ANEXO II
MINISTERIO DE ECONOMÍA
AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Examinar en forma independiente, objetiva, sistemática e integral el
funcionamiento del sistema de control interno de la Agencia, con ajuste
a las normas de Auditoría Interna Gubernamental y demás normas,
metodologías y herramientas establecidas por la Sindicatura General de
la Nación, a fin de asistir a la máxima autoridad del organismo en el
ejercicio de la responsabilidad establecida en el artículo 101 de la
Ley N° 24.156 y prestar asesoramiento a toda la organización en lo que
es materia de su competencia.
ACCIONES:
1. Elaborar el Plan Estratégico de Auditoría o Plan Global y el Plan
Anual de Trabajo de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA (UAI) conforme a las
Normas de Auditoría Interna Gubernamental, los lineamientos y pautas
definidas por la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) y por la
máxima autoridad de la Agencia.
2. Ejecutar el plan de trabajo con integridad y debido cuidado
profesional, asegurando la obtención de evidencias competentes,
relevantes y suficientes para formar y sustentar sus juicios y
afirmaciones.
3. Elaborar informes de auditoría, mantener un diálogo activo, abierto
y constructivo con las áreas auditadas y comunicar sus resultados a la
máxima autoridad de la Agencia y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN
(SIGEN) e intervenir, de corresponder, en los trámites de consolidación
del pasivo público.
4. Efectuar el seguimiento periódico de la instrumentación de las
medidas correctivas comprometidas, dirigidas al fortalecimiento del
Sistema de Control Interno (SCI) y, brindar asesoramiento en aspectos
de su competencia.
5. Promover la cultura de control en toda la Agencia, participando en
el Comité de Control Interno o Comité de Auditoría, así como
propiciando la adopción de herramientas y metodologías tales como la
autoevaluación, la identificación de procesos y gestión de riesgos, el
diseño e implementación de planes compromiso de fortalecimiento del
Sistema de Control Interno (SCI) entre otras.
6. Registrar su planificación, el desarrollo y resultados de su labor y
demás información que se le requiera a través de los sistemas,
aplicativos o formularios electrónicos que al efecto determine la
SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) y cumplir con sus
resoluciones, circulares e instructivos.
7. Emitir opinión respecto de los reglamentos y manuales de
procedimientos y de sus modificaciones, en forma previa a su
aprobación, constatando que posean instrumentos idóneos para el
ejercicio del control previo y posterior.
8. Mantener informada a la autoridad superior de la Agencia y a la
SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) sobre los actos que hubiesen
acarreado o se estime puedan acarrear significativos perjuicios para el
patrimonio de la Agencia e informar a la citada Sindicatura a través
del Sistema que establezca el estado de los procedimientos de recupero
pendientes.
9. Evaluar el desempeño del plantel de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
(UAI), verificar la observancia de las Normas de Auditoría Interna
Gubernamental y asegurar niveles de capacitación acorde con las
necesidades específicas del personal.
10. Realizar todas las actividades necesarias que se deriven de la
eventual participación de la organización en la Red Federal de Control
Público, Red de Control de Defensa o las que en el futuro pudieran
crearse.
AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN
GERENCIA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Intervenir en los aspectos jurídicos de las actuaciones que tramiten
ante la Agencia y dirigir la representación en los procesos judiciales
en los que deba intervenir el Organismo. Asistir al titular del
Organismo en la gestión de las actividades de apoyo administrativo, de
recursos humanos, en la gestión económica, financiera, patrimonial y
contable, así como también en el desarrollo e implementación de los
sistemas informáticos y de comunicaciones Intervenir en la elaboración
del Plan Estratégico del Organismo y su seguimiento, como así también
en la supervisión del cumplimiento de los planes y proyectos de la
Agencia y en su estrategia comunicacional.
Entender en los procesos de compras y contrataciones que sustancien en
la Agencia para la adquisición de bienes, prestación de servicios y
ejecución de obras.
ACCIONES:
1. Proponer al Director Ejecutivo la planificación estratégica de la
Agencia y elaborar, analizar y verificar, las metodologías,
indicadores, criterios de decisión y procedimientos a utilizar en la
formulación y evaluación de los programas y proyectos de la
administración.
2. Efectuar el control de juridicidad previo a la toma de decisiones por parte de la Dirección Ejecutiva del organismo.
3. Entender en los aspectos técnicos y legales de los proyectos de
actos administrativos, convenios y contratos que sean sometidos a
consideración de la Agencia.
4. Coordinar el servicio jurídico permanente de la Agencia.
5. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de los
actos administrativos a ser suscriptos por la Dirección Ejecutiva.
6. Colaborar con la GERENCIA DE COORDINACIÓN TÉCNICA, en el ámbito de
su competencia, en relación al cumplimiento de las obligaciones de los
concesionarios de las Terminales Portuarias del Puerto BUENOS AIRES, en
el marco del Pliego de Bases y Condiciones de las Licitaciones Públicas
Nros. 6/93 y 24/15, sus normas complementarias y de las futuras
contrataciones que sobre dichas terminales pudieren otorgarse.
