SECRETARÍA DE CULTURA
Resolución 125/2024
RESOL-2024-125-APN-SC
Ciudad de Buenos Aires, 27/12/2024
VISTO el Expediente Nº EX-2024-128959480- -APN-DGRRHH#MCH, la Ley Nº
27.701, los Decretos Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus
modificatorios y complementarios, Nº 8 de fecha 10 de diciembre de
2023, Nº 86 y Nº 88, ambos de fecha 26 de diciembre de 2023, Nº 862 de
fecha 27 de septiembre de 2024, Nº 958 de fecha 25 de octubre de 2024,
Nº 989 de fecha 5 de noviembre de 2024, Nº 993 de fecha 6 de noviembre
de 2024, la Resolución Nº 20 de fecha 15 de noviembre de 2024 de la
SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 8/23 (DNU-2023-8-APN-PTE) se sustituyó el
Artículo 1º de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por
Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios, y se creó, entre otros, el
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que por el Decreto Nº 86/23 (DECTO-2023-86-APN-PTE) se aprobó el
Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada
hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos Objetivos,
correspondiente al MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que por el Decreto Nº 88/23 (DECTO-2023-88-APN-PTE) se dispuso que, a
partir del 1º de enero de 2024, regirán las disposiciones de la Ley Nº
27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional, en virtud
de lo establecido por el Artículo 27 de la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº
24.156 y sus modificatorias.
Que por el Decreto Nº 862/24 (DECTO-2024-862-APN-PTE) se aprobó la
estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que por el Decreto Nº 989/24 (DNU-2024-989-APN-PTE) se modificó en
último término la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por
Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios, suprimiendo las competencias
asignadas al MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO en todo lo concerniente a la
cultura e incorporando la SECRETARÍA DE CULTURA como Secretaría
Presidencial.
Que por el Decreto Nº 993/24 (DECTO-2024-993-APN-PTE) se incorporó la
conformación organizativa, objetivos y ámbito de actuación de la
SECRETARÍA DE CULTURA en la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo
vacante y financiado de Titular de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN
CULTURAL, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN CULTURAL Y
ARTÍSTICA.
Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el Artículo 2º del Decreto Nº 958/24 (DECTO-2024-958-APN-PTE)
faculta al Jefe de Gabinete de Ministros, a los Ministros, a los
Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de
la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, entre otras cuestiones, a efectuar y/o prorrogar las
designaciones transitorias de personal en cargos de Planta Permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las
estructuras organizativas vigentes, en el ámbito de la Administración
Pública Nacional, centralizada y descentralizada, incluyendo las que
correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su
órbita.
Que la presente medida se tramita de acuerdo a los lineamientos
establecidos por la Resolución Nº 20/24 de la SECRETARÍA DE
TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA
(RESOL-2024-20-APN-STEYFP#MDYTE).
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, dependiente del MINISTERIO
DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, ha tomado la intervención
de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA GENERAL
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha tomado la intervención que le
compete, en los términos Artículo 18 del Decreto N° 993/24,
modificatorio del Decreto N° 50/19.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO,
han tomado la intervención de sus competencias.
Que el gasto que demande la presente medida, será imputado con cargo a
las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.701 del
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2023, prorrogado por el Decreto Nº 88/23 y distribuido por la Decisión
Administrativa Nº 5/24.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 2º del Decreto Nº 958/24.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º- Dar por designada con carácter transitorio, a partir del
día 1º de noviembre de 2024 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles, a la Licenciada Carla Martina MIGLIORE (C.U.I.L.
Nº27-39436156-4), en el cargo de Directora Nacional de Promoción
Cultural, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN CULTURAL Y
ARTÍSTICA, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado
por el Decreto Nº 2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y
se efectúa la presente designación transitoria con carácter de
excepción respecto a las disposiciones del Artículo 14 de dicho
Convenio.
ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el Artículo 1º de la presente
medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en el Título
II Capítulos III, IV y VIII y el Título IV del CONVENIO COLECTIVO DE
TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, contados a partir del 1º
de noviembre de 2024.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con
cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la JURISDICCIÓN
88, SUBJURISDICCIÓN 01 – MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO hasta tanto se
efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese dentro del plazo de CINCO (5) días a partir
de su publicación a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL, a
la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL, y
a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA.
ARTÍCULO 5º.- Notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Leonardo Javier Cifelli
e. 31/12/2024 N° 94441/24 v. 31/12/2024