AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO

DIRECCIÓN REGIONAL OESTE

Disposición 13/2025

DI-2025-13-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM

Caseros, Buenos Aires, 30/01/2025

VISTO la Disposición DI-2025-11-E-AFIP-DGIMPO del 24 de enero de 2025, por la cual se modifica la estructura organizativa de la Dirección General Impositiva y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1° de la Disposición mencionada precedentemente, se elimina - entre otras- la unidad orgánica denominada SECCIÓN GESTIONES Y DEVOLUCIONES B (DV OGDE), dependiente de la Dirección Regional Oeste (SDGOPIM).

Que a través del IF-2025-00350676-AFIP-DVOGDE#SDGOPIM del 28 de enero de 2025, la jefatura de la División Gestiones y Devoluciones (DI ROES) propone la modificación del Régimen de Reemplazos para los casos de ausencia o impedimento, por razones funcionales y operativas, dentro de su nivel de estructura, el que fuera establecido mediante la Disposición DI-2024-90-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM del 8 de Noviembre de 2024.

Que de acuerdo con las facultades delegadas por la Disposición DI-2018-7-E-AFIP-AFIP del 5 de enero de 2018 y a las atribuciones asignadas mediante la Disposición DI-2024-112-E-AFIP-AFIP del 12 de agosto de 2024, procede a disponer en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN REGIONAL OESTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Establecer el Régimen de Reemplazos para los casos de ausencia o impedimento de la Jefatura de la División Gestiones y Devoluciones de la Dirección Regional Oeste – ARCA – DGI, el que quedará establecido de la siguiente forma:



ARTÍCULO 2°.- Déjase sin efecto la Disposición DI-2024-90-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM del 8 de noviembre de 2024 y toda aquella Disposición anterior que nombrara reemplazos en la unidad de estructura aludida en el artículo precedente.

ARTICULO 3°.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, notifíquese y regístrese. Cumplido archívese.

Ricardo Salomon Satalovsky

e. 03/02/2025 N° 4885/25 v. 03/02/2025