MINISTERIO DE SALUD
Resolución 539/2025
RESOL-2025-539-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 31/01/2025
VISTO el Expediente Nº EX-2024-37434055- -APN-DCYC#MS, los Decretos
Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de
2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y
complementarias, 1026 de fecha 19 de noviembre de 2024, las
Resoluciones Nros. 36 de fecha 22 de marzo de 2017 de la SINDICATURA
GENERAL DE LA NACIÓN y sus modificatorias, y 3014 del 6 de agosto de
2024 de este MINISTERIO DE SALUD, la Disposición N° 63 de fecha 27 de
septiembre de 2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y sus
modificatorias y complementarias y ,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 3014/2024 de este MINISTERIO DE SALUD se
autorizó la convocatoria de la Contratación Directa por Exclusividad N°
80-0013-CDI24, llevada a cabo para la adquisición de SETECIENTOS
CINCUENTA Y SEIS (756) frascos ampolla de Nivolumab 40 mg y DOS MIL
DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE (2.279) frascos ampolla de Nivolumab 100 mg,
solicitada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍA
SANITARIA, y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
que rigió dicho llamado.
Que el objetivo de la presente contratación es garantizar el acceso a
las drogas mencionadas precedentemente a parte de la población de
pacientes sin recursos y con cobertura pública exclusiva que cursan
algún tipo de neoplasia y que reciben sus tratamientos a través del
Banco de Drogas Especiales dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍA SANITARIA, actuando de manera complementaria
a la cobertura jurisdiccional con la estricta finalidad de equiparar
los estándares de asistencia sanitaria en todo el territorio nacional.
Que ha tomado intervención la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS,
ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado
actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, informando que con el
Ingrediente Farmacéutico Activo (IFA) NIVOLUMAB 40 mg y 100 mg, en la
forma farmacéutica: frasco ampolla, se encuentran inscriptos en el
Registro de Especialidades Medicinales (REM) bajo el Certificado N°
57.870, de nombre comercial OPDIVO NIVOLUMAB 10 mg / ml, solución
inyectable para infusión, frasco ampolla por 4 ml y solución inyectable
para infusión, frasco ampolla por 10 ml; de titularidad ejercida por la
firma BRISTOL MYERS SQUIBB ARGENTINA S.R.L.
Que la citada firma otorgó la exclusividad para comercializar el
producto NIVOLUMAB 40 mg y 100 mg (OPDIVO) a la firma GLOBAL FARM S.A.
Que la mencionada contratación se encuentra excluida del Control de
Precios Testigo, conforme lo establecido en el artículo 3°, inciso c)
del Anexo I de la Resolución N° 36/17 de la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACIÓN y sus modificatorias.
Que se difundió el Proceso de Compra en el Sistema Electrónico de
Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR.
Que conforme consta en el Acta de Apertura de fecha 9 de mayo de 2024,
surge la presentación de la oferta de la firma GLOBAL FARM S.A. para
los renglones 1 y 2, por un monto total de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS
SESENTA MILLONES CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UNO
CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 6.760.185.591,64.-).
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍA SANITARIA
elaboró el correspondiente Informe Técnico referido a la oferta
presentada para los renglones 1 y 2, en donde determinó el
cumplimiento, por parte de éstas, de las Especificaciones Técnicas
requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió
el llamado.
Que, por lo expuesto, la mentada DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES,
en función de los análisis administrativos y técnicos preliminares y la
documentación obrante en el expediente respectivo, recomendó en fecha
20 de mayo de 2024, la adjudicación de la oferta de la firma GLOBAL
FARM S.A. para los renglones 1 y 2, por un monto total de PESOS SEIS
MIL SETECIENTOS SESENTA MILLONES CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS
NOVENTA Y UNO CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 6.760.185.591,64.-), por
resultar económicamente conveniente.
Que corresponde entonces proceder a la adjudicación de la referida
Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0013-CDI24, de acuerdo a la
mencionada recomendación.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO y la
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Decreto N° 1026/24 y por el artículo 9°, inciso e) y su Anexo
del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración
Nacional” aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y
normas complementarias.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Adjudícase la Contratación Directa por Exclusividad N°
80-0013-CDI24 para la “Adquisición de Nivolumab 40 y 100 mg”, a favor
de la firma GLOBAL FARM S.A. (CUIT N° 30-70098905-0) para los renglones
1 y 2, por un monto total de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS SESENTA
MILLONES CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UNO CON
SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 6.760.185.591,64.-), de acuerdo a las
cantidades y sumas que a continuación se detallan:
a. Renglón 1 por una cantidad de SETECIENTAS CINCUENTA Y SEIS (756)
unidades, por la suma de PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES
NOVECIENTOS CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS ($ 791.905.842. -).
b. Renglón 2 por una cantidad de DOS MIL DOSCIENTAS SETENTA Y NUEVE
(2.279) unidades, por la suma de PESOS CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y
OCHO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y
NUEVE CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 5.968.279.749,64.-).
ARTÍCULO 2º.- La suma total de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS SESENTA
MILLONES CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UNO CON
SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 6.760.185.591,64.-) a la que asciende la
presente contratación, se imputará con cargo a las partidas
presupuestarias de este MINISTERIO DE SALUD, de acuerdo al siguiente
detalle: PESOS CIEN ($ 100.-) al Ejercicio 2024, programa 29.0.0.46.0,
IPP 2.5.2 fuente de financiamiento 11, y PESOS SEIS MIL SETECIENTOS
SESENTA MILLONES CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO
CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 6.760.185.491,64.-) al Ejercicio 2025,
programa 29.0.0.46.0, IPP 2.5.2 fuente de financiamiento 11.
ARTÍCULO 3°. - Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
y/o a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, a elaborar y suscribir la
pertinente Orden de Compra.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer,
a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de VEINTE (20)
días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo
dentro del plazo de TREINTA (30) días hábiles a partir de su
notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto
impugnado, conforme lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del
Reglamento de Procedimientos Administrativos, reglamentado por Decreto
1759/72 (T.O. 2017) y su modificatorio Decreto N° 695/24.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mario Iván Lugones
e. 04/02/2025 N° 5155/25 v. 04/02/2025