MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
Resolución 99/2025
RESOL-2025-99-APN-MCH
Ciudad de Buenos Aires, 21/02/2025
VISTO el Expediente N° EX-2024-77796093- -APN-SICYT#JGM, la Ley de
Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus
modificatorios, la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2023, prorrogada por los
Decretos Nros. 88 de fecha 26 de diciembre de 2023 y 1131 de fecha 27
diciembre 2024, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal
del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el
Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios, los Decretos Nros. 50 de fecha 19 de diciembre de 2019
y sus modificatorios, 8 de fecha 10 de diciembre de 2023, 862 del 27 de
septiembre de 2024 y 958 de fecha 25 de octubre de 2024, las Decisiones
Administrativas Nros. 723 del 5 de mayo de 2020 y su modificatoria N°
1164 del 30 de Noviembre de 2021 y 3 de fecha 15 de enero de 2025, la
Resolución N° 20 de fecha 15 de noviembre de 2024 de la de la
SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del
MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 8/2023, se sustituyó el artículo 1° de la Ley de
Ministerios con sus modificatorias, creándose, entre otros, el
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que por el Decreto N° 86/2023, se aprobó el Organigrama de aplicación
de la Administración Nacional Centralizada hasta nivel de
Subsecretaría, aprobando, asimismo, sus respectivos objetivos, entre
los que se encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE CAPITAL
HUMANO.
Que, mediante la Decisión Administrativa N° 723/2020 y su modificatoria
N° 1164/2021 se aprobaron las estructuras organizativas de primer y
segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que por el Decreto N° 862/2024 se aprobó la estructura organizativa de
primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que por el Decreto N° 958/2024, se faculta al JEFE DE GABINETE DE
MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de
Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en sus respectivos
ámbitos, efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de
personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango
y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados
presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas
vigentes, en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo
vacante y financiado de Directora Nacional de Articulación Territorial
para el Desarrollo Familiar perteneciente a la SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICAS FAMILIARES de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y
FAMILIA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la presente medida se tramita de acuerdo a los lineamientos
establecidos por la Resolución N° 20/2024 de la Secretaría de
Transformación del Estado y Función Pública.
Que la DIRECCIÓN DE INTERPRETACIÓN Y ASISTENCIA NORMATIVA, la OFICINA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO y la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO
Y FUNCIÓN PÚBLICA, dependientes del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y
TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, han tomado la intervención de su competencia
Que la COORDINACIÓN DE PRESUPUESTO DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA de
la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO
DE CAPITAL HUMANO, ha efectuado la afectación preventiva
correspondiente.
Que el gasto que demande la presente medida, será imputado con cargo a
las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley N° 27.701 del
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2023, prorrogada por los Decretos N° 88/23 y N° 1131/24, y distribuido
por la Decisión Administrativa N° 3/2025.
Que el Servicio Jurídico Permanente ha efectuado la intervención que le compete.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA y
FAMILIA de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA y FAMILIA del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO ha procedido a la intervención de su
competencia.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
han intervenido conforme sus competencias.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 2º del Decreto Nº 958/24.
Por ello,
LA MINISTRA DE CAPITAL HUMANO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por designada, a partir el 1° de junio de 2024 y
hasta 26 de septiembre de 2024, a la señora Candelaria del Rosario
TOLABA (D.N.I. N° 36.501.411), en el cargo de Directora Nacional de
Articulación Territorial para el Desarrollo Familiar perteneciente a la
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS FAMILIARES de la SECRETARÍA NACIONAL DE
NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, Nivel
A, Grado 0, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal
del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el
Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y
se efectúa la presente designación transitoria con autorización
excepcional por no reunir la señora Candelaria del Rosario TOLABA los
requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
resolución ministerial será atendido con cargo a las partidas
específicas de la JURISDICCIÓN 88 - MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO,
SUBJURISDICCIÓN 02 - SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y
FAMILIA.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la señora Candelaria del Rosario TOLABA (D.N.I. N° 36.501.411).
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese dentro del plazo de CINCO (5) días de su
publicación a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL, a la
DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL y a la
SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA, todas ellas
dependientes del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL
ESTADO.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Sandra Pettovello
e. 26/02/2025 N° 10851/25 v. 26/02/2025