MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
Resolución 275/2025
RESOL-2025-275-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 27/02/2025
VISTO el EX-2025-19766862- -APN-UOPNR#MSG, del Registro del MINISTERIO
DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº
445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias, y las
Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de
2019 y N° 549 de fecha 19 de agosto de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que ante la FISCALIA DE INSTRUCCIÓN de BELL VILLE (Tercera
Circunscripción Judicial), Provincia de Córdoba, a cargo de la doctora
Isabel REYNA, tramitan los autos caratulados “AVOCAMIENTO POR
DESAPARICIÓN DE PERSONA –SJ- ACTUACIONES LABRADAS” Expediente SAC:
13618961.
Que la mencionada FISCALIA solicitó a este Ministerio, mediante oficio
de fecha 27 de febrero de 2025, suscripto por la Prosecretaria Letrada
doctora Eliana Roció WENK, se ofrezca recompensa para aquellas personas
que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos
útiles que permitan dar con el PARADERO del menor de edad Lian Gael
FLORES SORAIDE, Argentino, titular del D.N.I Nº 59.257.909, de tres
años de edad, tez trigueña, cabello corto oscuro, ojos oscuros y de
0.90 mts. de altura aproximadamente, quien fue visto por última vez el
día 22 de febrero de 2025, en Ballesteros Sud-(Campo de Bollo) – Unión
– Provincia de Córdoba, desconociéndose su paradero al día de la fecha.
Que la presente recompensa se ofrece de manera adicional, en colaboración con la provincia de Córdoba.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece
los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de
recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán
modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido,
según lo estime la titular de esta Cartera.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N°
26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta
M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y la
RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa, dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($10.000.000),
destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos
delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr dar con el
paradero del menor de edad Lian Gael FLORES SORAIDE, Argentino, titular
de D.N.I Nº 59.257.909, de tez trigueña, cabellos corto oscuro, ojos
oscuros y de 0.90 mts. de altura aproximadamente quien fue visto por
última vez el día 22 de febrero de 2025 en Ballesteros Sud-(Campo de
Bollo) – Unión – Provincia de Córdoba y sobre quien se desconoce su
paradero al día de la fecha.
ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse
telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y RELACIONES CON LOS PODERES
JUDICIALES Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, llamando a la
línea gratuita 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando
la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y
el Anexo de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o
televisivos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyese a las Fuerzas Federales de Seguridad para que
procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche
que obra como (IF-2025-21403249-APN-UGA#MSG), correspondiente a la
recompensa ofrecida, formando parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su dictado.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/02/2025 N° 12057/25 v. 28/02/2025
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)