AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
DIRECCIÓN REGIONAL OESTE
Disposición 13/2025
DI-2025-13-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM
Caseros, Buenos Aires, 30/01/2025
VISTO la Disposición DI-2025-11-E-AFIP-DGIMPO del 24 de enero de 2025,
por la cual se modifica la estructura organizativa de la Dirección
General Impositiva y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1° de la Disposición mencionada
precedentemente, se elimina - entre otras- la unidad orgánica
denominada SECCIÓN GESTIONES Y DEVOLUCIONES B (DV OGDE), dependiente de
la Dirección Regional Oeste (SDGOPIM).
Que a través del IF-2025-00350676-AFIP-DVOGDE#SDGOPIM del 28 de enero
de 2025, la jefatura de la División Gestiones y Devoluciones (DI ROES)
propone la modificación del Régimen de Reemplazos para los casos de
ausencia o impedimento, por razones funcionales y operativas, dentro de
su nivel de estructura, el que fuera establecido mediante la
Disposición DI-2024-90-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM del 8 de Noviembre de 2024.
Que de acuerdo con las facultades delegadas por la Disposición
DI-2018-7-E-AFIP-AFIP del 5 de enero de 2018 y a las atribuciones
asignadas mediante la Disposición DI-2024-112-E-AFIP-AFIP del 12 de
agosto de 2024, procede a disponer en consecuencia.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN REGIONAL OESTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Establecer el Régimen de Reemplazos para los casos de
ausencia o impedimento de la Jefatura de la División Gestiones y
Devoluciones de la Dirección Regional Oeste – ARCA – DGI, el que
quedará establecido de la siguiente forma:
ARTÍCULO 2°.- Déjase sin efecto la Disposición
DI-2024-90-E-AFIP-DIROES#SDGOPIM del 8 de noviembre de 2024 y toda
aquella Disposición anterior que nombrara reemplazos en la unidad de
estructura aludida en el artículo precedente.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación, notifíquese y regístrese. Cumplido
archívese.
Ricardo Salomon Satalovsky
e. 03/02/2025 N° 4885/25 v. 03/02/2025