JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES
Disposición 86/2024
DI-2024-86-APN-ONC#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 13/12/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-135892969- -APN-ONC#JGM, la Ley N°
17.520 y sus modificatorias, los Decretos N° 1336 de fecha 29 de
diciembre de 2016, N° 1169 de fecha 21 de diciembre de 2018, el
“Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto 1759/72 - T.O.
2017” y su modificatorio, la Resolución N° 197 de fecha 18 de abril de
2017 del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y su modificatoria, la
Disposición N° 84 de fecha 14 de noviembre de 2024 de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la SECRETARÍA EJECUTIVA de la
VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1336 de fecha 29 de diciembre de 2016 se aprobó
oportunamente la implementación del Sistema de Gestión Electrónica para
las contrataciones de Obra Pública, concesiones de Obra Pública y
Servicios Públicos y licencias “CONTRAT.AR” como medio para efectuar en
forma electrónica todos los procedimientos de contratación y
seguimiento de la ejecución de los mencionados contratos del Sector
Público Nacional, de conformidad con la normativa legal vigente en la
materia.
Que mediante la Resolución N° 197 de fecha 18 de abril de 2017 del ex
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y su modificatoria se aprobó, entre otros
extremos, el procedimiento de registro y autenticación de los usuarios
de los constructores de obra pública en los términos de la Ley N°
13.064, no habiéndose previsto originariamente a los concesionarios del
régimen atinente a la Ley N° 17.520, aplicable a las concesiones de
obras e infraestructuras públicas y servicios públicos.
Que por intermedio de la Resolución N° 35 de fecha 14 de noviembre de
2024 de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA dependiente de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se introdujeron modificaciones a la
Resolución N° 197/17, con el objeto de contemplar a todos los posibles
usuarios del Sistema CONTRAT.AR.
Que posteriormente, se emitió la Disposición N° 84 de fecha 14 de
noviembre de 2024 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente
de la SECRETARÍA EJECUTIVA de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a través de la cual se aprobó el
trámite que deben realizar los interesados en participar en los
procedimientos de contrataciones regidos por la Ley Nº 17.520 que
lleven a cabo las Jurisdicciones y Entidades de la Administración
Nacional comprendidas en el inciso a) del artículo 8° de la Ley N°
24.156, para la inscripción y validación de usuarios externos del
Sistema CONTRAT.AR.
Que, desde la entrada en vigencia de las modificaciones introducidas
por la citada Resolución N° 35/24, los usuarios externos del Sistema
“CONTRAT.AR” conforman la categoría “Co-contratantes del Estado”, la
que está subdividida en DOS (2) subcategorías distintas: 1)
Contratistas Ley Nº 13.064: esta subcategoría de usuarios externos de
CONTRAT.AR mantiene el sistema de inscripción y validación de usuarios
a través del Registro Nacional de Constructores (RNC) y 2)
Concesionarios Ley Nº 17.520: la inscripción y validación de usuarios
de esta subcategoría no requiere la previa inscripción en el RNC y está
regulada en forma autónoma e independiente del RNC.
Que, para poder participar en procedimientos de contratación regidos
por la Ley Nº 17.520, los interesados deberán tramitar su inscripción y
validar su carácter de usuario conforme lo previsto en la Disposición
Nº 84/24 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
Que la citada diferencia adquiere relevancia en la medida en que se
repare en que los usuarios inscriptos en CONTRAT.AR sólo como
“Co-contratantes del Estado-Contratistas Ley Nº 13.064” únicamente
podrán participar de los procedimientos de contratación regidos por la
Ley Nº 13.064; mientras que los usuarios inscriptos en CONTRAT.AR sólo
como “Co-contratantes del Estado-Concesionarios Ley Nº 17.520”
únicamente podrán hacerlo en los procedimientos de contratación regidos
por la Ley Nº 17.520.
Que, siendo ello así y tomando en consideración que se trata, este
último, de un procedimiento de reciente implementación, el acotado
número de inscriptos para participar en procedimientos regidos por la
Ley Nº 17.520 no ha logrado aún conformar una masa crítica que obste, o
bien desincentive, prácticas reñidas con la transparencia y la
competencia genuina.
Que esta Oficina Nacional tiene dicho que los mentados principios
presuponen la existencia, por parte del mercado, de conductas francas y
leales para lo cual el ordenamiento jurídico vigente contempla algunos
mecanismos tendientes a prevenir y/o sancionar actos de connivencia
ilegítimos entre los oferentes, a fin de evitar que se burle el
procedimiento licitatorio a través de acuerdos espurios entre falsos
competidores.
Que, desde esa atalaya, la eventual divulgación de datos atinentes a
los inscriptos en la categoría “Concesionario Ley Nº 17.520”
permitiría, en el estado de situación actual, efectuar especulaciones
en torno a potenciales oferentes en procesos de concesiones de obras e
infraestructuras públicas que lleven adelante las Jurisdicciones y
Entidades de la Administración Nacional comprendidas en el inciso a)
del artículo 8° de la Ley N° 24.156, incrementando los riesgos de
conductas anticompetitivas, como ser la práctica colusiva.
Que, en razón de lo expuesto, se estima oportuno y necesario declarar
reservado, por un término prudencial, el proceso de inscripción en la
categoría previamente referenciada, en pos de mitigar riesgos de
posibles pactos colusorios, concertación de posturas o cualquier otra
forma de distorsión de la competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del
artículo 38 del “Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto
1759/72 - T.O. 2017” y su modificatorio.
Por ello,
LA TITULAR DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES DE LA VICEJEFATURA
DE GABINETE EJECUTIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase el carácter reservado del trámite de
inscripción y validación de usuarios externos del Sistema Electrónico
de Contrataciones “CONTRAT.AR”, alcanzados por la Disposición N° 84 de
fecha 14 de noviembre de 2024 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES
dependiente de la SECRETARÍA EJECUTIVA de la VICEJEFATURA DE GABINETE
EJECUTIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 2º. Dispónese que la reserva declarada por el artículo 1° de
la presente medida iniciará su vigencia a partir del día de su
publicación en el Boletín Oficial, hasta el día 1° de julio de 2025,
inclusive, o hasta que se encuentren validados e inscriptos CUARENTA
(40) usuarios, lo que suceda primero.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
María Soledad Vallejos Meana
e. 17/12/2024 N° 90814/24 v. 17/12/2024