MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 97/2025
RESOL-2025-97-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 10/02/2025
VISTO el Expediente N°
EX-2025-12692672-APN-DGDMDP#MEC, la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y
sus modificaciones, los Decretos Nros. 606 de fecha 28 de abril de 2014
y sus modificatorios, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, 215 de fecha 1° de marzo de 2024, la resolución 1.394
de fecha 16 de diciembre de 2024 del MINISTERIO DE ECONOMÍA
(RESOL-2024-1394-APN-MEC), y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto N° 606 de fecha 28 de abril de 2014 y sus
modificatorios se creó el Fondo Fiduciario Público, actualmente
denominado Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP), con el
objetivo de “(i) permitir un mayor acceso al financiamiento; (ii)
promover la inversión y/o el consumo; (iii) contribuir al desarrollo de
las cadenas de valor en sectores estratégicos para el desarrollo
económico y social del país; (iv) contribuir a la puesta en marcha y/o
el sostenimiento de actividades y/o empresas con elevado contenido
tecnológico, estratégicas para el desarrollo nacional o importantes
para la generación de mayor valor agregado en las economías regionales”.
Que mediante el Artículo 11 del mencionado decreto se designó al ex
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN como Autoridad de Aplicación, facultándolo a
dictar las normas aclaratorias, complementarias y las sanciones que
resulten pertinentes.
Que por el Artículo 13 de la referida normativa, se creó el Comité
Ejecutivo del Fondo para el Desarrollo Económico Argentino (FONDEAR),
actual FONDEP, integrado por DOS (2) representantes titulares y DOS (2)
representantes suplentes del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, los cuales
deberán ser designados por el titular de la respectiva Cartera
Ministerial y ejercerán sus funciones con carácter ad-honorem.
Que mediante el Decreto N° 8 de fecha 10 de diciembre de 2023 se
sustituyó el Artículo 1° de la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus
modificaciones, asignándole al MINISTERIO DE ECONOMÍA las competencias
anteriormente atribuidas al ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, en todo lo
inherente al desarrollo productivo y la industria, entre otras.
Que a través del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, se sustituyó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, estableciendo los objetivos y funciones, entre
otras, de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE PRODUCCIÓN, de la SECRETARÍA
DE INDUSTRIA Y COMERCIO, y de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA INDUSTRIAL
de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del citado Ministerio.
Que el titular de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE PRODUCCIÓN del
MINISTERIO DE ECONOMÍA tiene entre sus funciones asistir al Ministro en
la determinación de los objetivos y las políticas para la industria y
el comercio, las pequeñas y medianas empresas, los emprendedores y la
economía del conocimiento; y en la coordinación de la gestión operativa
de dichas áreas.
Que, en dicho orden de ideas, por el Decreto N° 215 de fecha 1° de
marzo de 2024, se designó al MINISTERIO DE ECONOMÍA como fiduciante en
representación del ESTADO NACIONAL, en todos los fondos fiduciarios
integrados total o parcialmente con bienes y/o fondos del ESTADO
NACIONAL, ejerciendo en ese carácter la dirección y conducción de
dichos fondos fiduciarios.
Que, a fin de operativizar los instrumentos de asistencia del FONDEP y
así poder seguir impulsando la recuperación del entramado productivo de
la Nación, facilitando el acceso al financiamiento de sus distintos
actores, resulta oportuno derogar la Resolución N° 1.394 de fecha 16 de
diciembre de 2024 del MINISTERIO DE ECONOMÍA (RESOL-2024-1394-APN-MEC),
por la cual se delegó el ejercicio de las funciones de Autoridad de
Aplicación del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP), a la
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA
DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y que dicho ejercicio se
delegue en la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE PRODUCCIÓN del MINISTERIO
DE ECONOMÍA.
Que, se considera prudente la designación de un miembro suplente del
Comité a fin de asegurar la operatividad del mismo, ante cualquier
eventualidad.
Que, asimismo, resulta necesario y oportuno el reemplazo de los miembros integrantes del Comité Ejecutivo de dicho Fondo.
Que resulta conveniente autorizar al Secretario de Coordinación de
Producción del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a reemplazar a los
representantes titulares y suplentes de esta Cartera ante el Comité
Ejecutivo del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP).
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas en la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, y
en el Decreto N° 606/14 y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase al Secretario de Coordinación de Producción del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, Licenciado en Economía Pablo Agustín LAVIGNE
(MI N° 30.448.069), como representante titular del MINISTERIO DE
ECONOMÍA en el Comité Ejecutivo del Fondo Nacional de Desarrollo
Productivo (FONDEP).
ARTÍCULO 2°.- Desígnase al Secretario de Industria y Comercio del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, Licenciado en Economía Esteban MARZORATI (MI N°
30.448.693), como representante titular del MINISTERIO DE ECONOMÍA en
el Comité Ejecutivo del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo
(FONDEP).
ARTÍCULO 3°.- Desígnase a la Subsecretaria de Política Industrial de la
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA,
Licenciada en Economía Daniela Verónica RAMOS (MI N° 21.114.617), como
representante suplente del MINISTERIO DE ECONOMÍA en el Comité
Ejecutivo del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP).
ARTÍCULO 4°.- Derógase la Resolución N° 1.394 de fecha 16 de diciembre
de 2024 del MINISTERIO DE ECONOMÍA (RESOL-2024-1394-APN-MEC).
ARTÍCULO 5°.- Delégase en la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE PRODUCCIÓN
del MINISTERIO DE ECONOMÍA, el ejercicio de las funciones de Autoridad
de Aplicación del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) del
Decreto N° 606 de fecha 28 de abril de 2014 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 6º.- Autorízase al Secretario de Coordinación de Producción
del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a reemplazar a los representantes titulares
y suplentes de este Ministerio ante el Comité Ejecutivo del Fondo
Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP).
ARTÍCULO 7°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su dictado.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Luis Andres Caputo
e. 12/02/2025 N° 7135/25 v. 12/02/2025