles del Estado Nacional aprobado por la Resolución N° 177 (Texto
Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de fecha 16 de julio de 2022 y
su modificatoria la Resolución N° 60 de fecha 6 de noviembre de 2024
(RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM), y
CONSIDERANDO:
Que por el primer Expediente citado en el Visto tramita el
procedimiento de Subasta Pública N° 392-0206-SPU24 para la venta del
inmueble sito en la calle Ortiz de Ocampo esquina Cerviño Nº
3101/3129/3167, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con una
superficie de terreno según catastro de NOVECIENTOS DIECINUEVE METROS
CUADRADOS CON DIEZ DECÍMETROS CUADRADOS (919,10 m2) y una superficie
cubierta total de TRES MIL CIENTO CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON
CINCUENTA Y TRES DECÍMETROS CUADRADOS (3.143,53 m2), identificado
catastralmente como Circunscripción 18 - Sección 21 - Manzana 67 -
Parcela 4, correspondiente al CIE Nº 0200002288/1, según requerimiento
formulado la DIRECCIÓN DE ASUNTOS COMUNITARIOS dependiente de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS de
esta Agencia.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382 de fecha 9 de agosto de
2012 se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como
organismo descentralizado en la órbita de la VICEJEFATURA DE GABINETE
EJECUTIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciéndose que
será el órgano rector, centralizador de toda la actividad de
administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO NACIONAL,
ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles
del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros organismos estatales.
Que mediante el Decreto Nº 950 de fecha 24 de octubre de 2024, se
autorizó a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, en los
términos del artículo 45 del Anexo del Decreto Nº 2670 del 1º de
diciembre de 2015 y sus modificatorios, a disponer, enajenar y/o
transferir los inmuebles del ESTADO NACIONAL, que se detallan en su
Anexo, entre los cuales se encuentra el inmueble objeto de la presente
subasta.
Que los procedimientos de selección que involucran bienes inmuebles,
propiedad del ESTADO NACIONAL, se rigen por el Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto
Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y
complementarios.
Que el artículo 44 del Reglamento del Decreto Nº 1.382/12 y sus
modificatorias aprobadas por el Decreto Nº 2.670/15 (texto conf.
Decreto Nº 636 de fecha 18 de julio de 2024 con las modificaciones
introducidas por el Decreto Nº 769 de fecha 29 de agosto de 2024)
establece que todo acto de disposición de inmuebles de propiedad del
ESTADO NACIONAL será centralizado por la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO.
Que el Artículo 4º del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado mediante el Decreto Nº 1.030 del 15 de
septiembre de 2016 estableció que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, en su carácter de Órgano Rector de toda la actividad
inmobiliaria del ESTADO NACIONAL, dictaría el Reglamento de Gestión de
Bienes Inmuebles del Estado Nacional.
Que mediante Resolución Nº 177 (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de fecha
16 de julio de 2022 y su modificatoria, la Resolución N° 60 de fecha 6
de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM), se aprobó el
Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, siendo
de aplicación supletoria al mismo, el Reglamento aprobado por el
Decreto antedicho.
Que conforme lo establecido en el artículo 82 del Reglamento aprobado
por dicha Resolución, la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
aprobará el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales de Gestión de
Bienes Inmuebles del Estado Nacional.
Que hasta tanto se apruebe el mencionado Pliego Único, será de
aplicación el aprobado mediante la Disposición ONC Nº 63-E/16,
modificada por la Disposición ONC Nº 62/24, ambas de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES.
Que conforme lo establecido por el Decreto Nº 29 de fecha 10 de enero
del 2018 y el artículo 81 del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles
del Estado Nacional, se implementó en forma obligatoria el Sistema de
Gestión Electrónica “SUBAST.AR”, como medio para efectuar en forma
electrónica todos los procedimientos de Subasta Pública que realicen
las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional.
Que la ESCRIBANÍA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACIÓN, mediante Nota
NO-2024-33467259-APN-EGN de fecha 3 de abril de 2024, informó que el
citado inmueble se encuentra en condiciones de ser enajenado, una vez
efectuada la desafectación del inmueble.
Que mediante Resolución Nº 65 de fecha 13 de noviembre de 2024
(RESOL-2024-65-APN-AABE#JGM), se desafecto el inmueble en los términos
del artículo 29 del Anexo al Decreto Nº 2.670/15 (texto conf. Decreto
Nº 636/24, con las modificaciones introducidas por el Decreto Nº
769/24).