7. Proponer al Director Ejecutivo el Presupuesto Anual de Recursos y Gastos de la Agencia.
8. Dirigir, coordinar y supervisar el desarrollo de las actividades
inherentes a la gestión contable, económica, financiera y patrimonial e
intervenir en los procesos de compras, contrataciones y concesiones de
la Agencia.
9. Elaborar y proponer al Director Ejecutivo el reglamento interno de
funcionamiento para su aprobación, así como sus eventuales
modificaciones.
10. Planificar, diseñar y llevar adelante las políticas de recursos humanos de la Agencia.
11. Supervisar el desarrollo, implementación y mantenimiento de los
sistemas informáticos y de comunicaciones y sus condiciones de
seguridad.
12. Administrar los bienes y recursos asignados a la Agencia.
13. Entender en la organización del despacho y gestión documental de la
Agencia, como así también en el registro y control de los actos
administrativos, acuerdos marco o estratégicos, cartas de entendimiento
y demás actos de trascendencia institucional que suscriba la máxima
autoridad.
14. Instrumentar, en el marco de su competencia, los procesos de
contratación de bienes, servicios, obra pública o concesiones de obra
pública relacionados con las vías navegables de jurisdicción nacional y
nodos logísticos o multimodales.
15. Asistir a la Dirección Ejecutiva en las negociaciones y
modificaciones de los contratos de obras, concesiones de obra y de
servicios públicos.
16. Gestionar y supervisar las instalaciones, materiales, equipos, flota automotor y de embarcaciones de la Agencia.
17. Proyectar y proponer la estructura organizativa de la Agencia, para
una mejor planificación, organización y distribución de los recursos
humanos.
18. Dirigir el diseño e implementación de la estrategia de comunicación de la Agencia.
19. Asistir a la Dirección Ejecutiva, en el ámbito de su competencia,
en la administración del Puerto de Buenos Aires y los bienes inmuebles
que integran la jurisdicción portuaria.
20. Colaborar con la GERENCIA DE COORDINACIÓN TÉCNICA en los estudios
de tarifas por los servicios y otorgamientos de espacios portuarios,
incluyendo descuentos, condiciones y costos admisibles.
21. Colaborar con la GERENCIA DE COORDINACIÓN TÉCNICA en el ámbito de
su competencia, en la delimitación de la jurisdicción portuaria
nacional y evaluar y proponer las medidas a implementar respecto de los
bienes del dominio estatal que lo conforman.
22. Coordinar la gestión, en el ámbito de su competencia, para el
otorgamiento de espacios portuarios bajo la administración de la
Agencia.
AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN
GERENCIA DE COORDINACIÓN TÉCNICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Intervenir en todos los asuntos de carácter operativo y técnico de
competencia específica de la Agencia como así también en el diseño y
ejecución de proyectos relevantes para la mejor explotación de los
servicios a cargo del organismo.
Asistir en el cumplimiento de las políticas y acciones de carácter
ambiental vinculadas con las actividades que se desarrollen en los
puertos y en las vías navegables.
Intervenir en los asuntos relacionados con la construcción de obras e
instalaciones civiles, ya sean portuarias, electromecánicas, viales,
ferroviarias edilicias, urbanísticas, hidráulicas, de dragado, y ayudas
a la navegación, entre otras.
ACCIONES:
1. Planificar las obras y adquisiciones relativas a la infraestructura y superestructura portuaria y de desarrollo.
2. Intervenir en las habilitaciones de puertos y/o amarraderos
fluviales, y de ocupaciones de espejos de agua y de declaratorias para
la ejecución de obras en el ámbito portuario, canales de acceso a
puertos y vías navegables de jurisdicción nacional, la extracción de
arena y/o canto rodado y dragados y/o rellenos.
3. Asesorar técnicamente en la delimitación de las responsabilidades en
el dragado de accesos y dársenas de cada puerto, en aquellos casos
donde la responsabilidad sea de dudosa o conflictiva determinación.
4. Dirigir los procesos de fiscalización de las actividades operativas
de los puertos y el funcionamiento de los servicios portuarios y de
transporte interjurisdiccional respecto al cumplimiento de la normativa
de aplicación y a los requisitos mínimos del servicio público y la
protección del usuario y del consumidor frente a posibles violaciones a
los principios de la sana competencia.
5. Intervenir en la aplicación del régimen disciplinario por el
incumplimiento de las disposiciones legales y/o reglamentarias en que
incurriesen los titulares de las administraciones portuarias públicas y
privadas.
6. Coordinar el accionar de los distintos organismos del ESTADO
NACIONAL y entes privados que interactúan en el ámbito portuario.
7. Planificar, proponer e implementar las políticas y acciones en
materia ambiental que desarrolle la Agencia en todas aquellas
actividades que hacen al cumplimiento de su objeto.
