ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 1226/2024
RESOL-2024-1226-APN-ENACOM#JGM FECHA 18/12/2024
EX-2022-106629588- -APN-DNSA#ENACOM
El Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto:
1.- Aprobar los actos de concurso público simplificado convocado para
la provincia de SALTA, a través de la RESOL-2022-1317-APN-ENACOM#JGM,
conforme el cronograma establecido en el
IF-2022-63484294-APN-DNSA#ENACOM.
2.- Adjudicar a Agustina ACEDO NAVAMUEL una licencia para la
instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación
audiovisual por modulación de frecuencia en el canal 264, frecuencia
100.7 MHz., categoría E, para la localidad de ROSARIO DE LA FRONTERA,
provincia de SALTA.
3.- El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años,
contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización
de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser
prorrogada a solicitud de la licenciataria, por los plazos y en las
condiciones previstas por el Artículo 40 de la Ley Nº 26.522, en la
redacción que acuerda el Decreto Nº 267/15.
4.- Dentro de los 180 días corridos de notificado el acto
administrativo de adjudicación, la adjudicataria deberá cumplimentar
con los requisitos técnicos tendientes a contar con la habilitación
técnica de las instalaciones y autorización para el inicio de las
transmisiones regulares, para lo cual resulta de aplicación el
Instructivo identificado como IF-2022-42391318-APN-DNSA#ENACOM, que
forma parte integrante de la RESOL-2022-1012-APN-ENACOM#JGM. La señal
distintiva será asignada al momento de la habilitación definitiva del
servicio. Los requisitos técnicos tendientes a contar con la
habilitación de las instalaciones del servicio e inicio de las
transmisiones regulares, se cumplimentarán a través de la presentación
de la documentación técnica definitiva y, aprobada la misma. La
inspección técnica de las instalaciones podrá acreditarse a través de
la presentación de un Certificado Simplificado de Inspección Técnica.
5.- Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, la
licenciataria, deberá presentar la DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE
SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
6.- La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC.
7.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por
los artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de
adjudicación, en los términos del Artículo 21 de la Ley Nº 19.549.
8.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en
extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido,
archívese.-
Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.
e. 24/12/2024 N° 93156/24 v. 24/12/2024