ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución 1062/2024
RESOL-2024-1062-APN-ENRE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 27/12/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-15656637-APN-SD#ENRE, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto N° 55 de fecha 16 de diciembre de 2023, se
declaró la emergencia del sector energético nacional en lo que respecta
a los segmentos de generación, transporte y distribución de energía
eléctrica bajo jurisdicción federal, hasta el 31 de diciembre de 2024;
y, mediante el Decreto N° 70 de fecha 20 de diciembre de 2023, se
declaró la emergencia pública.
Que, mediante el Decreto N° 1023 de fecha 19 de noviembre de 2024, se
prorrogó la emergencia del sector energético nacional declarada por el
Decreto N° 55/2023, hasta el 9 de julio de 2025.
Que, a través de la Resolución del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD (ENRE) N° 1009 de fecha 29 de noviembre de 2024 se
dispuso, entre otras cosas, la aprobación de los valores horarios a
aplicar al equipamiento regulado de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA
ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANÓNIMA (DISTROCUYO
S.A.), con vigencia a partir del 1 de diciembre de 2024 y del Promedio
de las Sanciones Mensuales Históricas (SP) aplicado a la transportista.
Que, mediante la Nota N° NO-2024-140775399-APN-MEC de fecha 23 de
diciembre de 2024, el MINISTERIO DE ECONOMÍA indicó que resulta
razonable y prudente continuar para el mes de enero de 2025 con el
sendero de actualización de precios y tarifas del sector energético,
instruyendo, en relación a la tarifa de transporte de energía
eléctrica, que se incremente un CUATRO POR CIENTO (4%) y que se
comunique al ENRE para que proceda a la actualización de las mismas
para los consumos del mes de enero de 2025, “…a fin de mantener los
precios y tarifas del sector en valores reales lo más constantes
posibles, y de evitar así un proceso de deterioro de los mismos que no
permitan el sustento del sector y hasta amenacen su continuidad…”.
Que, mediante la Nota N° NO-2024-141115103-APN-SE#MEC de fecha 26 de
diciembre de 2024, la SECRETARÍA DE ENERGÍA indicó al ENRE que tome la
intervención de su competencia en relación a lo instruido en la nota
del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que, conforme lo indicado en las notas mencionadas en los considerandos
precedentes, se determinaron los cargos de transporte establecidos en
el Contrato de Concesión para cada tipo de equipamiento y tensiones que
regirán a partir de la entrada en vigencia de esta resolución y el
Promedio de las Sanciones Mensuales Históricas aplicado a la
transportista.
Que se ha emitido el dictamen jurídico exigido por el artículo 7 inciso
d) punto (ii) de la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo N°
19.549.
Que el ENRE es competente y el Interventor se encuentra facultado para
el dictado de este acto, en virtud de lo dispuesto en los artículos 2,
40 a 49, 54, 56 incisos a), d) y s) y 63 incisos a) y g) de la Ley Nº
24.065, artículos 4 y 6 del Decreto N° 55 de fecha 16 de diciembre de
2023, artículos 5 y 6 del Decreto N° 1023 de fecha 19 de noviembre de
2024 y artículos 2, 3 y 4 de la Resolución de la SECRETARÍA DE ENERGÍA
(SE) N° 373 de fecha 28 de noviembre de 2024.
Por ello,
EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Aprobar los valores horarios a aplicar al equipamiento
regulado de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR
DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANÓNIMA (DISTROCUYO S.A.) y el
valor Promedio de las Sanciones Mensuales Históricas (SP) aplicado a la
transportista, contenidos en el Anexo
(IF-2024-141267682-APN-ARYEE#ENRE) que forma parte integrante de la
presente resolución, a partir del 1 de enero de 2025.
ARTÍCULO 2.- Notifíquese a DISTROCUYO S.A., a la ASOCIACIÓN DE
GENERADORES DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (AGEERA), a
la ASOCIACIÓN DE TRANSPORTISTAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA (ATEERA), a la ASOCIACIÓN DE DISTRIBUIDORES DE ENERGÍA
ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ADEERA), a la ASOCIACIÓN DE
GRANDES USUARIOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
(AGUEERA) y a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA
ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) junto con el Anexo
(IF-2024-141267682-APN-ARYEE#ENRE).
ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Osvaldo Ernesto Rolando
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 31/12/2024 N° 94325/24 v. 31/12/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)