8. Asistir a la Dirección Ejecutiva en la elaboración, ejecución y
evaluación de políticas y planes referidos a los puertos, puertos
secos, vías navegables, transporte fluvial y marítimo y nodos
logísticos y multimodales.
9. Dirigir la realización de estudios para la actualización de la
normativa vigente en lo referente a modalidades operativas, aptitud
técnica de equipos, seguros, capacitación y titulación del personal
embarcado y toda otra normativa vinculada al ámbito de su competencia.
10. Asistir a la Dirección Ejecutiva en las negociaciones,
implementación y suscripción de convenios en materia de transporte
fluvial, marítimo y lacustre a nivel nacional e internacional y
efectuar, en coordinación con la GERENCIA DE COORDINACIÓN LEGAL Y
ADMINISTRATIVA, el control del tráfico derivado del cumplimiento de los
mismos.
11. Prestar asesoramiento técnico, en el ámbito de su competencia, en
las comisiones, foros y organismos nacionales e internacionales.
12. Asistir en el control del cumplimiento de la Ley de Cabotaje
Nacional, la normativa vinculada y tramitar las excepciones a la misma.
13. Asistir en las autorizaciones de incorporaciones y ceses de buques
y artefactos navales a la matrícula nacional, con excepción de los
buques pesqueros; así como intervenir en las autorizaciones especiales
que requiera la normativa vigente, y llevar los correspondientes
registros.
14. Colaborar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de los
pliegos técnicos para el otorgamiento de concesiones o contrataciones
que pudieren corresponder, cuando le sea requerido.
15. Entender en el mantenimiento y reparación de toda la traza ferroviaria de la Agencia.
16. Intervenir en la programación y ejecución de las operaciones portuarias con cruceros y ferris y sus terminales dedicadas.
17. Controlar que los titulares de las habilitaciones portuarias y
declaratorias otorgadas, den cumplimiento a los proyectos constructivos
y operativos que justificaron su solicitud, como así también controlar
el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los titulares de
espacios portuarios otorgados por la Agencia, en lo que fuere materia
de su competencia.
18. Brindar asesoramiento a las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES y a los particulares que así lo requieran, a su
requerimiento, que promuevan las instalaciones de puertos en sus
respectivos territorios.
19. Asistir a la Dirección Ejecutiva en la fijación de las políticas
generales en materia portuaria y de administración y explotación de
vías navegables.
20. Controlar en el ámbito portuario el cumplimiento de cualquier ley o
reglamentación cuya aplicación competa a una autoridad nacional.
21. Asistir a la Dirección Ejecutiva en el control y fiscalización de
los servicios de transporte fluvial, marítimo y los vinculados a ellos
que se desarrollen en el ámbito de su competencia.
22. Asistir a la Dirección Ejecutiva en materia de compensaciones
tarifarias y de costos de explotación del transporte fluvial y marítimo
y de las actividades portuarias y vías navegables.
23. Asesorar técnicamente en la promoción de la asociación con sujetos
públicos o privados para la administración y explotación de los puertos
incluyendo a las actividades conexas, accesorias y complementarias a la
actividad portuarias, o a la planificación y desarrollo de
establecimientos tales como puertos secos, nodos logísticos,
aeroportuarios o ferroportuarios, centros de transferencia de carga
para el transporte multimodal.
24. Asistir técnicamente a la Dirección Ejecutiva en la promoción de la
inversión privada para el desarrollo portuario y de las vías navegables.
25. Asistir a la Dirección Ejecutiva en la regulación y control de las
concesiones de obras y servicios sobre las vías navegables
interjurisdiccionales de la REPÚBLICA ARGENTINA.
26. Coordinar la gestión para la habilitación correspondiente a empresas privadas que presten servicios operativos portuarios.
27. Gestionar la aprobación de obras y/o instalaciones que solicitaren
los titulares de espacios portuarios otorgados por la Agencia en la
relación contractual respecto del área de ocupación, del desarrollo de
las actividades descriptas en el objeto autorizado y mantenimiento del
inmueble.
28. Entender en el control de la operación y mantenimiento de la vía
navegable troncal, en el marco del rol de la AGENCIA NACIONAL DE
PUERTOS Y NAVEGACIÓN como Concesionario de la Vía Navegable Troncal
hasta tanto se adjudique la licitación pública encomendada por el
Decreto N° 709/24.
29. Ejercer el control de las concesiones, operadores y actividades del
Puerto de Buenos Aires y el poder de policía e imposición sobre el
establecimiento y los bienes muebles e inmuebles que lo integran.
30. Asistir a la Dirección Ejecutiva en la delimitación de la
jurisdicción portuaria nacional y evaluar y proponer las medidas a
implementar respecto de los bienes del dominio estatal
que lo conforman, en coordinación con otras áreas de la Agencia con competencia en la materia.
IF-2025-07699822-APN-ANPYN#MEC
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