INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 106/2025
RESOL-2025-106-APN-INCAA#SC
Ciudad de Buenos Aires, 26/02/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-13288816-APN-SGTYC#INCAA del Registro
del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, las Leyes Nº
17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha
20 de agosto de 2002 y N° 202 de fecha 28 de febrero de 2024, las
Resoluciones INCAA N° 1 de fecha 2 de enero de 2017, Nº 65 de fecha 12
de enero de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, establece que el
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tiene a su cargo el
fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el
Territorio de la República Argentina, y en el exterior, en cuanto se
refiere a la cinematografía nacional, de acuerdo con las disposiciones
que la propia ley establece.
Que el artículo 3º de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias
establece los deberes y atribuciones del Presidente del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
Que la misión del organismo es promover la innovación,
profesionalización y calidad en cada etapa de la producción
audiovisual, con el objetivo de fortalecer la industria audiovisual
como un sector competitivo, moderno y sustentable, que contribuya a la
identidad cultural del país y expanda su alcance hacia nuevos mercados
globales.
Que, tras el reordenamiento de las cuentas del organismo, se considera
oportuno y conveniente eliminar aranceles oportunamente impuestos, como
incentivo a la industria de la exhibición audiovisual, en concordancia
con la eliminación de impuestos y tasas dispuesta por el Gobierno
Nacional.
Que la SUBGERENCIA DE PROMOCIÓN, GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS,
la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS, la GERENCIA GENERAL y la GERENCIA DE
ASUNTOS LEGALES han tomado la intervención que les compete.
Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de la
Ley 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y los Decretos N° 1536/2002
y N° 202/2024.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Derogar el artículo 7º de la Resolución INCAA N° 1/2017.
ARTÍCULO 2°.- Derogar el artículo 5º de la Resolución INCAA N° 65/2017.
ARTÍCULO 3°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.
Carlos Luis Pirovano
e. 28/02/2025 N° 11627/25 v. 28/02/2025