MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA
DEFENSORÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Resolución 128/2025
RDGN-2025-128-E-MPD-DGN#MPD
Ciudad de Buenos Aires, 19/02/2025
VISTO: Las Resoluciones DGN Nº 564/07, Nº 416/14, Nº 1675/17,
RDGN-2021-96-E-MPD- DGN#MPD, RDGN-2022-152-E-MPD-DGN#MPD,
RDGN-2023-508-E-MPD-DGN#MPD, RDGN-2024-90-E-MPD-DGN#MPD y
RDGN-2019-1484-E-MPD-DGN#MPD; la “Ley Orgánica del Ministerio Público
de la Defensa de la Nación Nº 27.149”; y
CONSIDERANDO:
I. Que el Área de Gestión y Planificación de Espacios Físicos de la
Dirección General de Administración propició que se incremente el monto
de las locaciones que podrán tramitarse fuera del régimen previsto en
el “Régimen para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y
Servicios del Ministerio Público de la Defensa” (aprobado por
RDGN-2019-1484-E-MPD-DGN#MPD y modificatorias).
A fin de sustentar su propuesta expresó que, mediante
RDGN-2024-90-E-MPD-DGN#MPD, se incrementó el mismo a la suma de pesos
cuarenta y dos millones ($ 42.000.000,00.-); siendo que en caso de
superarlo, las locaciones se tramitarán por los procedimientos
previstos en el Régimen para la Adquisición, Enajenación y
Contrataciones de Bienes y Servicios del Ministerio Público de la
Defensa.
Agrego que, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido y el actual
contexto económico de nuestro país, como también las condiciones que
rigen dentro del mercado inmobiliario, el cual sufre constantes
variaciones e incrementos progresivos, esa Área ha encontrado serias
dificultades para concretar tanto la renovación de contratos como la
suscripción de nuevas locaciones, con la consiguiente probabilidad de
no poder satisfacer en tiempo oportuno las necesidades edilicias del
organismo.
A lo expuesto, añadió que a fin de cumplimentar las necesidades en
tiempo oportuno devenía necesaria la revisión del monto antes señalado.
Sobre la base de tales consideraciones, estimó pertinente elevar el
limite en cuestión hasta los setenta y cinco millones de pesos ($
75.000.000).
II. A su turno, luce la intervención de la Oficina de Administración
General y Financiera que, a través del informe
IF-2025-00003103-MPD-SGAF#MPD, estimó conveniente proceder al aumento
del monto conforme el valor referido.
III. La Asesoría Jurídica de esta Defensoría General de la Nación tomó
la intervención de su competencia y no formuló objeciones de índole
legal para que se proceda a la modificación señalada.
Por ello, en virtud de lo normado por el artículo 35 de la Ley N° 27.149, en mi carácter de Defensora General de la Nación;
RESUELVO:
I. INCREMENTAR el monto establecido en el artículo 2 del Anexo I de la
Resolución DGN N° 564/07 –modificada por Resoluciones DGN Nº 416/14,
1675/17, RDGN-2021-96-E-MPD-DGN#MPD, RDGN- 2022-152-E-MPD-DGN#MPD,
RDGN-2023-508-E-MPD-DGN#MPD y RDGN-2024-90-E-MPD-DGN#MPD – a la suma de
pesos setenta y cinco millones ($ 75.000.000,00.-).
II. MODIFICAR el artículo 2 del Anexo I a la Resolución DGN 564/07
-modificado por Resoluciones DGN Nº 416/14, 1675/17,
RDGN-2021-96-E-MPD-DGN#MPD, RDGN-2022-152-E-MPD-DGN#MPD,
RDGN-2023-508-E-MPD-DGN#MPD y RDGN-2024-90-E-MPD-DGN#MPD - el que
quedará redactado de la siguiente manera:
- Artículo 2 del Anexo I a la Resolución DGN N° 564/07 “Artículo 2° -
Procedimiento: Los contratos de locación cuyo costo total estimado
resulte menor o igual a la suma de pesos setenta y cinco millones ($
75.000.000,00.-) tramitarán de acuerdo a lo establecido en los
artículos siguientes.
En los casos en que el costo estimado supere dicho monto, el proceso de
selección se efectuará con arreglo a lo establecido en el Régimen para
la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del
Ministerio Público de la Defensa”.
III. DISPONER que la presente modificación regirá a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
Protocolícese, hágase saber a la Oficina de Administración General y
Financiera y a las áreas correspondientes. Publíquese en la página web
del organismo y en el Boletín Oficial de la República Argentina por un
(1) día.
Oportunamente, archívese.
Stella Maris Martinez
e. 21/02/2025 N° 9932/25 v. 21/02/2025