MINISTERIO DE SALUD

Resolución 42/2025

RESOL-2025-42-APN-MS

Ciudad de Buenos Aires, 07/01/2025

VISTO el Expediente N° EX-2024-94289446--APN-SGA#MS del registro de este Ministerio, la Ley de Ministerios N°22.520 (texto ordenado por Decreto N°438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, los Decretos Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios; N° 8 del 10 de diciembre de 2023, N° 10 del 3 de enero de 2024; y el N° 1138 del 30 de diciembre de 2024, las Decisiones Administrativas N° 723 del 5 de mayo de 2020 y N° 76 del 19 de febrero de 2024 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la Resolución del Ministerio de Salud N° 1254 del 29 de junio de 2018, las Resoluciones de la ex Secretaría de Gobierno de Salud N° 162 del 22 de Octubre de 2018 y N° 598 del 23 de noviembre de 2018, la Disposición N° 1 del 05 de agosto de 2016 de la Dirección de Asistencia Directa por Situaciones Especiales y,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N°50/2019 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta Nivel de Subsecretaría.

Que por el Decreto N° 8/2023 se modificó, en último término, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº438/92) y se transfirieron los MINISTERIOS DE EDUCACIÓN, el MINISTERIO DE CULTURA, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD al MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, considerándose transferidos los créditos presupuestarios, unidades organizativas, bienes, personal con sus cargos y dotaciones vigentes a la fecha, hasta tanto se aprueben las estructuras correspondientes.

Que por el Decreto N°10/2024 se sustituyeron los ANEXOS I, II y III del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios; se llevó a cabo la modificación de la conformación organizativa y los objetivos del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION, y se estableció que se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones y personal con sus respectivos cargos, niveles, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha.

Que mediante el Anexo II de la Decisión Administrativa N° 723/2020, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del EX- MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, donde se delimitaron las responsabilidades primarias y acciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASISTENCIA DIRECTA COMPENSATORIA.

Que, por la Decisión Administrativa N°76/2024 se transfirió la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASISTENCIA DIRECTA COMPENSATORIA y su dependiente, la ex - DIRECCIÓN DE ASISTENCIA DIRECTA POR SITUACIONES ESPECIALES (D.A.D.S.E.), a la órbita del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION.

Que a su vez mediante Decreto N° 1138 del 30 de diciembre de 2024 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD, estableciendo la dependencia de la DIRECCION NACIONAL DE ASISTENCIA DIRECTA COMPENSATORIA de la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN SANITARIA, de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA del MINISTERIO DE SALUD, derogando la DIRECCIÓN DE ASISTENCIA DIRECTA POR SITUACIONES ESPECIALES.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASISTENCIA DIRECTA COMPENSATORIA tiene por responsabilidad primaria, promover la adopción de estrategias jurisdiccionales de asistencia directa compensatoria para la población en estado de necesidad urgente o manifiesta que permitan integrar los esfuerzos jurisdiccionales orientados a la contención individual de las personas en situación de vulnerabilidad.

Que, asimismo, dentro de las acciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASISTENCIA DIRECTA COMPENSATORIA se incluye la de sistematizar y mantener permanentemente actualizada la información relativa a los requisitos y flujos de tramitación para ejercer el derecho de acceso a las prestaciones de asistencia directa compensatoria, procurando optimizar la accesibilidad a la misma por parte de las personas y sus acompañantes.

Que uno de los objetivos de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASISTENCIA DIRECTA COMPENSATORIA es el de gestionar redes de intercambio permanente de información con dependencias oficiales Nacionales, Provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Municipales que favorezcan el establecimiento de mecanismos ágiles de integración de acciones compensatorias y derivaciones ágiles y eficientes de las situaciones de vulnerabilidad detectadas a los efectos de posibilitar la más rápida y completa solución posible de las mismas de acuerdo con la especificidad de cada una.

Que, a los efectos de dar curso y gestionar los requerimientos ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASISTENCIA DIRECTA COMPENSATORIA, resulta necesario adecuar los circuitos y sistemas para ser ajustados al MINISTERIO SALUD DE LA NACIÓN, por lo que se propicia un nuevo procedimiento para la tramitación de la provisión de medicamentos y/o prestación médica y/o elemento de tecnología sanitaria.

Que, en tal sentido, es menester derogar la normativa vigente a fin de aportar claridad en los procesos.

Que por tal motivo corresponde impulsar la derogación de la Resolución N° 1254/2018 del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION, mediante la cual se estableciera que con carácter de excepción y hasta tanto se aprobara la normativa aplicable a nuevas solicitudes los expedientes ya iniciados a la fecha de transferencia de la entonces DIRECCIÓN DE ASISTENCIA DIRECTA POR SITUACIONES ESPECIALES del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL al MINISTERIO DE SALUD, continuarían tramitando mediante el procedimiento previsto por la Resolución N° 2458/2004 del ex MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que también corresponde derogar la Resolución N° 162/2018 de la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD a través de la cual se aprobara la normativa unificada para la solicitud, trámite y otorgamiento de subsidios para la adquisición de medicamentos de alto costo y/o elementos de tecnología biomédica; medicamentos de bajo y mediano costo, y ayuda a pacientes y/o familiares de personas que reciben tratamientos de salud (alojamiento excepcionalmente) destinados a personas físicas, en el ámbito de la entonces DIRECCIÓN DE ASISTENCIA DIRECTA POR SITUACIONES ESPECIALES.

Que asimismo resulta menester la derogación de la Resolución N° 598/2018 de la EX SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD, la que dispusiera la publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina de la referida Resolución N° 162/2018 de la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD.

Que deviene oportuno derogar además la Disposición N° 1/2016 de la entonces DIRECCIÓN DE ASISTENCIA DIRECTA POR SITUACIONES ESPECIALES Disposición que al día de hoy se encuentra suspendida por Resolución N° 21/2024 de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO), que aprobara el “PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE PRESUPUESTOS” en el marco del otorgamiento de subsidios a personas físicas, a efectos de financiar la adquisición de medicamentos, insumos y/o productos médicos o para la realización de prácticas médicas en la órbita de la indicada Dirección.

Que ha tomado intervención la ex - DIRECCIÓN DE ASISTENCIA DIRECTA POR SITUACIONES ESPECIALES.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASISTENCIA DIRECTA COMPENSATORIA no ha intervenido por encontrarse vacante.

Que ha tomado intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, LA SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA.

Que, la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS tomó la intervención de su competencia.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios N° 22.520 normas complementarias y modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°- Apruébase el REGLAMENTO PARA LA PROVISIÓN DE MEDICAMENTOS SOLICITADOS ANTE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE ASISTENCIA DIRECTA COMPENSATORIA que como ANEXO (IF-2025-02016832-APN-SSPYPS#MS) forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° - Deróganse la Resolución del Ministerio de Salud N° 1254 del 29 de junio de 2018, las Resoluciones N° 162 del 22 de Octubre de 2018 y N° 598 del 23 de noviembre de 2018 de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD y la Disposición N°1 del 05 de agosto de 2016 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASISTENCIA DIRECTA COMPENSATORIA.

ARTÍCULO 3°- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 4°- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mario Iván Lugones

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 08/01/2025 N° 859/25 v. 08/01/2025

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)