ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 10446/2024
DI-2024-10446-APN-ANMAT#MS
Ciudad de Buenos Aires, 22/11/2024
VISTO el Expediente electrónico N° EX-2024-111803371-APN-DVPS#ANMAT del
Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y
Tecnología Médica y;
CONSIDERANDO:
Que las actuaciones citadas en el visto se iniciaron a raíz de que el 1
de octubre de 2024, personal del Departamento de Control de Mercado se
constituyó en el domicilio de la calle Intendente Casares N° 1935, San
Andrés, partido de San Martin, provincia de Buenos Aires, lugar de
funcionamiento del centro de logística “Gestionar” de Encargos
Servicios SRL, dentro del cual funciona “Beauty Now Argentina” de
Global Business Suppliers SRL.
Que, en tal oportunidad, en el recorrido por el sector de depósito que
corresponde a la firma se observaron productos cosméticos, accesorios,
artículos de regalería y equipos estéticos para uso personal.
Que, durante la recorrida, se observaron sobre una estantería
veinticuatro (24) unidades de tiras reactivas para medir de 10
parámetros en orina identificadas como “URS-10T Reagent Strip for
Urinalysis – 100 Strips – leukocytes – Nitrile – Urobilinogen – protein
– ph – blood – Specific Gravity – Ketone – Bilirubin – Glucose – lote
2024050603 – mfg 05-06-2024 – exp 05-05-2026”.
Que cada unidad contaba con instrucciones de uso en un prospecto
interior, sin datos del fabricante, ni datos de origen, ni datos del
importador responsable en la Argentina.
Que consultado el responsable respecto del proveedor de las unidades,
informó que habían sido adquiridas en el barrio de Once y se
comprometió a realizar la búsqueda de dicho comprobante, aunque
posteriormente remitió un correo a pesquisa@anmat.gob.ar en el que
informó no contar con documentación comercial que justifique la compra.
Que, realizada la consulta a la Dirección de Gestión de la Información
Técnica, informó mediante nota NO-2024-107755028-APN-DGIT#ANMA que no
consta registro de inscripción en el Registro Nacional de Productores y
Productos de Tecnología Médica de esta Administración Nacional del
producto en cuestión.
Que, en consecuencia, las tiras reactivas para medir de 10 parámetros
en orina identificadas como “URS-10T Reagent Strip for Urinalysis – 100
Strips – leukocytes – Nitrile – Urobilinogen – protein – ph – blood –
Specific Gravity – Ketone – Bilirubin – Glucose – lote 2024050603 – mfg
05-06-2024 – exp 05-05-2026” no poseen autorización para ser
comercializadas en el país.
Que, por lo expuesto, la situación descripta deviene en peligro para la
salud de los potenciales pacientes toda vez que se trata de productos
médicos sin autorización, por lo que se desconoce la verdadera
composición, las condiciones de fabricación, manipulación y
conservación.
Que existen registrados ante la ANMAT productos médicos similares al
mencionado, como ser el PM 908-224: tiras reactivas para análisis de
orina para diferentes parámetros, categoría: Venta exclusiva a
laboratorios de análisis clínicos, uso profesional exclusivo.
Que, en este sentido, las circunstancias detalladas representan un
incumplimiento a la Ley 16.463 que en su Artículo 19 establece: “Queda
prohibido: a) La elaboración, la tenencia, fraccionamiento,
circulación, distribución y entrega al público de productos impuros o
ilegítimos” y al artículo 1° de la Disposición ANMAT N° 3802/2004, que
regulan la fabricación, importación y autorización de los productos
médicos.
Que en consecuencia, a fin de proteger a eventuales adquirentes y
usuarios del producto involucrado, toda vez que se trata de un producto
médico sin registro sanitario y del cual que se desconocen sus
condiciones de elaboración/fabricación, la Dirección de Evaluación y
Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud recomendó: a.- prohibir
el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional
de todos los lotes de tiras reactivas para medir de 10 parámetros en
orina identificadas como: “URS-10T Reagent Strip for Urinalysis – 100
Strips – leukocytes – Nitrile – Urobilinogen – protein – ph – blood –
Specific Gravity – Ketone – Bilirubin – Glucose”, hasta tanto obtenga
la autorización correspondiente.
Que desde el punto de vista procedimental esta Administración Nacional
resulta competente en las cuestiones que se ventilan en estos obrados
en virtud de lo dispuesto por el artículo 8º inciso ñ) del Decreto
1490/92.
Que la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para
la Salud y la Coordinación de Sumarios ha tomado la intervención de su
competencia.
Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y sus modificatorios.
Por ello:
LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MÉDICA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°- Prohíbese el uso, comercialización y distribución en todo
el territorio nacional de todos los lotes de tiras reactivas para medir
de 10 parámetros en orina identificadas como: “URS-10T Reagent Strip
for Urinalysis – 100 Strips – leukocytes – Nitrile – Urobilinogen –
protein – ph – blood – Specific Gravity – Ketone – Bilirubin –
Glucose”, hasta tanto obtenga la autorización correspondiente.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Comuníquese a las
autoridades sanitarias provinciales, al Gobierno Autónomo de la Ciudad
de Buenos Aires, y a quienes corresponda. Comuníquese a la Dirección de
Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud.
Comuníquese la prohibición dispuesta a la Dirección de Gestión de
Información Técnica a sus efectos. Cumplido, dese a la Coordinación de
sumarios a sus efectos
Nelida Agustina Bisio
e. 28/11/2024 N° 85188/24 v. 28/11/2024