MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución 118/2025
RESOL-2025-118-APN-SE#MCH
Ciudad de Buenos Aires, 04/02/2025
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2024-112035146- -APN-DNGU#ME, los
Decretos N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y N°
862 de fecha 27 de setiembre de 2024 y la Ley N° 24.521 de Educación
Superior, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el VISTO la UNIVERSIDAD PROVINCIAL DE
CÓRDOBA comunicó a esta SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, en los términos del
artículo 34 de la Ley Nº 24.521 de Educación Superior, la aprobación de
la reforma parcial de su Estatuto.
Que la reforma estatutaria de que se trata fue aprobada por Resolución Rectoral Nro. 173 de fecha 23 de mayo de 2024.
Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley N°
24.521 de Educación Superior, las Instituciones Universitarias deben
comunicar a esta SECRETARÍA DE EDUCACIÓN la aprobación de los estatutos
y sus reformas a efectos de que se verifique la adecuación de los
mismos a la legislación vigente y de ordenar, en el caso de que ello
corresponda, la pertinente publicación de su texto en el Boletín
Oficial.
Que del análisis del contenido de la reforma estatutaria sometida a la
consideración de esta autoridad de aplicación no surgen objeciones
legales que formular, correspondiendo disponer su publicación en el
Boletín Oficial.
Que si bien el estatuto de la UNIVERSIDAD PROVINCIAL DE CÓRDOBA incluye
el domicilio de la sede principal de dicha Casa de Altos Estudios en un
sentido amplio con indicación únicamente de la localidad en la que se
encuentra el mismo, la referida Institución Universitaria informó ante
esta autoridad de aplicación el domicilio exacto en donde funciona su
sede principal (Av. Ricchieri N° 1955, Campus Ciudad de las Artes,
Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba); el que tiene la calidad de
domicilio constituido a todos los efectos académicos y legales y en
donde resulta válida cualquier notificación y/o comunicación que se le
curse mientras el mismo no sea modificado y debidamente comunicado a
esta SECRETARÍA DE EDUCACIÓN.
Que ha tomado la intervención que le corresponde la DIRECCIÓN NACIONAL
DE GESTIÓN UNIVERSITARIA, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS
UNIVERSITARIAS.
Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención pertinente.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO
DE CAPITAL HUMANO, ha intervenido conforme sus competencias.
Que el presente acto se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo
34 de la Ley Nº 24.521 de Educación Superior, y lo dispuesto por el
Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DEL MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Hágase saber que la reforma del Estatuto de la
UNIVERSIDAD PROVINCIAL DE CÓRDOBA que obra como Anexo de la presente
(IF-2024-116196660-APN-DNGU#MCH), encuadra dentro de los lineamientos
establecidos por la Ley N° 24.521 de Educación Superior.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese.
Carlos Horacio Torrendell
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 07/02/2025 N° 6033/25 v. 07/02/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)