ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 1103/2024
DECTO-2024-1103-APN-PTE - Decreto N° 50/2019. Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 17/12/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-120235510-APN-DGDYD#JGM, la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992)
y sus modificatorias, los Decretos Nros. 50 del 19 de diciembre de 2019
y sus modificatorios, 802 del 14 de octubre de 2020 y sus
modificatorios, 45 del 14 de diciembre de 2023, 299 del 7 de mayo de
2021 y su modificatorio, las Decisiones Administrativas Nros. 262 del
28 de febrero de 2020 y sus modificatorias, 1184 del 2 de julio de
2020, 1397 del 4 de agosto de 2020 y su modificatoria, 1461 del 12 de
agosto de 2020 y sus modificatorias y 1865 del 14 de octubre de 2020 y
sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus
modificatorias se establecieron los Ministerios que tendrán a su cargo
el despacho de los negocios de la Nación y las Secretarías de
Presidencia necesarias para posibilitar las actividades del Presidente
de la Nación.
Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobaron el Organigrama de Aplicación y
los Objetivos de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de
Subsecretaría y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los
organismos desconcentrados y descentralizados, entre ellos los
correspondientes a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que, por razones de gestión, resulta menester la modificación de
diversos Objetivos de áreas dependientes de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que por la Decisión Administrativa Nº 262/20 y sus modificatorias se
aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo
del ex MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.
Que por la Decisión Administrativa N° 1184/20 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del ex MINISTERIO DEL
INTERIOR.
Que por la Decisión Administrativa N° 1397/20 y su modificatoria se
aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo
del ex MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.
Que por la Decisión Administrativa N° 1461/20 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del ex MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.
Que por la Decisión Administrativa Nº 1865/20 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Que por el Decreto N° 802/20 se aprobó la estructura organizativa de
primer y segundo nivel operativo de la ex SECRETARÍA DE ASUNTOS
ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por el Decreto Nº 299/21 y su modificatorio se aprobó la estructura
de primer y segundo nivel operativo del CONSEJO NACIONAL DE
COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES organismo desconcentrado del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que por el artículo 24 del Decreto Nº 45/23 se transfirió la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL de
la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA Y ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN
del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES a la
SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, disponiéndose que
la citada transferencia comprende las unidades organizativas, como así
también los créditos presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes a la
fecha y el personal con sus respectivos cargos y niveles
escalafonarios, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha.
Que, en esta instancia, corresponde aprobar la estructura organizativa
de primer y segundo nivel operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y derogar, incorporar, homologar y reasignar diversos cargos
pertenecientes a la citada Jurisdicción en el Nomenclador de Funciones
Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto
Nº 2098/08.
Que la presente medida no implica incremento en la cantidad de unidades
organizativas que conforman la Administración Pública Nacional.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL del MINISTERIO DE
DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, la OFICINA NACIONAL DE
PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE
POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO han tomado la intervención de su
competencia.
Que el servicio jurídico correspondiente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Suprímense del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
los Objetivos 9, 12, 13 y 14 de la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN de la
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
ARTÍCULO 2°.- Incorpóranse al Anexo II -Objetivos- aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado V – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
como Objetivos 24 a 27 de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA los siguientes:
“24. Asistir a la Secretaría en la promoción de acuerdos federales y en
el desarrollo de programas de asistencia técnica a los gobiernos
provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, así
como a otros poderes del ESTADO NACIONAL, en la implementación de los
productos y programas de la Secretaría.
25. Asistir a la Secretaría en la promoción de políticas, programas y
acuerdos de servicios digitales en el territorio nacional, en
particular en las Jurisdicciones provinciales, municipales y en la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
26. Supervisar el funcionamiento del Programa Punto Digital en todo el territorio nacional.
27. Asistir a la Secretaría en la gestión del SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS)”.
ARTÍCULO 3º.- Suprímese del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado V TER, VICEJEFATURA DE GABINETE DEL
INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Objetivo 7 de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES
de la SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES.
ARTÍCULO 4°.- Sustitúyense del Anexo II -Objetivos- aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado V TER, VICEJEFATURA DE GABINETE DEL
INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los Objetivos de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INTERIOR de la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA DE INTERIOR, de conformidad con el
detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2024-136133869-APN-VGI#JGM) al
presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 5º.- Establécese que los procesos de control interno
correspondientes a los servicios administrativos financieros de la
VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS serán ejercidos por un Auditor Sectorial, con dependencia
directa de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de dicha Jurisdicción, que
será designado por el Síndico General de la Nación y tendrá una
remuneración equivalente a la prevista en el artículo 3º del Decreto Nº
971/93 y sus modificatorios para el Auditor Interno.
ARTÍCULO 6º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel
operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con
el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que, como
ANEXOS Ia, Ib, Ic, Id, Ie, If, Ig, Ih, Ii, Ij, Ik
(IF-2024-136103224-APN-SCLYA#JGM) y II
(IF-2024-136644953-APN-SCLYA#JGM), forman parte integrante del presente
decreto.
ARTÍCULO 7º.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel
operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con
el Organigrama y las Acciones que, como Anexos IIIa, IIIb, IIIc, IIId,
IIIe, IIIf, IIIg, IIIh, IIIi, IIIj, IIIk, IIIl, IIIm
(IF-2024-136103463-APN-SCLYA#JGM) y IV
(IF-2024-136645065-APN-SCLYA#JGM) forman parte integrante del presente
decreto.
ARTÍCULO 8º.- Deróganse, incorpóranse, homológanse y reasígnanse en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto Nº 2098/08, los cargos pertenecientes a la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS que se detallan en la PLANILLA ANEXA
(IF-2024-136645171-APN-SCLYA#JGM) al presente artículo, que forma parte
integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 9º.- Deróganse los artículos 1º a 5º del Decreto Nº 802 del 14
de octubre de 2020, los artículos 1º a 5º de la Decisión Administrativa
Nº 1184 del 2 de julio de 2020, los artículos 1º a 5º de la Decisión
Administrativa Nº 1397 del 4 de agosto de 2020, los artículos 1º a 5º
de la Decisión Administrativa N° 262 del 28 de febrero de 2020 y la
Decisión Administrativa Nº 1461 del 12 de agosto de 2020.
ARTÍCULO 10.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las
aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas
por el presente decreto, las que transitoriamente mantendrán las
acciones y las dotaciones vigentes con sus respectivos niveles, grados
de revista y suplementos vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 11.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 25 –
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Guillermo Francos
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 18/12/2024 N° 91669/24 v. 18/12/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV, AnexoVI)
(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")