INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
Resolución 3266/2024
RESFC-2024-3266-APN-DI#INAES
Ciudad de Buenos Aires, 30/12/2024
VISTO, el EX-2024-136950008- -APN-PI#INAES, y
CONSIDERANDO:
Que en el citado expediente se dictó la RESFC-2024-3242-APN-DI#INAES,
mediante la cual se aprobó la adecuación de la normativa existente en
materia de filiales y sucursales de cooperativas y mutuales.
Que en el mencionado acto administrativo se incurrió en un error
material involuntario al omitirse, en el Artículo 4º, la instrucción de
su publicación en la Dirección Nacional del Registro Oficial.
Que conforme el Artículo 11 de la Ley N.º 19.549, deviene necesario su
publicación en el Boletín Oficial para la entrada en vigencia.
Que en consecuencia corresponde salvar el error incurrido.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por Leyes Nros. 19.331,
20.321, 20.337, los Decretos Nros. 420/96, 721/00, sus modificatorios y
complementarios y la RESFC-2024-295-APN-PI#INAES,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustituyese el Artículo 4º de la Resolución Nº
RESFC-2024-3242-APN-DI#INAES por el siguiente: “ARTÍCULO 4º.-
Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL, y archívese. La presente resolución entra en vigencia a partir
del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial. “
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. La presente resolución entra en vigencia
a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
Elbio Nestor Laucirica - Sergio Pablo Cha - Matías Kelly - Ramiro
Emiliano Martinez - Norberto Pedro Zarate - Eduardo Hector Fontenla
e. 02/01/2025 N° 94791/24 v. 02/01/2025