CONTRATOS
Decreto 1043/2024
DECTO-2024-1043-APN-PTE - Aprobación.
Ciudad de Buenos Aires, 22/11/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-113795381-APN-DGDA#MEC y el Modelo de
Contrato de Préstamo BIRF N° 9740-AR propuesto para ser suscripto entre
la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y
FOMENTO (BIRF), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF N° 9740-AR el BANCO
INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) se compromete a
asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar
en la ejecución del “Proyecto de Apoyo a la Sostenibilidad y Equidad
del Transporte Público”, por un monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES
QUINIENTOS MILLONES (USD 500.000.000).
Que los objetivos del Proyecto son mejorar la asequibilidad del
transporte público automotor para poblaciones vulnerables en la
REPÚBLICA ARGENTINA y la sostenibilidad del sistema de transporte
público automotor en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).
Que el referido Proyecto prevé la ejecución de TRES (3) partes: (1)
Programa de Tarifa Social y Sistema Integrado de Tarifas, (2)
Fortalecimiento Institucional y (3) Gestión del Proyecto.
Que la ejecución del Proyecto y la utilización de los recursos del
Préstamo otorgado por el Banco serán llevadas a cabo por el MINISTERIO
DE ECONOMÍA, a través de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE, que actuará como
área sustantiva con responsabilidad primaria en la materia, y de la
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA, que actuará como responsable del
área de coordinación administrativa.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, suscriba ad-referendum de que el mentado
proyecto resulte aprobado por el Directorio Ejecutivo del BIRF, el
Contrato de Préstamo BIRF N° 9740-AR, así como toda otra documentación
relacionada con la operatoria de dicho Préstamo.
Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de
Economía para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA
ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BIRF N° 9740-AR y acuerde
las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del
“Proyecto de Apoyo a la Sostenibilidad y Equidad del Transporte
Público”, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al
objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto
o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Préstamo BIRF N° 9740-AR propuesto para ser suscripto son los usuales
que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los
propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado
Préstamo.
Que han tomado intervención los servicios jurídicos competentes.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
por el artículo 53 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de
Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF N°
9740-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO
INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), por un monto de
DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS MILLONES (USD 500.000.000),
destinado a financiar el “Proyecto de Apoyo a la Sostenibilidad y
Equidad del Transporte Público”, que obra como ANEXO I en idioma inglés
y su traducción al idioma español (IF-2024-121864947-APN-SSRFI#MEC), ad
referendum de que el mentado proyecto resulte aprobado por el
Directorio Ejecutivo del BIRF. Asimismo, forman parte integrante de la
presente medida las “Condiciones Generales para el Financiamiento del
BIRF: Financiamiento de Proyectos de Inversión” en idioma inglés y su
traducción al idioma español y las “Regulaciones de Adquisiciones para
Prestatarios en Proyectos de Inversión”, que obran como ANEXO II
(IF-2024-121865095-APN-SSRFI#MEC) y ANEXO III
(IF-2024-121865314-APN-SSRFI#MEC), respectivamente.
ARTÍCULO 2°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario
o los funcionarios que este designe, a suscribir, en nombre y
representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BIRF
N° 9740-AR, así como toda otra documentación relacionada con la
operatoria de dicho Préstamo, conforme al Modelo que se aprueba por el
artículo 1° del presente decreto, ad referendum de que el “Proyecto de
Apoyo a la Sostenibilidad y Equidad del Transporte Público” resulte
aprobado por el Directorio Ejecutivo del BIRF.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario
o los funcionarios que este designe, a convenir y suscribir, en nombre
y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato
de Préstamo BIRF N° 9740-AR, cuyo Modelo se aprueba por el artículo 1°
de la presente medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales
en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su
monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.
ARTÍCULO 4°.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Proyecto de
Apoyo a la Sostenibilidad y Equidad del Transporte Público” al
MINISTERIO DE ECONOMÍA, a través de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE, que
actuará como área sustantiva con responsabilidad primaria en la
materia, y de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA, que actuará como
responsable del área de coordinación administrativa, quedando las
mencionadas dependencias facultadas para realizar todas las operaciones
y contrataciones necesarias, conforme las normas y procedimientos
contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF N° 9740-AR que se
aprueba por el artículo 1° de la presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Guillermo Francos - Luis Andres Caputo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/11/2024 N° 84235/24 v. 25/11/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)