AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 40/2025
RESOL-2025-40-APN-D#ARN
Ciudad de Buenos Aires, 28/01/2025
VISTO el Expediente Electrónico N° EX2024-76985259-APN-GSRFYS#ARN, la
Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto
Reglamentario N° 1390/98, lo actuado por la GERENCIA SEGURIDAD
RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a), de la Ley N°
24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad
nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones
que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su
competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o
Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.
Que la referida Ley, en su Artículo 16, Inciso c), establece que es
facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o
Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.
Que mediante Nota N° NO-2024-72817224-APN-GASNYA#CNEA, de fecha 11 de
julio de 2024, la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) solicitó
a esta ARN el otorgamiento de la Renovación de la Licencia de Operación
de la Instalación Clase I denominada “PLANTA DE FABRICACIÓN DE
ELEMENTOS COMBUSTIBLES PARA REACTORES DE INVESTIGACIÓN (ECRI)”, ubicada
en el Centro Atómico Constituyentes.
Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para
los usuarios de material radiactivo el pago de la tasa regulatoria.
Que, de acuerdo a los registros de la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
Y RECURSOS - SECTOR FACTURACIÓN Y COMERCIO EXTERIOR de la ARN, la CNEA
adeuda el pago de la tasa regulatoria previsto en el Artículo 26 de la
Ley N° 24.804, conforme surge de la Factura N° 0001-00068268.
Que el otorgamiento de una renovación de la Licencia de Operación a un
usuario de material radiactivo que no ha dado cumplimiento al pago de
la tasa regulatoria exigido por el Artículo 26 de la Ley N° 24.804,
conlleva una excepción a lo dispuesto en la citada normativa.
Que, mediante Nota N° NO-2024-139680878-APN-CNEA#JGM, de fecha 20 de
diciembre de 2024, el Presidente de la CNEA informó que se encuentra
demorado el pago de la factura adeudada y solicitó contemplar, en
carácter de excepción, la prosecución del trámite de Renovación de la
Licencia de Operación de la Instalación Clase I “PLANTA DE FABRICACIÓN
DE ELEMENTOS COMBUSTIBLES PARA REACTORES DE INVESTIGACIÓN”.
Que el pago de la tasa regulatoria será efectuado con posterioridad a
la emisión de la Renovación de la Licencia de operación solicitada.
Que ECRI es una instalación fundamental para continuar con la provisión
de combustibles y blancos de irradiación para la producción de
radioisótopos que se realizan en el reactor de investigación RA-3, así
como también para continuar con la Etapa III del proceso de ampliación
y mejora del sector de cajas de guantes, a fin de asegurar el
cumplimiento de los compromisos preestablecidos con otros grupos de la
CNEA, como el suministro de elementos combustibles para el Proyecto
RA-10, además de mejorar las condiciones vinculadas a protección
radiológica y seguridad nuclear de la instalación.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, las
SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL CICLO
DE COMBUSTIBLE NUCLEAR y CONTROL DE LAS SALVAGUARDIAS Y PROTECCIÓN
FÍSICA y las ACTIVIDADES ACTUALIZACIÓN SISTEMA DE LICENCIAMIENTO DE ARN
y SEGURIDAD FÍSICA Y NUCLEAR, recomiendan dar curso favorable al
otorgamiento de la Renovación de la Licencia de Operación de la
Instalación Clase I, denominada “PLANTA DE FABRICACIÓN DE ELEMENTOS
COMBUSTIBLES PARA REACTORES DE INVESTIGACIÓN (ECRI)”, por cuanto se ha
dado cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos en dicho
trámite y se ha verificado que la Instalación se ajusta a los
requerimientos de la normativa regulatoria de aplicación vigente.
Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.
Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente
para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el
Artículo 22, Inciso a), de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 23 de enero de 2025 (Acta N° 1),
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar la Renovación de la Licencia de Operación
solicitada por la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) para la
Instalación Clase I denominada “PLANTA DE FABRICACIÓN DE ELEMENTOS
COMBUSTIBLES PARA REACTORES DE INVESTIGACIÓN (ECRI)”, ubicada en el
Centro Atómico Constituyentes, la cual se encuentra como Anexo de la
presente Resolución, en excepción a lo establecido en el Artículo 26 de
la Ley N° 24.804.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y a las GERENCIAS
SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
Y RECURSOS. Notifíquese a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA en su
carácter de Entidad Responsable. Dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la
REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.
Leonardo Juan Sobehart
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
e. 31/01/2025 N° 4557/25 v. 31/01/2025