ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 94/2025
RESOL-2025-94-APN-ANAC#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 30/01/2025
VISTO, el expediente EX-2024-129480166- -APN-ANAC#MEC, la ley 17.285
(Código Aeronáutico), el decreto 1770 del 29 de noviembre de 2007, la
disposición 2331 de la entonces Dirección General de Circulación Aérea
y Aeródromos de la Fuerza Aérea Argentina del 30 de julio de 1964, y
CONSIDERANDO:
Que el entonces director de la Dirección Regional Noroeste (DRNO)
dependiente de la Dirección General de Infraestructura y Servicios
Aeroportuarios (DGIYSA) de la Administración Nacional de Aviación Civil
(ANAC), solicitó la inhabilitación del aeródromo Público MORTEROS /
AEROBOERO (BOE), ubicado a 1 Km al Sur de la localidad de Morteros,
Provincia de Córdoba, el cual se encuentra clausurado desde hace más de
20 años.
Que mediante la disposición 2331 del 30 de julio de año 1964 la
Dirección General de Circulación Aérea y Aeródromos de la Fuerza Aérea
habilitó el aeródromo mencionado.
Que personal de la Dirección Regional Noroeste (DRNO) concurrió al
citado Aeródromo y constató que no existen ayudas visuales de pista en
dicho inmueble, el cual se encuentra urbanizado y loteado, verificando
además que el inmueble pertenecería a otro propietario, conforme surge
de la nota NO-2024-119033760-APN-DGIYSA#ANAC.
Que reunidos todos los antecedentes previamente mencionados la
Dirección de Aeródromos (DA), dependiente de la Dirección General de
Infraestructura y Servicios Aeroportuarios (DGIYSA) de la
Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), informa que no surge
objeciones para proceder a la inhabilitación.
Que la Dirección General de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios (DGIYSA) ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ) dependiente de la Dirección
General Legal, Técnica y Administrativa (DGLTYA) de la Administración
Nacional de Aviación Civil (ANAC) ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por
el artículo 27 de la ley 17.285 (Código Aeronáutico) y por el decreto
1770 del 29 de noviembre de 2007.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto la habilitación del Aeródromo Público
MORTEROS / AEROBOERO (BOE), ubicado en la localidad de Morteros,
Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- Comunicar, notificar a Aero Talleres Boero, a la
Dirección Regional Noroeste (DRNO) dependiente de la Dirección General
de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios (DGIYSA) de la
Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), difundir la presente
resolución mediante las publicaciones de información aeronáutica.
ARTÍCULO 3º.- Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, para
su publicación en el Boletín Oficial y, cumplido archívese.
María Julia Cordero
e. 03/02/2025 N° 4943/25 v. 03/02/2025