AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
Disposición 16/2025
DI-2025-16-E-AFIP-ARCA
Ciudad de Buenos Aires, 14/01/2025
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2024-04022299- -AFIP-SECTDVADDO#SDGRHH y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 953 del 24 de octubre de 2024 se disolvió la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y se creó la Agencia
de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) como ente autárquico en el
ámbito del Ministerio de Economía, transfiriéndosele los recursos, el
personal, los bienes, el presupuesto vigente, los activos y el
patrimonio, compromisos, derechos y obligaciones.
Que por la Disposición N° 111 (AFIP) del 14 de junio de 2022 y sus
modificatorias, se aprobó la credencial identificatoria del personal de
la entonces Administración Federal de Ingresos Públicos en formato
digital, a los fines de su accesibilidad en dispositivos móviles,
permitiendo la identificación del personal a través de la aplicación
“Mi SARHA”, disponiendo su acceso con clave de seguridad a través del
Sistema Único de Autenticación (SUA).
Que, asimismo, la aludida norma determinó que las autoridades
superiores del Organismo tengan a disposición la credencial
identificatoria en formato digital y en formato físico.
Que dicha credencial digital demostró ser un medio idóneo y seguro para
la identificación del personal, aportando una mayor transparencia y
sustentabilidad.
Que en virtud de los avances tecnológicos alcanzados en materia de
comunicación e información, esta Agencia de Recaudación y Control
Aduanero viene promoviendo la utilización de canales electrónicos que
aseguren la celeridad de los procesos, optimizando los circuitos
administrativos, favoreciendo la despapelización y mejorando la
disponibilidad, actualización y almacenamiento de la información.
Que, conforme lo expresado y en miras a la continuidad del proceso
integral de digitalización de los trámites en materia de recursos
humanos, resulta pertinente modificar la Disposición N° 111/22 (AFIP) y
sus modificatorias, a fin de prescindir de la disponibilidad para las
autoridades superiores de la credencial identificatoria en formato
físico.
Que, por otra parte, teniendo en cuenta lo dispuesto en el decreto
citado en el primer párrafo de este Considerando y a los fines de su
utilización en operatorias internas, así como en su vinculación con los
administrados y terceros, corresponde adecuar el diseño de la
credencial a la nueva identidad visual de esta Agencia de Recaudación y
Control Aduanero, razón por la que se propicia sustituir el Anexo II de
la disposición en trato.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de
Legislación y de Personal, y las Subdirecciones Generales de Asuntos
Jurídicos y Sistemas y Telecomunicaciones.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
los artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios, y por el Decreto N° 953 del 24 de
octubre de 2024.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar la Disposición N° 111 (AFIP) del 14 de junio de
2022 y sus modificatorias, en la forma que se indica a continuación:
a) Sustituir el artículo 8°, por el siguiente:
“ARTÍCULO 8°.- Determinar que las autoridades superiores de este
Organismo tendrán a su disposición la credencial identificatoria en
formato digital, al igual que el resto del personal.”.
b) Sustituir el Anexo II (IF-2025-00059973-AFIP-SGDADVCOAD#SDGPCI), por el que se aprueba y forma parte de la presente.
c) Eliminar el Anexo VII.
ARTÍCULO 2°.- Establecer que toda referencia efectuada a la
Administración Federal de Ingresos Públicos en la Disposición N° 111/22
(AFIP) y sus modificatorias, deberá entenderse realizada a la Agencia
de Recaudación y Control Aduanero.
ARTÍCULO 3°.- Esta norma entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
Juan Alberto Pazo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 16/01/2025 N° 2182/25 v. 16/01/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO
ANEXO II DISPOSICIÓN N° 111/22 (AFIP) Y SUS MODIFICATORIAS DISEÑO DE LAS CREDENCIALES IDENTIFICATORIAS DIGITALES
a) Medida: 1080 px de ancho, 1920 px de alto (mesa de trabajo). Medida de la credencial 979 x 1785 px.
b) Fondo: color azul (#232c4f).
c) Tipografía: color blanco #FFFFFF.
d) Logo esquina superior izquierda: ARCA "Agencia de Recaudación y Control Aduanero", tamaño 212 px.
e) Leyenda "Credencial Digital" centrada con el logo, en fuente Roboto bold 42.
f) Foto circular: color, actualizada del agente (320 px), de frente,
fondo blanco. Medida del marco de la foto 340 px, color #AAAAAA con 20%
de opacidad.
g) Apellido y nombre: del agente. Alineado a la izquierda y arriba de
la firma. Fuente: Roboto bold 50, interlineado 55, 4 líneas máximo de
10 caracteres cada una. Achicar el tamaño en caso de que el nombre
requiera más caracteres.
h) Firma del funcionario: imagen de la firma del titular de la
Credencial Identificatoria Digital. Caja de la firma invisible: 287 px
de ancho, 106 px de alto.
i) Estructura: denominación del ámbito de prestación de servicios con
nivel jerárquico de Dirección General Impositiva, Dirección General de
Aduanas o ARCA.
- Áreas Centrales. Fuente: Roboto bold 40, interlineado 45, 3 líneas
máximo de 30 caracteres cada una. Achicar el tamaño en caso de que el
nombre requiera más caracteres.
j) Código QR: código de respuesta rápida cuya imagen se ubica en el
centro de la credencial, a la izquierda de los datos del CUIL del
agente conteniendo información propia del titular de la Credencial
Identificatoria Digital. Tamaño 295 px de ancho, 295 px de alto, bordes
biselados.
k) CUIL: Clave Única de Identificación Laboral (alineado a
la izquierda, fuente: Roboto bold y regular 40, interlineado 50).
l) Credencial N°: número de credencial del agente (alineado a la izquierda, fuente: Roboto bold y regular 40, interlineado 50).
m) Leyenda: según corresponda se indicará: (centrado, fuente: Roboto regular 25, interlineado 30).
1. El funcionario cuya individualización y firma constan en la presente
pertenece a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.
2. El funcionario cuya individualización y firma constan en la presente
pertenece a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero. "Autorizado a
requerir el auxilio de la fuerza pública [art. 35 inc. d) Ley N° 11.683
t.o. 1998 y sus modificaciones]".
3. El funcionario cuya individualización y firma constan en la presente
pertenece a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero. "Autorizado a
ejercer las facultades previstas en los artículos 119 a 129 del Código
Aduanero y demás normas concordantes".
n) Funcionario autorizante: nombre y cargo centrado y alineado con la
caja de la firma (fuente: Roboto regular 25, interlineado 30). Firma
del funcionario de la Dirección de Persona! que autoriza la Credencial
Identificatoria Digital en caja invisible: 299 px de ancho, 103 px de
alto.
ñ) Margen inferior: "Centro de Información Telefónica" -en la
primera línea- y el número telefónico de contacto del Centro de
Información Telefónica y la dirección del sitio web de la Agencia de
Recaudación y Control Aduanero -en la segunda línea- (fuente: Roboto
bold y regular 25, interlineado 30).
o) Logo Argentina: alineado con el
texto del punto ñ) y en tamaño 185 px de ancho.
Se adjunta imagen de referencia:
IF-2025 -0005 9973 -AFIP-SGDADVCOAD#SDGP
IF-2025-00059973-AFIP-SGDADVCOAD#SDGPCI