Que el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN mediante
IF-2024-120191186-APN-TTN#MEC de fecha 1 de noviembre de 2024,
determinó en la reunión todos los valores al 29 de octubre de 2024, su
valor Venal, al contado y desocupado, con edificabilidad estimada según
IF-2024-113019678-APN-DDUT#AABE, en la suma total de PESOS SEIS MIL
CUATROCIENTOS TREINTA MILLONES ($6.430.000.000-) o su equivalente en
DOLARES ESTADOUNIDENSES SEIS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL
NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO (USD 6.378.968-), a un tipo de cambio BNA de
$/US$ 1.008, todos los valores al 29 de octubre de 2024.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES
HISTÓRICOS, a través de la Nota NO-2024-111229048-APN-CNMLYBH#MCH de
fecha 10 de octubre de 2024, tomo intervención y concluyo que el bien
carece de valor patrimonial.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS COMUNITARIOS dependiente de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS, mediante
Informe IF-2024-124930971-APN-DAC#AABE de fecha 13 de noviembre de
2024, solicitó a la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS la
venta del inmueble en cuestión, con un valor base de subasta de DOLARES
ESTADOUNIDENSES SEIS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL
NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO (USD 6.378.968 -).
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS elaboró el
Pliego de Bases y Condiciones Particulares y consideró que el
procedimiento apropiado para la venta del inmueble es el de Subasta
Pública.
Que el presente trámite encuadra en el procedimiento de Subasta Pública
contemplado en el artículo 24 del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023/01, sus
modificatorios y complementarios y en los Artículos 78, 91 y
subsiguientes del Capítulo VI, Título II de la PARTE ESPECIAL del
Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, aprobado
por la Resolución Nº 177 (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) y su
modificatoria, la Resolución N° 60 de fecha 6 de noviembre de 2024
(RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM).
Que a tal efecto corresponde aprobar el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares que regirá la Subasta Pública, de acuerdo a lo establecido
en el Artículo 11, inciso b) del Decreto Nº 1.023/01, sus
modificatorios y complementarios.
Que la presente medida se enmarca en la decisión política del PODER
EJECUTIVO NACIONAL de hacer prevalecer el mejor aprovechamiento y
utilización del patrimonio estatal, destinando la afectación de los
bienes inmuebles estatales a la planificación, desarrollo y ejecución
de políticas públicas.
Que siguiendo lo dispuesto por el artículo 50 del Decreto N° 1.030/16,
resulta oportuno delegar en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la emisión de circulares modificatorias
para este procedimiento de contratación, con los alcances y excepciones
allí previstas.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta Agencia ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el Artículo 11 incisos a) y b) del Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado mediante el
Decreto N° 1023/01, el artículo 9° incisos a) y b) y su Anexo del
Reglamento aprobado mediante el Decreto N° 1.030/16, y los Decretos
Nros 1.382/12, con sus respectivas normas modificatorias y
complementarias, 1.416/13, 2.670/15 (texto conf. Decreto Nº 636/24 con
las modificaciones introducidas por el Decreto Nº 769/24), 29/18,
950/24 y el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado
Nacional aprobado por la Resolución N° 177 (Texto Ordenado)
(RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de fecha 16 de julio de 2022, y su
modificatoria, la Resolución N° 60 de fecha 6 de noviembre de 2024
(RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase la convocatoria mediante el procedimiento de
Subasta Pública N° 392-0206-SPU24 para la venta del inmueble sito en la
calle Ortiz de Ocampo esquina Cerviño Nº 3101/3129/3167, de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con una superficie de terreno según catastro
de NOVECIENTOS DIECINUEVE METROS CUADRADOS CON DIEZ DECÍMETROS
CUADRADOS (919,10 m2) y una superficie cubierta total de TRES MIL
CIENTO CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y TRES DECÍMETROS
CUADRADOS (3.143,53 m2), identificado catastralmente como
Circunscripción 18 - Sección 21 - Manzana 67 - Parcela 4,
correspondiente al CIE Nº 0200002288/1, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 24 del Régimen de Contrataciones de la Administración
Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023/01, sus modificatorios y
complementarios y los Artículos 78, 91 y subsiguientes del Capítulo VI
del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional,
aprobado por Resolución Nº 177 (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de fecha
16 de julio de 2022, según requerimiento formulado la DIRECCIÓN DE
ASUNTOS COMUNITARIOS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS
INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
identificado como PLIEG-2024-126831167-APN-DCCYS#AABE, que como ANEXO
forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Los recursos que ingresen con motivo del cumplimiento de
la presente resolución, deducidos los gastos, se afectarán de
conformidad con lo dispuesto en el Artículo 15 del Decreto Nº 1.382/12,
modificado por el Artículo 57 de la Ley Nº 27.341.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 5º.- Delégase en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la facultad para emitir circulares
modificatorias en el marco del presente procedimiento de contratación,
de conformidad con lo establecido por el artículo 50 del Decreto N°
1.030/16.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Nicolás Alberto Pakgojz
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 22/11/2024 N° 83480/24 v. 22/11/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)