MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 1262/2024
RESOL-2024-1262-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 22/11/2024
VISTO el EX-2024-127707102- -APN-DNNYRPJYMP#MSG, del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J.
y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus
modificatorias, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27
de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante el JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Y PENAL JUVENIL Nº 1 PICO TRUNCADO,
Provincia de SANTA CRUZ a cargo del Doctor Leonardo Pablo CIMINI,
SECRETARÍA DE INSTRUCCIÓN Nº 2, a cargo de la Doctora Valeria
ALMONACID, tramita el Expediente Nº 60704 caratulado: “SERVINI ARCENIA
S/ DENUNCIA DESAPARICIÓN DE PERSONA”.
Que el mencionado JUZGADO, solicitó a este Ministerio, mediante oficio
del 13 de noviembre de 2024, se ofrezca recompensa para aquellas
personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden
datos útiles que permitan dar con el paradero de Nayelly Lujan GARCIA
SERVIN, titular del DNI N° 96.417.294, de nacionalidad paraguaya,
nacida el 22 de julio de 2009, con último domicilio registrado en Lago
Buenos Aires Nº 215, Pico Truncado, provincia de Santa Cruz.
Que GARCIA SERVIN, quien sería víctima de un delito contra la
integridad sexual, posee las siguientes características físicas:
estatura de 1,64 metros de altura aproximadamente, 62 kilos de peso
aproximadamente, contextura promedio, pelo negro ondulado a la altura
de los hombros, tez morena, ojos marrones oscuros, sin tatuajes,
cicatriz casi imperceptible de extracción de lunar en zona abdominal,
lunar pequeño en el costado inferior de la nariz.
Que asimismo, conforme la información aportada por dicho Juzgado, recae
sobre GARCIA SERVIN notificación amarilla de la INTERPOL.
Que asimismo, el mencionado JUZGADO, solicitó se ofrezca recompensa
para aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos
delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la captura de
Juan Ignacio Esteban APAZA, titular de DNI Nº 36.280.855, de
nacionalidad Argentina, nacido el 23 de enero de 1992, quien se
encuentra imputado por la presunta comisión de un delito contra la
integridad sexual y posee las siguientes características físicas:
estatura de 1,68 metros de altura aproximadamente, contextura robusta,
pelo negro corto, tez trigueña, ojos marrones y sin tatuaje, sobre
quien pesa pedido de captura desde el 28 de octubre de 2024.
Que asimismo, conforme la información aportada por dicho Juzgado, recae sobre APAZA, notificación roja de la INTERPOL.
Que el hecho que se investiga es la desaparición de Nayelly Lujan
GARCIA SERVIN, quien fue vista por última vez el 23 de octubre de 2024,
en calle Orkeke N° 800, ciudad de Pico Truncado, Provincia de Santa
Cruz, abordando un rodado marca Ford modelo Eco Sport, dominio AA 601
EE, utilizado por su padrastro, Juan Ignacio Esteban APAZA, quien a su
vez fue denunciado por la progenitora de la joven por la posible
comisión del delito de corrupción y sustracción o retención de una
persona con la intención de menoscabar su integridad sexual (art. 125 y
130 C.P).
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece
los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de
recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán
modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido,
según lo estime la titular de esta Cartera.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N°
26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta
M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y la
RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000),
destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos
delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr dar con el
paradero de Nayelly Lujan GARCIA SERVIN, titular del DNI N° 96.417.294,
de nacionalidad paraguaya, nacida el 22 de julio de 2009, con último
domicilio registrado en calle Lago Buenos Aires Nº 215, Pico Truncado,
provincia de Santa Cruz, quien fue vista por última vez el 23 de
octubre de 2024.
ARTÍCULO 2º.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000),
destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos
delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la captura de
Juan Ignacio Esteban APAZA, titular de DNI Nº 36.280.855, de
nacionalidad argentina, nacido el 23 de enero de 1992, sobre quien pesa
pedido de captura desde el 28 de octubre de 2024.
ARTÍCULO 3°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse
telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y COOPERACION JUDICIAL CON LOS
PODERES JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio,
llamando a la línea gratuita 134.
ARTÍCULO 4°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando
la identidad del aportante.
ARTÍCULO 5º.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y los afiches de
la presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos
de circulación nacional.
ARTÍCULO 6°.- Instrúyese a las Fuerzas Federales de Seguridad para que
procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, de los
afiches que obran como (IF-2024-127819687-APN-DNNYRPJYMP#MSG y
IF-2024-127819884-APN-DNNYRPJYMP#MSG), correspondientes a las
recompensas ofrecidas, formando parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 7º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 8º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/11/2024 N° 84212/24 v. 25/11/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)