COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Resolución General 1049/2025
RESGC-2025-1049-APN-DIR#CNV - Normas (N.T. 2013 y mod.). Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 08/01/2025
VISTO el EX-2024-139441085- -APN-GE#CNV, caratulado “PROYECTO DE R.G.
S/ FACULTADES DELEGADAS DE LA GERENCIA DE EMISORAS”, lo dictaminado por
la Subgerencia de Emisiones de Renta Variable, la Gerencia de Emisoras,
la Subgerencia de Normativa y la Gerencia de Asuntos Legales, y
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Nacional de Valores (CNV) es una entidad autárquica con
jurisdicción en toda la República Argentina, cuyas funciones las ejerce
un Directorio compuesto por CINCO (5) miembros designados por el Poder
Ejecutivo Nacional con acuerdo del Senado de la Nación, órgano que
puede sesionar válidamente con la mayoría de sus miembros presentes o
comunicados por medios de transmisión simultánea de sonido, imágenes y
palabras [cfr. lo dispuesto por los artículos 6°, 8°, 9º y 11 de la Ley
de Mercado de Capitales N° 26.831 (B.O. 28-12-12 y sus modificatorias)].
Que mediante el dictado de la Resolución General N° 754 (B.O. 24-7-18)
se reasignaron las facultades delegadas en las disueltas Gerencias
Generales entre la diversas Gerencias que conforman la estructura
organizativa de primer nivel operativo de la CNV, conforme la esfera de
competencias dispuesta por la Decisión Administrativa N° 692 (B.O.
1-9-17) de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la Resolución Nº
19.091-E/2017 (B.O. 21-12-17).
Que, en esta instancia, resulta conveniente ampliar las facultades
delegadas en la Gerencia de Emisoras y las Subgerencias actuantes en la
órbita de la misma, a fin de generar mayor previsibilidad para los
diversos actores del mercado, favoreciendo un entorno regulatorio más
estable y confiable.
Que estas medidas buscan optimizar los procesos de autorización de
Oferta Pública de valores negociables, reduciendo los plazos de
tramitación; con el consiguiente impacto positivo en los costos de
emisión y favorecer oportunidades de mercado.
Que la posibilidad de delegar facultades por parte de los órganos
directivos de los entes descentralizados en los inferiores jerárquicos
se encuentra autorizada en los artículos 3° de la Ley de Procedimiento
Administrativo Nº 19.549 (B.O. 27-4-72) y 2° del Reglamento de
Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto N° 1759/72 (T.
O. 2017).
Que, en todos los casos, la delegación se efectuará sin menoscabo de
las formalidades que se deban cumplir, en resguardo de los
destinatarios de los actos administrativos que se dicten en el seno de
esta CNV.
Que conforme lo señala destacada doctrina, tratándose la delegación de
una técnica transitoria de distribución de atribuciones, la misma no
produce una creación orgánica ni impide el dictado del acto por el
delegante, pues la competencia le sigue perteneciendo a éste, pero en
concurrencia con el delegado.
Que, como corolario de lo expuesto, resulta necesario adecuar el Anexo
I del Capítulo II del Título XVI de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), en
lo que refiere a la delegación de facultades por parte del Directorio
de la CNV en la Gerencia de Emisoras.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
la Ley N° 26.831, el artículo 3° de la Ley N° 19.549 y el artículo 2°
de la Reglamentación de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobada
por el Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017).
Por ello,
LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustituir el Anexo I del Capítulo II del Título XVI de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), por el siguiente texto:
“ANEXO I
FACULTADES DELEGADAS EN LA GERENCIA DE EMISORAS
ARTÍCULO 2º.- La presente Resolución General entrará en vigencia a
partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de
la República Argentina.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial, incorpórese en el Sitio Web del
Organismo www.argentina.gob.ar/cnv, agréguese al texto de las NORMAS
(N.T. 2013 y mod.), y archívese.
Sonia Fabiana Salvatierra - Patricia Noemi Boedo - Roberto Emilio Silva
e. 09/01/2025 N° 1020/25 v. 09/01/2025