ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 8/2025
RESOL-2025-8-APN-ANAC#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 07/01/2025
VISTO, el Expediente EX-2024-87123917-APN-ANAC#MEC, los Decretos 1172
del 3 de diciembre de 2003, 1770 del 29 de noviembre de 2007, 606 del
11 de julio de 2024, las Resoluciones de la Administración Nacional de
Aviación Civil (ANAC) 155 del 14 de marzo de 2013, 506 del 25 de agosto
de 2023 (RESOL-2023-506-APN-ANAC#MTR), y la Parte 211 de las
Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Programación Técnica (DPT) dependiente de la
Dirección de Regulación, Normas y Procedimientos (DRNP) de la Dirección
Nacional de Inspección de Navegación Aérea (DNINA) de la Administración
Nacional de Aviación Civil (ANAC), ha informado sobre la necesidad de
emitir una Circular de Asesoramiento para establecer un método de
orientación que sea de utilidad al Proveedor de Servicios de Navegación
Aérea (ANSP) para el cumplimiento de los requisitos establecidos en la
Parte 211 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC)
“Gestión del tránsito aéreo” cuando sea necesario o requerido el
establecimiento de un Servicio de Información de Vuelo de Aeródromo por
sus siglas en inglés “AFIS” en un aeródromo no controlado.
Que se incluyó en la Circular de Asesoramiento que las dependencias
AFIS deben disponer de un Manual de Dependencia (MADE) el cual debe ser
aceptado por la Autoridad Aeronáutica.
Que antes de dar inicio a las operaciones en el AFIS, el ANSP, deberá
realizar un Análisis de Riesgo, tener la obtención de la Autorización
que emite la Autoridad Aeronáutica y las publicaciones de información
aeronáutica correspondientes.
Que la Resolución ANAC 155 de fecha 14 de marzo de 2013 aprueba las
unidades de segundo y tercer nivel operativo correspondientes a la
Dirección Nacional de Inspección de Navegación Aérea (DNINA) de la
Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).
Que las áreas competentes de la Dirección Nacional de Inspección de
Navegación Aérea (DNINA) de la Administración Nacional de Aviación
Civil (ANAC) han tomado la intervención de su competencia prestando
conformidad en las actuaciones.
Que se ha cumplimentado con el procedimiento establecido en la
Resolución ANAC 506 (RESOL-2023-506- APN-ANAC#MTR) del 25 de agosto de
2023.
Que en el caso particular no corresponde implementar el proceso de
Elaboración Participativa de Normas establecido por el decreto 1172 del
3 de diciembre de 2003.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ) dependiente de la Dirección
General Legal, Técnica y Administrativa (DGLTYA) de la Administración
Nacional de Aviación Civil (ANAC), ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en
los decretos 1770 del 29 de noviembre de 2007 y 606 del 11 de julio de
2024.
Por ello,
LA INTERVENTORA DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la Circular de Asesoramiento en donde se describe
un medio aceptable para la prestación del Servicio de Información de
Vuelo de Aeródromo por sus siglas en inglés “AFIS”, que como Anexo
IF-2024- 126451742-APN-DNINA#ANAC, forma parte de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 2°. - La presente medida entrará en vigencia a partir de la publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°. - Girar las actuaciones a la Unidad de Planificación y
Control de Gestión (UPYCG) dependiente de la Administración Nacional de
Aviación Civil (ANAC), para su publicación en la página “web”
institucional, difusión interna y posterior pase al Departamento
Secretaria General (DSG) dependiente de la Dirección General Legal,
Técnica y Administrativa (DGLTYA) de la ANAC, a efectos de incluir las
presentes medidas en el Archivo Central Reglamentario (ACR).
ARTÍCULO 4°. - Comuniquese, publiquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archivese.
María Julia Cordero
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en la sección Normativa
Aeronáutica de la página oficial de la ANAC
https://www.argentina.gob.ar/anac/normativa
e. 08/01/2025 N° 778/25 v. 08/01/2025