MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
Resolución 191/2025
RESOL-2025-191-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 12/02/2025
VISTO el Expediente N° EX-2024-104836045-APN-SICYT#JGM, la Ley N°
27.701, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus
modificatorios y complementarios, 8 del 2 de enero de 2024, 958 del 25
de octubre de 2024, 1131 del 27 de diciembre de 2024, 58 del 3 de
febrero de 2025, las Decisiones Administrativas Nros. 340 del 16 de
mayo de 2024, 3 del 15 de enero de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1131/24 se estableció que las disposiciones de la
Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2023, sus normas modificatorias y complementarias, regirán
a partir del 1° de enero de 2025, en virtud de lo establecido por el
artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.
Que por la Decisión Administrativa N° 3/25, se distribuyeron los
Recursos y los Créditos Presupuestarios para dar inicio a la ejecución
del Ejercicio Fiscal 2025.
Que por el Decreto N° 58/25 y a efectos de resaltar las competencias
asignadas al MINISTERIO DE SEGURIDAD se modificó su denominación,
siendo la actual MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL que refleja su misión
en la prevención y la lucha contra los delitos federales, entre los que
se encuentran el narcotráfico, la trata de personas y otros delitos
organizados y complejos, en concordancia con el cambio de paradigma del
concepto “Seguridad”, a la vez que se consideran transferidos los
créditos presupuestarios, unidades organizativas, bienes, personal con
sus cargos y dotaciones vigentes a la fecha del MINISTERIO DE SEGURIDAD
al MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL.
Que por el Decreto N° 8/24 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
correspondiente al entonces MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que por el artículo 2º del Decreto Nº 958/24 se estableció que
corresponde al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los
Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de
la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, en sus respectivos ámbitos, efectuar y/o prorrogar las
designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las
estructuras organizativas vigentes, en el ámbito de la Administración
Pública Nacional, centralizada y descentralizada, incluyendo las que
correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su
órbita, como así también que podrán disponer y/o prorrogar asignaciones
transitorias de funciones para los casos de las estructuras
organizativas que dependan de cada una de ellos, incluyendo las que
correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su
órbita, previa intervención del órgano rector en materia de empleo
público a los fines de certificar el cumplimiento de los requisitos de
ingreso a la Administración Pública Nacional establecidos por la Ley N°
25.164 y su Decreto reglamentario.
Que por la Decisión Administrativa N° 340/24 se aprobó la entonces
estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de este
Ministerio.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del entonces
cargo de Director o Directora Nacional de Investigación Criminal del
entonces MINISTERIO DE SEGURIDAD y del cargo de Director o Directora
Nacional de Investigaciones de Delitos Federales de la SUBSECRETARÍA DE
INVESTIGACIÓN CRIMINAL de la SECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO
Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA de este MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL.
Que la cobertura transitoria de los cargos aludidos no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO y la SECRETARÍA DE
TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE
DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO y la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio han intervenido en el marco de sus
competencias.
Que la presente medida se dicta en orden a lo establecido en la Ley
22.250 y sus modificatorias y el artículo 2º del Decreto N° 958/24.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Desígnase con carácter transitorio, a partir del 2 de
enero de 2024 y hasta el 15 de mayo de 2024, al abogado Pablo Francisco
ARGIBAY MOLINA (D.N.I. N° 21.831.701), en el entonces cargo de Director
Nacional de Investigación Criminal del entonces MINISTERIO DE
SEGURIDAD, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y
complementarios.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y
se efectúa la presente designación transitoria con carácter de
excepción respecto a las disposiciones del artículo 14 de dicho
Convenio.
ARTÍCULO 2º.- Desígnase con carácter transitorio, a partir del 16 de
mayo de 2024 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha de la presente medida, al abogado Pablo
Francisco ARGIBAY MOLINA (D.N.I. N° 21.831.701), en el cargo de
Director Nacional de Investigaciones de Delitos Federales de la
SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL de la SECRETARÍA DE LUCHA
CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA de este MINISTERIO
DE SEGURIDAD NACIONAL, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y
complementarios.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y
se efectúa la presente designación transitoria con carácter de
excepción respecto a las disposiciones del artículo 14 de dicho
Convenio.
ARTÍCULO 3°.- El cargo involucrado en el artículo 2° de la presente
resolución deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y
complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles,
contados a partir de la notificación de la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto
precedentemente, se imputará con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente de la Jurisdicción 41 – MINISTERIO DE SEGURIDAD
NACIONAL.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
e. 14/02/2025 N° 7889/25 v. 14/02/2025