DUELO NACIONAL
Decreto 118/2025
DECTO-2025-118-APN-PTE - Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina.
Ciudad de Buenos Aires, 23/02/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-18316654- -APN-DSGA#SLYT, y
CONSIDERANDO:
Que el 7 de octubre de 2023 la organización terrorista HAMAS llevó
adelante un ataque contra el ESTADO DE ISRAEL mediante diversas
operaciones criminales que atentan contra la dignidad humana, entre las
que se encuentra el secuestro indiscriminado de civiles inocentes.
Que, en ese marco, la organización terrorista mantuvo como rehenes a
los CUATRO (4) integrantes de la familia SILBERMAN BIBAS, estos son
Yarden, Shiri y sus hijos Ariel y Kfir.
Que las autoridades del ESTADO DE ISRAEL y la organización terrorista
HAMAS acordaron un cese de hostilidades con el fin de llevar a cabo un
proceso de liberación de rehenes en el cual Yarden, padre de la
referida familia, fue liberado el 1° de febrero del corriente.
Que el 19 de febrero de 2025 las autoridades del ESTADO DE ISRAEL
informaron la muerte de Shiri y los hermanos Ariel y Kfir mientras eran
mantenidos en cautiverio por la organización terrorista HAMAS.
Que la REPÚBLICA ARGENTINA exige la liberación de los civiles inocentes
rehenes de la organización terrorista HAMAS y se solidariza con el
ESTADO DE ISRAEL y con las víctimas, por lo que resulta un deber honrar
la memoria de los fallecidos a causa de las acciones de dicha
organización terrorista.
Que el hecho acaecido ha provocado una enorme consternación en la comunidad y en todo el país.
Que el Gobierno y el pueblo de la Nación Argentina acompañan con su
solidaridad y pesar el dolor de los familiares de las víctimas.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA por el término de DOS (2) días a partir del día de
la fecha, con motivo del fallecimiento de Shiri, Ariel y Kfir SILBERMAN
BIBAS.
ARTÍCULO 2°.- Por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO se expresarán a las familias de las víctimas las
condolencias del Gobierno Nacional.
ARTÍCULO 3°.- Durante los días de duelo la Bandera Nacional permanecerá izada a media asta en todos los edificios públicos.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Gerardo Werthein
e. 24/02/2025 N° 10454/25 v. 24/02/2025