ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 54/2025
RESOL-2025-54-APN-ANAC#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 18/01/2025
VISTO el Expediente, EX-2024-141233231- -APN-ANAC#MEC, la ley 17.285
(Código Aeronáutico), los decretos 239 del 15 de marzo de 2007, 1770
del 29 de noviembre de 2007, las resoluciones de la Administración
Nacional de Aviación Civil (ANAC) 615 del 7 de agosto de 2015, 323 del
24 de junio de 2022 (RESOL-2022-323-APNANAC#MTR), la Parte 153 de las
Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 4° del decreto 1770 del 29 de noviembre de 2007 se
aprobó la estructura organizativa de la Administración Nacional de
Aviación Civil (ANAC), de conformidad con el Organigrama y las
Responsabilidades Primarias y Acciones que, como Anexos II y III,
forman parte integrante del citado decreto.
Que por el artículo 1° de la resolución ANAC 323 del 24 de junio de
2022 (RESOL-2022-323-APN-ANAC#MTR), se puso en vigencia las acciones
inherentes a las Direcciones y Departamentos dependientes de la
Dirección General de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios
(DGIYSA) de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).
Que mediante la resolución ANAC 615 del 7 de agosto de 2015 se aprobó
la reglamentación para la Prevención del Riesgo por Fauna en los
Aeródromos Públicos del Territorio Nacional.
Que a fin de facilitar el control y la vigilancia respecto de la
seguridad operacional sobre los entornos inmediatos aeroportuarios (13
y 20 km) que impactan en la prevención del peligro por Fauna de los
aeródromos es que se diseñó un instrumento modelo denominado Plan
General de Gestión (PGG).
Que ello obedece a la necesidad de aportar un texto orientativo para la
industria y otros actores gubernamentales, a fin de asistir a los
explotadores de aeródromos, para que la actividad del entorno
aeroportuario no impacte negativamente en los estudios y programas de
prevención de fauna de cada uno de los aeródromos públicos dónde se
identifique un punto crítico a tratar como ser vertederos, plantas de
tratamiento de residuos, entre otros, a fin de satisfacer las
especificaciones de la Parte 153 de las Regulaciones Argentinas de
Aviación Civil (RAAC).
Que existen puntos críticos que impactan en la prevención del peligro
por fauna dentro de los aeródromos, y es por ello que se hace necesario
aportar un Plan General de Gestión (PGG) como herramienta base para
aportar a los organismos encargados de preservar los entornos libres de
edificaciones y/o emprendimientos urbanos que ataquen lo puntos antes
mencionado, como parte de las acciones de mitigación para presentar
ante esta Autoridad Aeronáutica.
Que mediante el Plan General de Gestión (PGG), se establece un proceso
que disminuye el aumento o posible aumento del peligro que representa
la fauna o causa de las urbanizaciones próximas a los aeródromos.
Que la eficiente vigilancia en estos asuntos corresponde, de acuerdo a
la resolución ANAC 323 del 24 de junio de 2022
(RESOL-2022-323-APN-ANAC#MTR), al Departamento de Administración de
Aeródromos (DAA), dependiente de la Dirección de Fiscalización de
Servicios Aeroportuarios (DFSA) y a cada una de las Direcciones
Regionales, todas dependientes de la Dirección General de
Infraestructura y Servicios Aeroportuarios (DGIYSA) de la
Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).
Que, el instrumento objeto de la presente, identificado como Anexo GDE
IF-2024-113399578-APN-DGIYSA#ANAC no implica la alteración de la
estructura organizativa de la Dirección de Fiscalización de Servicios
Aeroportuarios (DFSA), ni de las Direcciones Regionales y/o a sus
dependientes, pero sí establece una línea clara de control y
fiscalización por parte de las Direcciones Regionales y una vigilancia
y evaluación de lo anterior por parte del Departamento de
Administración de Aeródromos (DAA).
Que la Dirección General de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios
(DGIYSA) de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) ha
tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ), dependiente de la
Dirección General Legal, Técnica y Administrativa (DGLTYA) de la
Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) ha tomado la
intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Artículo 2 bis de la ley 17.285 (Código Aeronáutico) y el
decreto 1.770 del 29 de noviembre de 2007.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el “PLAN GENERAL DE GESTIÓN (PGG) PARA ERRADICAR
DE LOS ENTORNOS AERONÁUTICOS LOS FACTORES CONTAMINANTES
JURISDICCIONALMENTE IDENTIFICADOS”, que como Anexo
(IF-2024-113399578-APN-DGIYSA#ANAC) forma parte de la presente
resolución.
ARTÍCULO 2°.- Establecer que lo indicado en el artículo primero, será
implementado conforme a la resolución ANAC 323 del 24 de junio de 2022
(RESOL-2022-323-APN-ANAC#MTR), de acuerdo a la fiscalización realizada
por cada una de las Direcciones Regionales y su vigilancia por parte
del Departamento de Administración de Aeródromos (DAA), dependiente de
la Dirección de Fiscalización de Servicios Aeroportuarios (DFSA), de la
Dirección General de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios
(DGIYSA) , de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).
ARTÍCULO 3º.- Notificar a la Dirección General de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios (DGIYSA).
ARTÍCULO 4º.- Dar intervención a la Unidad De Planificación y Control
de Gestión (UPYCG) de la Administración Nacional De Aviación Civil
(ANAC), difundir mediante las publicaciones de información aeronáutica
y sitio “web” institucional de esta Administración Nacional, y
posterior pase al Departamento de Secretaria General (DSG) dependiente
de la Dirección General, Legal, Técnica y Administrativa (DGLTYA) de la
Administración Nacional De Aviación Civil (ANAC) para su inclusión en
el Archivo Central Reglamentario (ACR).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y cumplido, archívese.
María Julia Cordero
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en
https://www.argentina.gob.ar/anac/normativa
e. 21/01/2025 N° 2807/25 v. 21/01/2025