ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 525/2024
RESOL-2024-525-APN-ANAC#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2024
VISTO el expediente EX-2024-127511710- -APN-ANAC#MEC, los decretos
2.836 del 3 de agosto de 1971239 del 15 de marzo de 2007, 1770 del 29
de noviembre de 2007, 606 del 11 de julio de 2024, las resoluciones 225
del de 2009, 447 del 2 de julio de 2019 (RESOL-2019-447-APN-ANAC#MTR)
ambas de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el decreto 239 del 15 de marzo de 2007 se creó la
Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), en el ámbito de la ex
Secretaría de Transporte dependiente de le ex Secretaria de Transporte
Aerocomercial del entonces Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Pública y Servicios (MPFIPYS), quien ejerce como organismo
descentralizado, las funciones y competencias establecidas en la ley
17.285 (Código Aeronáutico), en los Tratados y Acuerdos
Internacionales, leyes, decretos y disposiciones regulando la
Aeronáutica Civil en la República Argentina.
Que por el decreto 1770 del 29 de noviembre de 2007 se aprobó la
estructura organizativa de la Administración Nacional de Aviación Civil
(ANAC), de conformidad con el organigrama y responsabilidades primarias
y acciones que se detallan en sus Anexos.
Que mediante la Resolución ANAC 225 del 4 de diciembre de 2009 se
aprobaron las unidades de segundo y tercer nivel operativo
correspondientes a la Dirección Nacional de Seguridad Operacional
(DNSO) dependiente de la Administración Nacional de Aviación Civil
(ANAC).
Que por conducto de la resolución ANAC 447 del 2 de julio de 2019
(RESOL-2019-447-APN-ANAC#MTR), en su artículo 1° se delegó en el
Director Nacional de la Dirección Nacional de Seguridad Operacional
(DNSO) la competencia para emitir las habilitaciones y renovaciones de
los Certificados de Explotadores de Trabajo Aéreo (CETA) conforme lo
dispuesto por el decreto 2.836 del 3 de agosto de 1971.
Que mediante el decreto 606 de 11 de julio de 2024, se dispuso la
intervención del organismo por el plazo de ciento ochenta (180) días
corridos.
Que resulta necesaria la abrogación de la mencionada resolución ANAC
447/2019 (RESOL-2019-447-APN-ANAC#MTR) encontrado sustento en el
decreto citado en el considerando anterior precisamente en su artículo
4° en el punto b el cual indica : “(…)b. Evaluar la actual estructura
de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL y determinar una
reorganización funcional y operativa(…)”
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ), dependiente de la
Dirección General Legal, Técnica y Administrativa (DGLTYA) de la
Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en
los decretos 1770 del 29 de noviembre de 2007 y 606 del 11 de julio de
2024.
Por ello,
LA INTERVENTORA DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Abrogar la Resolución 447 del 2 de julio de 2019 de la
Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC)
(RESOL-2019-447-APN-ANAC#MTR).
ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publiquese dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido archívese.
María Julia Cordero
e. 28/11/2024 N° 85364/24 v. 28/11/2024