MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 373/2024
RESOL-2024-373-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 28/11/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-124322639-APN-DGDA#MEC, las Leyes Nros.
24.065 y 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el
Marco de la Emergencia Pública, sus modificatorias y complementarias,
los Decretos Nros. 277 de fecha 16 de marzo de 2020, 55 de fecha 16 de
diciembre de 2023 y 1.023 de fecha 19 de noviembre de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 54 de la Ley N° 24.065 se creó el ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado en el
ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, con el objeto de regular, controlar y
fiscalizar la prestación del servicio público de distribución y
transporte de energía eléctrica, como así también determinados aspectos
vinculados con la actividad de generación de electricidad, velando por
el cumplimiento de las obligaciones fijadas en los contratos de
concesión, entre otras.
Que mediante el Artículo 1° de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y
Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, sus
modificatorias y complementarias, se declaró la emergencia pública en
materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional,
tarifaria, energética, sanitaria y social, y se delegaron en el PODER
EJECUTIVO NACIONAL las facultades necesarias para implementar las
políticas indispensables para instrumentar los objetivos de la citada
ley hasta el 31 de diciembre de 2020, en los términos del Artículo 76
de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que mediante el Artículo 6° de la Ley N° 27.541 se facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a intervenir administrativamente al ENRE.
Que el Decreto N° 277 de fecha 16 de marzo de 2020 dispuso la
intervención del ENRE, la que fue prorrogada hasta el 31 de diciembre
de 2023, por los Decretos Nros. 1.020 de fecha 16 de diciembre de 2020,
871 de fecha 23 de diciembre 2021 y 815 de fecha 6 de diciembre de 2022.
Que mediante el Decreto N° 55 de fecha 16 de diciembre de 2023, se
declaró la emergencia del sector energético nacional en lo que respecta
a los segmentos de generación, transporte y distribución de energía
eléctrica bajo jurisdicción federal, hasta el 31 de diciembre de 2024.
Que mediante el Decreto N° 1.023 de fecha 19 de noviembre de 2024 se
prorrogó la emergencia del sector energético nacional declarada por el
Decreto N° 55/23, hasta el 9 de julio de 2025.
Que el Artículo 2° del mencionado Decreto N° 1.023/24 establece que
esta Secretaría debe continuar con la implementación de las acciones
necesarias e indispensables, con relación a los segmentos comprendidos
en la emergencia declarada por el Artículo 1° del Decreto N° 55/23,
prorrogada por aquél, con el fin de establecer los mecanismos para la
sanción de precios en condiciones de competencia y libre acceso,
mantener en términos reales los niveles de ingresos y cubrir las
necesidades de inversión, para seguir garantizando la prestación
continua de los servicios públicos de transporte y distribución de
energía eléctrica y gas natural en condiciones técnicas y económicas
adecuadas para los prestadores y los usuarios de todas las categorías.
Que el Artículo 3° del Decreto N° 1.023/24 dispone que la entrada en
vigencia de los cuadros tarifarios resultantes de la revisión tarifaria
iniciada en función de lo ordenado por el Artículo 3° del Decreto N°
55/23, conforme al Artículo 43 de la Ley N° 24.065 correspondiente a
las prestadoras de los servicios públicos de transporte y distribución
de energía eléctrica bajo jurisdicción federal en lo que aquí interesa,
no podrá exceder del 9 de julio de 2025.
Que el Artículo 4° del citado Decreto N° 55/23 dispuso la intervención
del ENRE a partir del 1° de enero de 2024 y el Artículo 5° de la misma
norma facultó a esta Secretaría a designar al Interventor.
Que mediante el Artículo 5° del Decreto N° 1.023/24 se prorrogó la
referida intervención, hasta la constitución, puesta en funcionamiento
y designación de los miembros del directorio del ENTE NACIONAL
REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD creado por el Artículo 161 de la
Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N°
27.742.
Que, conforme surge del Artículo 6° del decreto referido en el
considerando precedente, el Interventor designado, en el ejercicio de
su cargo, debe ajustar sus facultades de gobierno y administración a lo
establecido en la Ley N° 24.065, el Artículo 6° del Decreto N° 55/23 y
el Decreto N° 1.023/24.
Que el Licenciado Darío Oscar ARRUÉ (M.I. N° 4.698.575) presentó su
renuncia al cargo de Interventor del ENRE, en el que fue designado
mediante la Resolución N° 1 de fecha 20 de diciembre de 2023 de la
SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA
Que por lo expuesto procede la designación de un nuevo Interventor,
quien deberá cumplir con los objetivos de las leyes y normas
reglamentarias y complementarias que regulan la actividad referidas
precedentemente.
Que el Ingeniero Electricista Osvaldo Ernesto ROLANDO (M.I. N°
10.083.790) reúne los antecedentes que justifican su postulación, no
encontrándose alcanzado por las incompatibilidades establecidas en los
Artículos 59 y 60 de la Ley N° 24.065.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en el Artículo 5° del Decreto N° 55/23.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Acéptase la renuncia presentada por el Licenciado Darío
Oscar ARRUÉ (M.I. N° 4.698.575) al cargo de Interventor del ENTE
NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado
actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA.
ARTÍCULO 2°.- Desígnase con carácter ad honorem al Ingeniero
Electricista Osvaldo Ernesto ROLANDO (M.I. N° 10.083.790) en el cargo
de Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE),
organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE
ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
(Artículo rectificado por art. 1° de la Resolución N° 382/2024 de la Secretaría de Energía B.O. 02/12/2024)
ARTÍCULO 3°.- La designación dispuesta tendrá validez en las
condiciones y en el plazo previsto en el Artículo 5° del Decreto N°
1.023 de fecha 19 de noviembre de 2024.
ARTÍCULO 4°.- El Interventor tendrá las funciones y facultades que la
Ley N° 24.065 reconoce al ENRE, aquellas asignadas en el Artículo 6°
del Decreto N° 55 de fecha 16 de diciembre de 2023 y las previstas en
el Decreto N° 1.023/24.
ARTÍCULO 5°.- Notifíquese al Ingeniero Electricista Osvaldo Ernesto ROLANDO.
ARTÍCULO 6°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
María Carmen Tettamanti
e. 02/12/2024 N° 85782/24 v. 02/12/2024