MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición 2058/2024
DI-2024-2058-APN-DNRYRT#MT
Ciudad de Buenos Aires, 06/09/2024
VISTO el Expediente Nº EX-2024-92175189- -APN-DGDYD#JGM las Leyes Nros.
14.250 (t.o. 2004), 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias y 23.546
(t.o.2004), y el Decreto N° 200 de fecha 16 de febrero de 1988 y sus
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que en el Documento N° RE-2024-92174836-APN-DGDYD#JGM del Expediente Nº
EX-2024-92175189- -APN-DGDYD#JGM obran el Acuerdo y Escalas Salariales
celebrados entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS
DE RENTA Y HORIZONTAL (F.A.T.E.R.Y H.), por la parte sindical, y la
ASOCIACIÓN INMOBILIARIA DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, la CÁMARA
ARGENTINA DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL Y ACTIVIDADES INMOBILIARIAS y la
UNIÓN ADMINISTRADORES DE INMUEBLES (U.A.D.I.), por la parte empleadora,
conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que asimismo, en el Documento Nº RE-2024-92174859-APN-DGDYD#JGM del
Expediente Nº EX-2024-92175189- -APN-DGDYD#JGM obra el Acuerdo y
Escalas Salariales celebrados entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE
TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL (F.A.T.E.R.Y H.), por
la parte sindical, y la ASOCIACIÓN INMOBILIARIA DE EDIFICIOS DE RENTA Y
HORIZONTAL, por la parte empleadora, conforme a lo establecido en la
Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que, a través de los referidos instrumentos, las partes pactan nuevas
condiciones salariales, en el marco de los Convenios Colectivos de
Trabajo N° 589/10 y 590/10, respectivamente, conforme surge de los
términos y contenido de los textos.
Que el ámbito de aplicación de los mentados instrumentos se
circunscribe a la estricta correspondencia entre el alcance de
representación del sector empleador firmante, y los ámbitos personal y
territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de su
personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando su personería y facultades para negociar
colectivamente, conforme las constancias obrantes en autos.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones
y Regulaciones del Trabajo de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, tomó la intervención
que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO,
tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que, es menester dejar expresamente aclarado que no corresponde fijar
el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope
indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o.
1976) y sus modificatorias, respecto a los Convenios Colectivos de
Trabajo y acuerdos salariales aplicables a los trabajadores que se
desempeñen en la actividad regulada por la Ley N° 12.981, en virtud de
lo dispuesto por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 266, de
fecha 21 de marzo de 2007.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por la Ley N°14.250 (t.o. 2004), el artículo 10° del Decreto N°200/88 y
sus modificatorias y Decisión Administrativa N° DECAD-2020-1662-APN-JGM
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1º.- Declárense homologados el Acuerdo y Escalas Salariales
celebrados entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS
DE RENTA Y HORIZONTAL (F.A.T.E.R.Y H.), por la parte sindical, y la
ASOCIACIÓN INMOBILIARIA DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, la CÁMARA
ARGENTINA DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL Y ACTIVIDADES INMOBILIARIAS y la
UNIÓN ADMINISTRADORES DE INMUEBLES (U.A.D.I.), por la parte empleadora,
que lucen en el Documento N° RE-2024-92174836-APN-DGDYD#JGM del
EX-2024-92175189- -APN-DGDYD#JGM, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).
ARTICULO 2º.- Declárense homologados el Acuerdo y Escalas Salariales
celebrados entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS
DE RENTA Y HORIZONTAL (F.A.T.E.R.Y H.), por la parte sindical, y la
ASOCIACIÓN INMOBILIARIA DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, por la
parte empleadora, que lucen en el Documento N°
RE-2024-92174859-APN-DGDYD#JGM del Expediente Nº EX-2024-92175189-
-APN-DGDYD#JGM, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).
ARTICULO 3°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL para su registro. Cumplido, pase a esta DIRECCIÓN
NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO a fin de proceder al
registro de los instrumentos identificados en los Artículos 1° y 2° de
la presente Disposición.
ARTICULO 4°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con los
Convenios Colectivos de Trabajo N° 589/10 y 590/10.
ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que en el supuesto que la SECRETARÍA DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO no
efectúe la publicación de carácter gratuita de los instrumentos
homologados y de esta Disposición, resultará aplicable lo establecido
en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mara Agata Mentoro
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/11/2024 N° 83805/24 v. 26/11/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)