ESTADO NACIONAL
Decisión Administrativa 1/2025
DA-2025-1-APN-JGM - Decisión Administrativa Nº 28/2024. Prórroga.
Ciudad de Buenos Aires, 06/01/2025
VISTO el Expediente N° EX-2024-135951975-APN-SCLYA#MDYTE, las Leyes
Nros. 14.250 (t.o. 2004) y su modificatoria, 18.753, 24.156 y sus
modificatorias, 24.185 y su modificatoria y 27.701, los Decretos Nros.
183 del 10 de febrero de 1988, 322 del 5 de mayo de 2017, 88 del 26 de
diciembre de 2023 y 1131 del 27 de diciembre de 2024 y las Decisiones
Administrativas Nros. 5 del 11 de enero de 2024 y 28 del 1° de febrero
de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 18.753 establece que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE
POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO tendrá a su cargo el estudio,
análisis y evaluación de medidas tendientes al establecimiento de una
política salarial coordinada y armónica, con respecto a los organismos
y entidades del Sector Público Nacional.
Que por el Decreto N° 183/88, entre otras cuestiones, se definió la
representación del sector empleador a efectos de integrar la Comisión
de Discusión de Convenciones Colectivas de Trabajo en el ámbito del
sector público, establecido por la Ley N° 18.753 y se fijaron las
pautas a observarse.
Que mediante el Decreto N° 322/17, entre otras cuestiones, se delimitó
la integración del sector empleador en las Comisiones Negociadoras que
se constituyan en el marco de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), en las que
intervengan organismos descentralizados, comprendiendo en estos últimos
a las instituciones de seguridad social y entes estatales o empresas y
sociedades del estado comprendidas en el inciso b) del artículo 8° de
la Ley N° 24.156.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 28/24 se establecieron los
lineamientos a seguir por parte de las Jurisdicciones, Entidades y
Organismos del PODER EJECUTIVO NACIONAL comprendidas en los incisos a)
y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 a efectos de optimizar los
recursos del ESTADO NACIONAL y contar con pautas uniformes de
negociación salarial hasta el 31 de diciembre de 2024.
Que las medidas implementadas marcaron un camino de reducción del gasto
público sin perder el objetivo de optimizar los recursos y lograr un
accionar más eficiente del ESTADO NACIONAL.
Que, en esta instancia, resulta indispensable seguir por el camino
trazado y prorrogar los lineamientos fijados, manteniendo durante el
Ejercicio 2025 parámetros homogéneos para la negociación de salarios
dentro del Sector Público Nacional que se adecuen a los objetivos
mencionados y garanticen la equidad salarial.
Que ha tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que ha tomado intervención el servicio de asesoramiento jurídico competente.
Que la presente medida se dicta de acuerdo con las facultades
conferidas por el artículo 100, incisos 1, 2 y 7 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2025 la vigencia
de la Decisión Administrativa Nº 28 del 1° de febrero de 2024.
Todas las referencias a la Ley de Presupuesto Nº 27.701 y al Decreto N°
88 del 26 de diciembre de 2023 deberán entenderse efectuadas al Decreto
N° 1131 del 27 de diciembre de 2024.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Guillermo Francos - Federico Adolfo Sturzenegger - Luis Andres Caputo
e. 07/01/2025 N° 668/25 v. 07/01/2025